ORDENANZA MUNICIPAL PARA PROMOCIÓN DE LA ACCESIBILIDAD A LAS VIVIENDAS
El objeto de esta Ordenanza es la determinación y r egulación, en el contexto de la legislación y del planeamiento urbanístico vi gentes, de los criterios y medidas de intervención que posibiliten y garanticen la accesi bilidad, en los términos de la normativa sectorial correspondiente a las viviendas ubicadas en las edificaciones residenciales y equipamentales existentes en la ciu dad, mediante la ejecución de obras o la implantación de instalaciones necesarias para ello, tales como ascensores, plataformas elevadoras, salvaescaleras, rampas, etc.
En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BASAURI.
● Concesión directa
