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ORDEN por la que se concede de forma directa una subvención a favor del centro asociado de la Universidad Nacional de Educación a distancia UNED en Teruel para el ejercicio 2026

La subvención concedida mediante esta orden deberá destinarse a contribuir a la financiación del func ionamiento y al desarrollo de los servicios que prestan los centros asociados de la UNED en Aragón durante el ejercicio 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES24 - ARAGON. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • el resto de normativa aplicable, la entidad beneficiaria deberá:
  • Cumplir las obligaciones derivadas de su condición de beneficiaria conforme a la normativa citada.
  • Cumplir la finalidad de la subvención y realizar la actividad que fundamenta su concesión.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, así como al control financiero de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Aragón y al control de los órganos competentes, prestando la colaboración que le sea requerida.
  • Comunicar cualquier modificación que afecte a la actuación subvencionada en el plazo de un mes desde que se produzca, así como la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, con carácter previo a la justificación.
  • Justificar la realización de la actividad y la aplicación de los fondos en los términos previstos en esta orden.
  • Proceder al reintegro de los fondos en los supuestos previstos en la normativa aplicable.
  • Aplicar criterios de economía y racionalidad en el gasto conforme a los planes de racionalización vigentes. Firmado electrónicamente por Carmen María Susín Gabarre, Consejero/a De Educacion, Ciencia Y Univ, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES el 22/07/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSVD57SD254LS1A0XFIL.
  • Disponer de los libros y estados contables, registros dilige nciados y, en su caso, los documentos auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la entidad beneficiaria en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de comprobación y control.
  • Facilitar cuanta información y documentación le sea requerida por la Administración.
  • Cumplir cualesquiera otras obligaciones establecidas en esta orden y en la normativa aplicable.
  • La entidad beneficiaria deberá cumplir las siguientes obligaciones en materia de
  • Dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación recibida.
  • Obtener el informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional conforme al Decreto 384/2011, de 13 de diciembre cuando utilice el identificador corporativo del Gobierno de Aragón.
  • En las actuaciones de promoción o publicidad, someter la creatividad y el plan de medios al informe favorable de la citada Comisión.
  • Suministrar a l a Dirección General de Universidades, en el plazo de quince días desde su requerimiento, la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia.
  • El plazo de justificación de la aplicación de la subvención por par te de los Centros Asociados comprenderá desde el 3 noviembre hasta el 16 de noviembre de 202 6, y se efectuará ante la Dirección General de Universidades . No obstante, podrán presentarse justificaciones parciales con anterioridad a la finalización de dicho plazo. Firmado electrónicamente por Carmen María Susín Gabarre, Consejero/a De Educacion, Ciencia Y Univ, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES el 22/07/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSVD57SD254LS1A0XFIL.
  • 7 La justificación se realizará mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y de pago, conforme al artículo 35 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. A tal efecto, la entidad beneficiaria deberá aportar la siguiente
  • Memoria de actuación, con indicación de las actividades realizadas y los objetivos alcanzados en el ejercicio 2026, desglosados por género cuando incluyan el dato de número de personas.

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables. · eligible
    La subvención se destinará a financiar los gastos que , de manera indubitada respondan a la naturaleza de l a actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen del 1 d e enero de 2026 al 31 de octubre de 202 6. En concreto, la subvención concedida mediante esta orden deberá destinarse a los gastos de funcionamiento de los servicios de los Ce ntros Asociados de la UNED en Aragón (gastos de personal de administración y servicios, profesores tutores y gastos corrientes en bienes y servicios).
  • Gastos subvencionables. · eligible
    Compatibilidad. La subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad. No será de aplicación el límite del 80 % previsto en el artículo 37.10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, al tener esta orden carácter de bases reguladoras , conforme al artículo 29 de dicho texto refundido, sin perjuicio del respeto a los demás límites establecidos en el ordenamiento jurídico. Firmado electrónicamente por Carmen María Susín Gabarre, Consejero/a De Educacion, Ciencia Y Univ, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES el 22/07/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSVD57SD254LS1A0XFIL.
  • Gastos subvencionables. · eligible
    Aceptación de la subvención. Para que la concesión directa de esta subvención sea efectiva, deberá producirse la aceptación de la entidad beneficiaria en el plazo de quince días desde que se notifique la resolución. Transcurrido este plazo sin haberla aceptado, se entenderá que la entidad beneficiaria renuncia a la misma. Dicha aceptación deberá comunicarse electrónicamente a la Dirección General de Universidades del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La subvención concedida mediante esta orden deberá destinarse a contribuir a la financiación del func ionamiento y al desarrollo de los servicios que prestan los centros asociados de la UNED en Aragón durante el ejercicio 2026.