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OTORGAMIENTO DE AYUDAS ECONÓMICAS A ENTIDADES: PARRÒQUIA DE SANT ESTEVE DE RIUDELLOTS DE LA SELVA

Título oficial: OTORGAMIENTO DE AYUDAS ECONÓMICAS A ENTIDADES: PARRÒQUIA DE SANT ESTEVE DE RIUDELLOTS DE LA SELVA

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE RIUDELLOTS DE LA SELVA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 8.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria explicativa de la actividad por la que se solicita la subvención
  • Artículo 240.1 del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, y 122.1 del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales (en adelante, ROAS), los entes locales pueden otorgar subvenciones y ayudas de contenido económico o de otra naturaleza a favor de entidades públicas o privadas y de particulares que realizan actividades que complementan o suplen las competencias locales.
  • Artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), 55 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS (en adelante, RLGS), y 125 del ROAS, las subvenciones se pueden otorgarse en régimen de concurrencia competitiva, o bien de forma directa.
  • Artículos 22.2.a) y 28 de la LGS, 65 RLGS, y 125.2 del ROAS, las subvenciones se pueden otorgarse directamente cuando estén previstas singularmente en el presupuesto municipal.
  • Artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Riudellots de la Selva también regula la concesión directa de subvenciones.
  • Artículos 8.1 f) y G) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen Gobierno. Número expediente electrónico Nombre del beneficiario NIF del beneficiario Objeto de la subvención Período de la actividad X2026000215 Consell Pastoral de la Parròquia de Sant Esteve de Riudellots de la Selva R1700002G Ejecución de la segunda fase de poner rejas en las ventanas de l campanario y reparar humidades sagristias 15/11/2025 al 30/11/2026 Coste total de l objecto subvencionado Coste de los gastos subvencionable s Importe de la subvención Porcentaje de financiamiento Importe a justificar
  • 000,00€ 8.000,00€ 8.000,00€ 100% 8.000,00€ SEGUNDO. - Disponer el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria 3300.48016 del presupuesto del corriente ejercicio. TERCERO. - Sujetar el otorgamiento de la concesión de esta subvención al cumplimiento de las siguientes
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Ejecutar la actividad subvencionable de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, de acuerdo con el artículo 55 de la ley 19/2014, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
  • Justificar el cumplimiento de los requisitos, condiciones, realización de la actividad y la finalidad de la subvención concedida. En este sentido, debe justificarse la subvención concedida antes del día 30 de noviembre de 2026 , por
  • Cuenta justificativa simplificada: incluye una memoria de actuación, memoria económica justificativa de la actividad subvencionada (relación ingresos y gastos) y certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Se admitirán facturas justificativas correspondientes al período subvencionable del 15 de noviembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que debe efectuar el Ayuntamiento, si procede. Y en cualquier otra de comprobación y control financiero que puedan llevar a cabo los órganos de control competentes tanto nacionales como comunitarios, y aportar toda la información que les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Que los documentos de cualquier tipo justificativos de la aplicación de los fines recibidos, se tendrán que conservar por
  • Publicidad: Se deberá hacer constar expresamente el apoyo económico de la el Ayuntamiento de Riudellots de la Selva en cualquier acta, acción de publicidad o difusión que realicen sobre las actuaciones objeto de la presente subvención. Se habrá de presentar con la justificación un ejemplar de la producción gráfica o audiovisual, utilizada en la difusión pública.
  • Comunicar la petición y/u obtención de cualquier subvención pública concurrente que no se haya declarado con la solicitud.
  • La subvención otorgada será compatible con cualquier otra concedida por otros administraciones o entes públicos o privados. Sin embargo, el importe total de las subvenciones recibidas por la misma finalidad no podrá superar el coste total del proyecto/actividad a desarrollar.
  • Comunicar cualquier modificación que se produzca en el contenido de la declaración responsable de la solicitud, durante la vigencia de la actuación objeto de la subvención. CUARTO. - Otorgar a esta entidad un anticipo del importe concedido en el punto primero en concepto de anticipo del 100% por importe de 8.000,00€. QUINTO. - Disponer que el incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta resolución y en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Riudellots de la Selva, puede dar lugar a la revocación de la subvención concedida y al reintegro, incluso por vía administrativa, de las cantidades entregadas. SEXTO. - En todo lo no previsto en la presente resolución se estará a lo que establece la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Riudellots de la Selva, en la Ley General de Subvenciones y su reglamento de desarrollo. SÉPTIMO. - Notificar el presente acuerdo al Consejo Pastoral de la Parroquia de San t Esteve de Riudellots de la Selva por su conocimiento, y si en un plazo de un mes no manifiesta lo contrario, se entiende aceptada la subvención, así como las condiciones generales y específicas para su aplicación.” Firmado electrónicamente,

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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