Personas físicasES432 - Cáceres

PLAN DE SUBVENCIONES DE COOPERACION AL DESARROLLO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona INSTITUTO MUNICIPAL DE ASUNTOS SOCIALES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 115.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Solicitudes y documentación: Para obtener la correspondiente subvención será
  • necesario presentar la documentación que a continuación se relaciona: I. Solicitud que se ajustará al formato que figura en el ANEXO I firmada por el/la representante Legal de la Entidad. II. Copia del título o poder a favor de la persona que formule la solicitud. En caso de que la persona firmante de la solicitud sea el/la Presidente/a de la entidad y tenga conferida por estatutos la representación de la misma será suficiente la presentación de un certificado expedido por el/la secretario/a de la organización. III. Copia del DNI o del NIE (Número de Identificación de extranjeros) en vigor de la persona que formule la solicitud. IV. Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la ONGD. V. Copia de los estatutos de la organización de los que se deberá deducir la inexistencia de ánimo de lucro así como su dedicación a la realización de actividades de cooperación internacional al desarrollo o, en general, al fomento de la solidaridad entre los pueblos a fin de mejorar las condiciones de vida de su población. VI. Se deberá aportar copia del certificado de inscripción en el registro de la AECID o de la
  • entidad contraparte local deberá aportarse obligatoriamente:
  • Identificación de la contraparte local.
  • Acuerdo suscrito por la entidad beneficiaria con la contraparte local para la ejecución del proyecto para el que se solicita subvención
  • - Cada entidad podrá presentar como máximo una solicitud de subvención a una de las dos modalidades existentes, gastos corrientes o de capital, con los límites cuantitativos previstos en las Bases Segunda apartado 2º y Novena apartado 5º. En consecuencia, la cuantía máxima total que podrá concederse a una misma entidad será de 5.000,00 euros.
  • - Plazo de presentación: Toda la documentación deberá ser presentada en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cáceres ( https://sede.caceres.es) y en cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es, en el plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) y dirigida al Ilmo. Sr. Presidente del Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres. Las entidades interesadas podrán también revisar el texto íntegro de estas bases en la página Web de la Base de Datos de subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado.
  • - Subsanación de deficiencias. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, se requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el
  • - Actuaciones a desarrollar (45 puntos). Los ítems de esta variable serán:
  • 1. Participación destinatarios/as (0-10 puntos.)
  • Que se describa y diferencie con claridad la población beneficiaria del proyecto
  • Que la población beneficiaria participe en todas o algunas de las fases del proyecto (definición, implementación y seguimiento)
  • 2. Necesidad de la intervención (0-20 puntos)
  • Que los proyectos se acojan a alguno de los ejes prioritarios de la presente convocatoria.
  • Interés general del proyecto y beneficio para los posibles destinarios del mismo.
  • La inexistencia o déficit de proyectos y recursos análogos
  • La dificultad de ejecutarse la actividad sin la subvención.
  • Que la población potencialmente beneficiaria pertenezca a un grupo en riesgo y/o exclusión
  • Se valorará especialmente actividades innovadoras, el uso racional de los recursos, la generación de recursos propios
  • 3. Integralidad y perdurabilidad acción (0-10 puntos)

