PIMEC. Petita i Mitjana empresa de Catalunya.

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES513 - Lleida. La gestiona PATRONAT DE PROMOCIÓ ECONOMICA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya efectuados o por efectuar, o la concurrencia de una situación, con la con dición de que el beneficiario deberá cumplir las obligaciones materiales y formales que se deriven.
  • seguidamente, debe tener necesariamente el siguiente contenido:
  • Indicación del boletín oficial donde se han publicado las bases específicas, exce pto en caso de que se aprueben y se publiquen conjuntamente con la convocatoria.
  • Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima que se destina a la convocatoria.
  • Objeto, condiciones, finalidad de la concesión de la subvención.
  • Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
  • Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
  • Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
  • Plazo de presentación de solicitudes.
  • Los criterios objetivos de valoración de las solicitudes y que éstos son conformes con los establecidos en las bases reguladoras.
  • Plazo de resolución y notificación.
  • Documentos e informaciones que deben adjuntarse a la petición.
  • En su caso, posibilidad de reformulación de solicitudes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • El plazo y forma de justificar la aplicación de los fondos a la actividad subvencionada.
  • Indicación de si la resolución pone fin a la vía administrativa y, en caso contrario, del órgano ante el que se puede interponer el correspondiente recurso administrativo, así como de los órganos jurisdiccionales a los que se puede recurrir.
  • Medio de notificación o publicación, tablón de anuncios o medio de comunicación donde deben realizarse las publicaciones sucesivas, de acuerdo con la 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para todas las subvenciones que deban concederse mediante concurrencia competitiva, y con el objeto de dotar de una mayor concreción el marco normativo aplicable a un procedimiento, se elaborarán las correspondientes bases específicas, de acuerdo con lo que prevé el artículo 23.2.a) de la LGS, las cuales deben aprobarse conjuntamente con la convocatoria de subvenciones, siempre que no se opongan a lo que esté regulado con carácter general dentro de estas Bases generales o dentro de las propias Bases de ejecución del presupuesto de la Diputación de Lleida.
  • Determinación del objeto de la subvención.
  • Requisitos que deben reunir los beneficiarios y forma de acreditarlos.
  • Procedimiento de concesión de la subvención.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico