Pla als consells comarcals de la demarcació de Lleida per a la promoció turística 2026

Tendrán la consideración de subvencionables los gastos corrientes contemplados en el

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES513 - Lleida. La gestiona PATRONAT INTERCOMARCAL DE TURISME DE LA DIPUTACIÓ DE LLEIDA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Gran empresa, Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 460.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Criterios de distribución Los 460.000,00 € destinados al Plan de cooperación para los consejos comarcales de la demarcación de Lleida en el ámbito de la promoción turística, anualidad 2026, se distribuirán mediante importe fijo asignado a cada beneficiario, tanto para la financiación de gastos corrientes como de gastos de inversión. Cada Consejo Comarcal ha solicitado la distribución de los importes de gasto corriente y de gasto de inversión, según la previsión de actuaciones durante la anualidad 2026. De esta forma, cada entidad beneficiaria podrá llevar a cabo las acciones que considere más adecuadas para el cumplimiento de los objetivos del Plan. El detalle de la distribución de los importes según la naturaleza del gasto y beneficiario se encuentra en el Anexo IV.
  • 000,00 € Importe destinado a la financiación de gasto de inversión
  • 000,00€. Sin embargo, el Consejo Comarcal de la Cerdanya percibirá un importe de
  • 000,00 €, dado que su ámbito territorial no se integra íntegramente en la demarcación de Lleida.
  • Compatibilidad de las ayudas Las subvenciones concedidas serán compatibles con la obtención de otras ayudas para la misma finalidad. En cualquier caso, la subvención otorgada por sí sola o conjuntamente con otras ayudas o subvenciones públicas o privadas no podrá ser superior al coste total de la actuación. El ente beneficiario se hará cargo de la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrado, en su caso, el exceso de financiación pública únicamente por el importe que rebase el coste total de esta actividad.
  • Aceptación y pago de las ayudas Las subvenciones contempladas en las anualidades de este Plan se abonarán con la modalidad de pago anticipado. El importe de las ayudas quedan establecidas en el cuadro del Anexo IV.
  • El desglose del período de aceptación es el que se determina en el siguiente cuadro: Anualidad 2026 Periodo de aceptación 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la aprobación definitiva del Plan en el BOP Para la aceptación de la subvención será necesario presentar la documentación dirigida al Patronato de Turismo de la Diputación de Lleida. Este documento se podrá generar y tramitar mediante el formulario web que podrá encontrar en la dirección electrónica (
  • La aceptación de la ayuda otorgada por el Patronato de Turismo de la Diputación de Lleida en virtud de este Plan y que se acepta la cuantía del importe que se indique y, en consecuencia, en su caso, se renuncia a la parte correspondiente al importe de la subvención no aceptada.
  • Datos de la actuación : denominación, epígrafe en el que se enmarca, descripción y coste previsto de la actuación, tanto de gasto corriente como de inversión, de acuerdo con el objeto de gasto subvencionable previsto en los anexos II y III.
  • El cumplimiento de todos los requisitos por ser beneficiario, exigidos en el
  • Las entidades beneficiarias tendrán que acreditar, ante el Patronato de Turismo, el cumplimiento de las obligaciones establecidas por el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de dar la publicidad adecuada del carácter público de la financiación de las acciones subvencionadas, de la siguiente
  • En todas las acciones que contemplen documentos de comunicación (carteles, trípticos, catálogos, guías, notas de prensa, etc.), será necesario insertar el logotipo “Ara Lleida” (Patronato de Turismo – Diputación de Lleida). − En las acciones en los perfiles de redes sociales (Instagram, X, Facebook , Youtube , Pinterest, Tik Tok , etc.) deberá mencionarse @Aralleida o etiquetar con #Aralleida y, opcionalmente, también con #ADNLleida. − En las acciones de mejora de la web turística del beneficiario deberá publicarse el logotipo “Ara Lleida” (Patronato de Turismo - Diputación de Lleida) en la mencionada web. El logotipo deberá estar enlazado a la web www.aralleida.cat . − En todos los actos, sean profesionales o dirigidos al público final, será necesario mostrar en el lugar de celebración el logotipo “Ara Lleida” (Patronato de Turismo
  • En el caso de equipamientos o materiales adquiridos con el apoyo económico
  • En el caso de creación de páginas web, de aplicaciones móviles, así como de sistemas de reserva , será necesario incorporar el logotipo “Ara Lleida” (Patronato de Turismo – Diputación de Lleida) y enlazarlo a la web www.aralleida.cat .
  • En el caso de la producción de fotografías , se deberá incluir la mención “Ara Lleida” en el crédito, siempre que se publiquen.
  • En el caso de la producción de vídeos , habrá que incorporar el logotipo “Ara Lleida” (Patronato de Turismo – Diputación de Lleida) a los créditos o fotogramas iniciales o finales. Las acciones subvencionadas será necesario que observen las normas de aplicación específicas del Patronato de Turismo, de comunicación e identidad visual online de uso
  • de marca publicados en la dirección web del Patronato de Turismo: https://www.aralleida.cat/identitat-visual-corporativa/ . A esta obligación se le dará cumplimiento en el momento de presentar la justificación de la actuación subvencionada, mediante la presentación del documento de “Declaración responsable de la publicidad”, según modelo facilitado por el Patronato de Turismo, así como de los justificantes gráficos, que deberán incluirse en la memoria explicativa de la actuación realizada, en color y con buena resolución que permitan identificar claramente la actuación ejecutada.
  • Contratación de las actuaciones La contratación de las actuaciones deberá realizarse de acuerdo con lo que establece la legislación de contratos del sector público. No se podrá fraccionar un contrato con el fin de disminuir su cuantía y eludir así los requisitos de publicidad o los relat ivos al procedimiento de adjudicación que corresponda. La acreditación de la contratación, en su caso, se hará efectiva mediante el certificado administrativo de contratación facilitado por la Diputació de Lleida.
  • Plazos de ejecución y justificación El período de ejecución del gasto se extenderá a lo largo de la anualidad 2026. Los gastos a justificar serán los imputables a la actividad objeto de la subvención, realizados a partir del 1 de enero de 2026. Los documentos acreditativos de la ejecución de la actuación tendrán que tener una fecha de expedición correspondiente al período establecido para la anualidad que se justifique. Sin embargo, se admitirán documentos justificativos expedidos durante el primer mes de la anualidad posterior, siempre que hagan referencia a gastos efectuados durante la anualidad que se justifica. El plazo de presentación de la justificación será según lo que se determina a
  • La tramitación de la justificación se realizará a través del catálogo de trámites de la sede electrónica del Patronato de Turismo de la Diputación de Lleida. La entidad local deberá justificar el Plan mediante la presentación de un documento electrónico de cuenta justificativa, correspondiente al formulario online facilitado por el Patronato de Turismo de la Diputación de Lleida, donde figurará la siguiente

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Tendrán la consideración de subvencionables los gastos corrientes contemplados en el