Gastos y actuaciones subvencionables

  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Mediante la presente convocatoria se subvencionan: Proyectos de cooperación al desarrollo llevados a cabo por ONGD’s dirigidas a satisfacer de forma directa las necesidades de Servicios Básicos y de derechos de las poblaciones desfavorecidas en los países en vías de desarrollo, y que tengan como objetivo la lucha contra la pobreza y la mejora de la calidad de vida y la capacidad de desarrollo endógena de los beneficiarios.
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    .- Prioridades geográficas. Se considerarán áreas geográficas prioritarias, los países y territorios empobrecidos, que cuenten con menor índice de desarrollo humano y los que contengan extensas capas de su sociedad, especialmente desfavorecidas y desestructuradas, de acuerdo con los informes e indicadores que anualmente elabora el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (IDH), internacionalmente aceptados, en sintonía con la Ley 1/2023 de 20 de febrero, de Cooperación al desarrollo sostenible y la solidaridad global, y la Ley 3/2023 de 29 de marzo, de Cooperación y solidaridad internacional, de Extremadura.
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    África subsahariana: Sierra Leona, República Democrática del Congo, Malí, Camerún, Níger, Burkina Fasso, Guinea Bissau, Ruanda, Senegal….
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Latinoamérica: Honduras, Nicaragua, El Salvador, Guatemala, Haití, Paraguay, Bolivia, Perú, Ecuador y República Dominicana….
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Magreb, oriente medio y próximo: Marruecos, Mauritania, Argelia, territorios palestinos y población saharaui.
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Asia y los países del Cuerno de África (Somalia, Yibuti, Eritrea y Etiopía).
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Zonas en conflictos bélicos activos actualmente. Asimismo, podrán tenerse en consideración, otros países o áreas geográficas que el Instituto Municipal de Asuntos Sociales, estime oportunas, debidamente justificada la necesidad y la consideración de zona prioritaria.
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    .- Prioridades sectoriales: b-1) Garantía de los servicios sociales de carácter básico en el marco de programas de desarrollo sostenibles e integrales no asistenciales, planteados desde el enfoque de promoción de la gestión pública de los mismos y de ejercicio de los derechos sociales por
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Soberanía alimentaria y lucha contra el hambre
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Educación básica y acceso a los recursos educativos
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Salud e higiene básicas
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Prevención y atención a la población, de las causas derivadas de la pandemia de la Covid-19 en los países en vías de desarrollo.
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Acceso al agua potable y saneamiento
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Vivienda y habitabilidad básicas b-2) Igualdad de género y empoderamiento de las mujeres b-3) Derechos de los pueblos indígenas b-4) Fortalecimiento de las estructuras democráticas y el buen gobierno, desarrollo y fortalecimiento institucional de la sociedad civil y de sus organizaciones. b-5) Fomento de la Justicia y de la Paz b-6) Desarrollo de la base productiva, favoreciendo la promoción del empleo en grupos desfavorecidos, la economía solidaria y el comercio justo. b-7) Protección del medio ambiente y del patrimonio cultural y antropológico y de identidad b-8) Codesarrollo b-9) Derechos humanos de las personas LGTBI. b-10) Cualesquiera otros que se consideren oportunos, propuestos por el Consejo local de Cooperación al Desarrollo.
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Prioridades horizontales: c-1) Lucha contra la pobreza extrema y sus causas c-2) Defensa y promoción de los derechos humanos, especialmente con respecto a los sectores de población más vulnerables y respeto de identidades culturales y de las personas
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - La cantidad máxima subvencionable por entidad solicitante y proyecto no podrá superar, en ningún caso, la cantidad de 5.000,00 euros. Dado el carácter abreviado de la convocatoria, únicamente podrán obtener subvención los proyectos cuya ejecución íntegra resulte material y temporalmente viable desde la notificación de la resolución de concesión hasta el 30 de noviembre de 2026. El proyecto deberá incluir un cronograma inmediato, realista y completo, ajustado a dicho periodo.
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Se considerarán gastos directos subvencionables los siguientes:
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    1.- Adquisición de bienes inmuebles. Incluye tanto la adquisición o alquiler de terrenos o inmuebles, el acondicionamiento de terrenos y su vallado, como el arrendamiento de los mismos. Solo podrán imputarse los gastos completamente afectos al proyecto. Se excluyen la compra de sedes administrativas o viviendas del personal del adjudicatario o de su socio local.
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Documento justificativo acreditativo de la compra o arrendamiento en el que conste el precio y la forma de pago. Si el bien fuera susceptible de inscripción en un registro público, deberá constar en la escritura o documento similar el periodo de afectación del bien al fin concreto para el que se concedió la subvención y el importe de la misma, no pudiendo ser inferior a cinco años para los bienes inscribibles en un registro público, ni de dos años para el resto de los bienes, todo ello teniendo en cuenta las excepciones recogidas en el artículo 31.5 de la Ley General de Subvenciones
  • BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Factura o recibos justificativos de la adquisición o arrendamiento.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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