Personas jurídicasES243 - Zaragoza

PIMED 2027.- Plan de inversiones en municipios con especiales dificultades territoriales o singulares afecciones debidas a la implantación de infraestructuras o servicios de interés general del ejercicio 2027

Infraestructuras

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    - Solicitudes: Las solicitudes de inclusión en el Plan, conforme a las normas de esta Convocatoria deberán presentarse en los modelos normalizados establecidos al efecto y que figuran como Anexos de esta convocatoria formando parte inescindible de la misma y a través de la Plataforma Electrónica que pondrá a su disposición la Diputación Provincial a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza. De igual modo, deberán adjuntar toda la documentación preceptiva exigida por estas normas para la tramitación del expediente. 3 Cód. Validación: 7XE7SKPAHCGEJ97DHWFC99MRQ Verificación: https://dpz.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 39
  • documentation
    Si se observara que transcurrido el plazo de presentación de solicitudes algún municipio de la Provincia no ha participado en el Plan, se le requerirá para que en el plazo improrrogable de cinco (5) días presente la correspondiente solicitud única.
  • documentation
    En el supuesto de que la entidad local peticionaria formule la solicitud en este plazo adicional establecido, y no en el plazo de solicitud general establecido en la Convocatoria, la cuantía de la subvención global a otorgar alcanzará el 85% del importe inicialmente determinado para cada entidad. Por lo que se reducirá de la cuantía de la última actuación o anteriores, si es necesario.
  • documentation
    - Documentación a presentar: Las Entidades Locales deberán formular UNA PETICIÓN INDIVIDUALIZADA PARA CADA ACTUACIÓN que se pretenda realizar, pudiendo formular cuantas actuaciones consideren oportunas hasta alcanzar el importe total de financiación determinado para cada Entidad Local
  • documentation
    conforme a la Norma SEXTA, mediante la siguiente documentación:  ANEXO 1 de SOLICITUD DE SUBVENCIÓN ÚNICO en el que incluirá una relación priorizada de todas las actuaciones solicitadas, y que se acompañará, como documentación anexa a todas las solicitudes , debiendo estar firmado electrónicamente por el Alcalde/sa y por el Secretario/a-Interventor/a y/o Interventor/a.
  • documentation
     INSTANCIA DE PRESENTACIÓN (ANEXO 2) EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO INDIVIDUALIZADA PARA CADA ACTUACIÓN A SOLICITAR comprensiva de los datos del beneficiario, actuación y demás datos establecidos a continuación. En caso de presentar el citado ANEXO 2 con posterioridad a la solicitud inicial de subvención como consecuencia de 4 Cód. Validación: 7XE7SKPAHCGEJ97DHWFC99MRQ Verificación: https://dpz.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 39
  • documentation
    un requerimiento operado por la Diputación o por cualquier otra causa, deberá estar firmado por el Alcalde/sa y por el Secretario/a-Interventor/a y/o Interventor/a.  DOCUMENTACIÓN ANEXA, INDIVIDUALIZADA PARA CADA ACTUACIÓN, debidamente firmada, establecida en el apartado C de este punto. Con carácter general, todos los requisitos exigidos y declaraciones efectuadas en la documentación a presentar se entienden cumplidos dentro del plazo de presentación de solicitudes. A.- En concreto, en el ANEXO 1 de SOLICITUD DE SUBVENCIÓN ÚNICO que deberá ser firmado electrónicamente por el Alcalde/sa y por el Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a o
  • En el supuesto de adquisición de bienes inmuebles, el certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial podrá ser sustituido por informe pericial emitido por personal municipal competente o por profesionales contratados al servicio del Ayuntamiento con titulación suficiente que les capacite para esa finalidad.
  • En el caso de adquisición de bienes inscribibles en un registro público, cuando estos vayan a tener la calificación de bienes de dominio público, no será necesario hacerse constar en la escritura la afectación a su destino, así como el importe de la subvención concedida, ni la inscripción de estos extremos en el registro público correspondiente, sin perjuicio de la obligación de destinar los bienes al fin concreto para el cual se concedió la subvención al menos durante cinco años.” 37 Cód. Validación: 7XE7SKPAHCGEJ97DHWFC99MRQ Verificación: https://dpz.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 37 de 39
  • El periodo durante el cual el beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención será de cinco años.
  • 10.- En el caso de ejecución de obras por Fases según lo dispuesto en el artículo 13.3 de la LCSP, se aportará el Proyecto inicial que comporte la obra completa y desglosado del Proyecto que comprenda la fase que sea objeto de subvención.
  • 11.- En su caso, la carta de pago de reintegro de remanentes de subvención no aplicados.
  • 12.- Fotografía del cartel anunciador de la obra en los casos en que este sea obligatorio, conforme a la Norma Duodécima, que visibilice su colocación en el lugar donde se ha realizado la actuación subvencionada (ANEXO 8).
  • 13.- Ficha para la EIEL con plano de emplazamiento de la inversión y detalle (ANEXO 9).
  • 14.- En su caso, Informe firmado electrónicamente por Técnico competente que justifique las desviaciones acaecidas respecto de la adjudicación. Transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se haya presentado la misma se requerirá al beneficiario para que sea presentada en el plazo improrrogable de quince días. La falta de presentación de la justificación en el plazo adicional establecido en este apartado llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones. La presentación de la justificación en el plazo adicional establecido es este apartado no eximirá al beneficiario de las sanciones que correspondan.
  • UNDÉCIMA.- MODELOS NORMALIZADOS Y GESTIÓN DEL PLAN Los modelos normalizados que se aprueban en esta convocatoria se publicarán en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza y son de obligada utilización por los beneficiarios de las subvenciones. La presentación de la documentación que se genere en el desarrollo y ejecución del Plan se presentará en el Registro general de la Diputación Provincial de Zaragoza o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • DECIMOSEGUNDA.- CARTEL ANUNCIADOR En el lugar de las obras se colocará un cartel anunciador, en el modelo y características que se aprueben por la Diputación Provincial, conteniendo información sobre la obra y la financiación de la Diputación Provincial, que deberá permanecer colocado hasta 3 meses después de la finalización del plazo de justificación del Plan, teniendo en cuenta las posibles comprobaciones técnicas de las actuaciones subvencionadas. Las medidas mínimas del cartel deberán ser de 1 metro de largo y 1,5 metros de altura. Este cartel solo será obligatorio para las obras cuya subvención aprobada sea superior a 40.000 euros (IVA incluido). 38 Cód. Validación: 7XE7SKPAHCGEJ97DHWFC99MRQ Verificación: https://dpz.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 39
  • DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE - 39 Cód. Validación: 7XE7SKPAHCGEJ97DHWFC99MRQ Verificación: https://dpz.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 39 de 39
  • documentation
    ANEXO 1 – SOLICITUD DE SUBVENCIÓN (firmado electrónicamente por el Alcalde/a y por el Secretario/a
  • documentation
    Secretario/a – Interventor/a – Interventor/a).

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Infraestructuras