ORDEN DE LA CONSEJERÍA PRESIDENCIA, JUVENTUD, ACCIÓN EXTERIOR Y EMERGENCIAS POR LA QUE SE CONVOCA UNA SUBVENCIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA CONCESIÓN DE DOS BECAS PARA CURSAR ESTUDIOS DE POSGRADO EN EL COLEGIO DE EUROPA, PARA EL CURS

1. La presente orden tiene por objeto convocar una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de dos becas a jóvenes graduados universitarios para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Eu ropa, en el curso académico 2026/2027 , relacionados con asuntos europeos enfocados desde los ámbitos de conocimientos político, jurídico, económico o internacional de integración europea.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUVENTUD, ACCIÓN EXTERIOR Y EMERGENCIAS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán soli citar y ser beneficiaria de las becas, las personas físicas que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos
  • Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea.
  • Ser natural o residir en la Región de Murcia con anterioridad al menos, de un año de forma ininterrumpida, a contar desde la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria.
  • Estar en posesión de un título universitario de carácter oficial de al menos, Grado o equivalente, que permita el acceso a estudios de postgrado. Solamente serán válidos los títulos universitarios oficiales, según el artículo 3 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el q ue se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán haber sido homologados, declarados equivalentes a titulaciones y a niveles académicos universitarios oficiales, o convalidados con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
  • Haber sido preseleccionado para el programa objeto de esta beca por el Colegio de Europa, para el curso académico 202 6/2027, de acuerdo con los criterios de selección establecidos por dicho Colegio.
  • No ser, ni haber sido con anterioridad, beneficiario de esta beca de formación convocada por la Administración de la CARM.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias excluyentes para obtener la condición de persona beneficiaria de la subvención, previstas en el artículo 13 Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Todos los requisitos, así como los méritos alegados, deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta la finalización de la beca, por cuanto el disfrute de la misma está condicionado a que realice efectivamente el curso académico de posgrado. No obstante lo anterior, el requisito de la edad contemplado en el anterior apartado 1.c) y el de haber sido presel eccionado contemplado en el anterior apartado 1.e) deberán cumplirse únicamente a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Respecto de la acreditación de los méritos objeto de valoración, se realizará y aportará conforme a lo establecido en el artículo 7.5 de la presente Orden.
  • documentation
    La presentación de la solicitud, deberá efectuarse en lengua castellana mediante procedimiento electrónico, según lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación telemática, se realizará accediendo a la aplicación informática existente en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, https://sede.carm.es (procedimiento número 2092). A los solicitantes que la hubieren presentado de forma no telemática se les requerirá por el órgano instructor para que la subsanen a través de su presentación electrónica, considerándose como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la subsanación.
  • documentation
    El plazo de presentación de la solicitud será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a
  • documentation
    Si las solicitudes no se ajustaran a los requisitos exigidos en la orden de bases o a los establecidos en esta convocatoria, el órgano instructor requerirá al interesado, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que en el plazo de 10 días subsane, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada norma.
  • documentation
    En el modelo de solicitud habilitado al efecto en la sede electrónica de la CARM, procedimiento 2092 (https://sede.carm.es), deberá hacerse constar los datos de identificación de la persona solicitante, y una dirección de correo electrónico y teléfono móvil con el fin de que le sea avisado del envío o puesta a disposición de notificaciones. La solicitud deberá acompañarse nece sariamente de los documentos referidos en los apartados 1 a 4 siguientes, así como aquellos otros que acrediten oficialmente los méritos a
  • documentation
    Justificante de haber sido preseleccionado por el Colegio de Europa para el estudio de posgrado solicitado del curso académico 2026/2027.
  • documentation
    Autorización de consulta de datos personales, según modelo Anexo I de esta Orden debidamente cumplimentado. Con este documento, la persona solicitante manifiesta el consentimiento expreso al órgano instructor para que recabe, de la plataforma de
  • documentation
    interoperabilidad, los siguientes datos: a. Datos de identidad b. Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la CARM. c. Estar al corriente del pago a la Seguridad Social. d. Estar al pago de las obligaciones tributarias con la AEAT. e. Datos de residencia con fecha de última variación padronal, en el caso de que el solicitante no sea natural de la Región de Murcia. f. Titulaciones académicas universitarias. En caso de no prestar el consentimiento, la persona solicitante estará obligada a aportar los documentos necesarios para facilitar esa información dentro del plazo de presentación de solicitudes.
  • documentation
    Declaración responsable , según modelo recogido en el Anexo II a esta Orden , de cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Orden de bases
  • documentation
    9 reguladoras, de no estar incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones a efectos de obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones públicas y, de la veracidad de todos los datos reflejados en la documentación que se aporta junto con la solicitud.
  • documentation
    Currículum vitae, en el que , entre otros aspectos, el solicitante deberá relacionar los requisitos de titulación y formación necesarios tanto para ser beneficiario como los méritos que se alegan para su valoración de conformidad con el artículo 9 de la presente Orden.
  • documentation
    Certificación académica universitaria, reflejando nota media del título universitario oficial de Grado presentado como requisito de admisión al Colegio de Europa.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. La presente orden tiene por objeto convocar una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de dos becas a jóvenes graduados universitarios para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Eu ropa, en el curso académico 2026/2027 , relacionados con asuntos europeos enfocados desde los ámbitos de conocimientos político, jurídico, económico o internacional de integración europea.