Resolución nº 2026000939 de fecha 28/09/2026 de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor por la que se…

Título oficial: Resolución nº 2026000939 de fecha 28/09/2026 de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor por la que se convoca la CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE LAS PLAZAS DE VIAJES OCIO MAYORES 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES640 - Melilla. La gestiona CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.159.933,30 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Ser mayor de 60 años o ser pensionista del sistema de la Seguridad Social, por jubilación, invalidez, viudedad o de otras pensiones, siempre y cuando cumplan al menos 55 años durante el año
  • Los participantes podrán viajar acompañados por su cónyuge, pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, siempre y cuando esta tenga cumplidos 45 años en el momento de la presentación de la solicitud.
  • También podrán ser beneficiarios del programa aquellos hijos a cargo con una discapacidad igual o superior al 45%, aunque no cumplan los requisitos del apartado anterior, siempre que realicen el viaje con sus padres, ocupen una cama supletoria en la misma habitación del hotel, y la atención que requieran durante la estancia pueda ser proporcionada por los padres o tutores con los que viajan.
  • Certificado oficial de discapacidad que acredite un grado igual o superior al 45%.
  • Documento que acredite la relación parental, como el libro de familia. NOTA: A efectos de cómputo, se tomará en cuenta la edad cumplida a la fecha en la que se realice el registro de la solicitud.
  • Tener la nacionalidad española o permiso de residencia en España.
  • Ser residente en la Ciudad Autónoma de Melilla, estar empadronado y tener al menos 2 años de antigüedad en el padrón en el momento de presentar la solicitud.
  • No padecer alteraciones del comportamiento, deterioro cognitivo moderado o grave, enfermedad transmisible con riesgo de contagio, limitaciones de movilidad o cualquier otro problema de salud que imposibilite la realización del viaje y de las actividades de ocio.
  • Poder valerse por sí mismos, de manera que no se entorpezca el dinamismo del grupo en la realización de actividades, excursiones, etc.
  • Cumplir con los requisitos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario.
  • No tener deudas con la Ciudad Autónoma de Melilla (o estar regularizadas en su caso) y encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y ante la Seguridad Social.
  • Percibir ingresos brutos anuales no superiores a 2,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) aplicable, en el caso de solicitudes individuales, y de 5 veces en caso de solicitudes conjuntas. NOTA: A los efectos exclusivos de esta convocatoria, la referencia al IPREM se entenderá realizada al IPREM anual en 12 pagas, al tratarse de umbrales de ingresos brutos anuales vinculados
  • SOLICITUD INDIVIDUAL. En la solicitud individual no existe la posibilidad de ir acompañado, por lo que el beneficiario deberá viajar solo y disponer de autonomía suficiente para realizar el viaje y poder participar en las excursiones y actividades propuestas en el programa perfilado al efecto desde la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor en la modalidad Viajes Ocio-Culturales.
  • SOLICITUD CONJUNTA: RELACIÓN MATRIMONIAL, CONYUGAL O UNIÓN ESTABLE. Esta opción es la única excepción para que el beneficiario pueda ir acompañado, debiendo acreditar la vinculación matrimonial, conyugal o de unión estable con el acompañante y siempre y cuando el acompañante sea mayor de 45 años y reúna todos los requisitos, tal y como establecen las Bases Reguladoras de esta convocatoria para poder optar a una plaza.
  • En caso de cónyuge: copia del libro de familia o certificado de matrimonio.
  • En caso de pareja de hecho: certificado de inscripción en el correspondiente registro.
  • - SERVICIOS INCLUIDOS EN LOS VIAJES. Los viajes incluirán, con carácter general, los servicios que se determinen definitivamente en función
  • Desplazamientos necesarios desde Melilla hasta el destino y regreso, en las condiciones que resulten de la contratación.
  • Desplazamientos en autocar para las excursiones, visitas y actividades programadas.
  • Acompañamiento por guía y/o personal de la agencia adjudicataria durante el desarrollo del viaje.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura