Orden de la Consejera de Presidencia, Justicia, Cultura y Deporte por la que se concede una subvención directa a la Fundación Amantes de Teruel.

Cultura

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES24 - ARAGON. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Certificado de la Fundación que ponga de manifiesto que el importe de la ayuda ha sido destinado a la finalidad pa ra la que fue concedida la subvención y que se han cumplido los fines establecidos en el acto de concesión.
  • documentation
    Memoria de la actividad subvencionada: memoria explicativa de las actividades culturales que han sido objeto de subvención, con indicación de las actuaciones desarrolladas, del cronograma y de los resultados obtenidos.
  • documentation
    Memoria económica: relación clasificada de los gastos que ha supuesto la realización de las actividades culturales, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas, si las hubiere. Cuando las actividades hubieran sido financiadas, además de con la subvenci ón objeto de esta orden, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse e indicarse en la memoria económica el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas
  • documentation
    Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior, que deberán haberse emitido dentro del plazo de ejecución, del 1 de enero al 31 de octubre de 2026, así como la documentación acreditativa del pago, que deberá haberse realizado antes de la finalización del plazo de justificación. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.
  • documentation
    Certificado de la Fundación en el que se indique si se ha percibido o no alguna otra ayuda o subvención para la financiación de la actividad. Firmado electrónicamente por María del Mar Vaquero Perianez, Vicepres.Y Consejero/a Pres., Just. C. D, DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA, CULTURA Y DEPORTE el 04/08/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSV0L4IHJB1KQ1R0XFIL.
  • documentation
    Justificante de todos los ingresos generados por las actividades subvencionadas y resolución de concesión de las subvenciones y ayudas concedidas por cualquier otra administración, entidad pública o privada, nacionales o de la Unión Europea o de organismos internacionales, relativas a la misma actividad.
  • documentation
    Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 37.3 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, deba de haber solicitado la Fundación.
  • documentation
    Carteles y resto de publicaciones en las que figure la publicidad de carácter institucional (logotipo del Gobierno de Aragón) junto con el informe favorable emitido por la Comisión de Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón solicitado conforme a lo dispuesto en el apartado sexto g) de esta Orden.
  • documentation
    Cuando el órgano competente para la comprobación de la subvención aprecie la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada por el bene ficiario, lo pondrá en su conocimiento concediéndole un plazo de diez días para su corrección. La falta de subsanación de los defectos en este plazo, si son sustanciales de modo que impidan comprobar el cumplimiento, llevará consigo la exigencia de reintegro.
  • documentation
    Transcurrido el plazo de justificación, sin que se haya presentado la justificación, se requerirá a la persona beneficiaria para que sea presentada en el plazo improrrogable de quince días. La falta de presentación en este plazo llevará consigo la exigencia de reintegro. Octavo. Pago.
  • documentation
    La Consejera de Presidencia, Justicia, Cultura y Deporte podrá acordar la realización de un anticipo de hasta un máximo del 50 % del importe de la subvención concedida, sin necesidad de prestación de garantía. El an ticipo de pago se acordará a petición del de la Fundación Amantes de Teruel que podrá solicitarlo en el plazo de 15 días a partir del día siguiente al de la notificación efectiva de esta Orden de concesión.
  • documentation
    El pago de l total de la subvención o lo que reste, en caso de haberse abonado un anticipo, se efectuará previa justificación de la realización de la actividad subvencionada de acuerdo con lo previsto en esta Orden y en el resto de normativa aplicable.
  • documentation
    No podrá realizarse el pago de la su bvención si el beneficiario no se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma y de sus obligaciones con la Seguridad Social, y tiene pendiente de pago alguna otra deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma o sea deudor por procedimiento de reintegro. Firmado electrónicamente por María del Mar Vaquero Perianez, Vicepres.Y Consejero/a Pres., Just. C. D, DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA, CULTURA Y DEPORTE el 04/08/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSV0L4IHJB1KQ1R0XFIL.

Gastos y actuaciones

  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de inversión.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos consistentes en la adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, así como equipamiento de cualquier tipo. Firmado electrónicamente por María del Mar Vaquero Perianez, Vicepres.Y Consejero/a Pres., Just. C. D, DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA, CULTURA Y DEPORTE el 04/08/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSV0L4IHJB1KQ1R0XFIL.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de gestión de la estructura de la fundación (gastos de mantenimiento de los locales, gastos de mantenimiento de su estructura funcional: alquiler de locales de oficina, agua, gas, teléfono, internet, electricidad, etc.).
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de catering y de manutención (comida y bebida).
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de representación y protocolarios.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Deberá tenerse en cuenta el artículo 37.3 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, que establece que cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa reguladora de la contratación pública para el contrato menor, la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, s alvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que las realicen, presten o suministren o salvo que el gasto se hubiese realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. En el caso de elegir la o ferta que no resulte ser la económicamente más ventajosa, la persona beneficiaria deberá justificar adecuadamente la elección. Sexto. Obligaciones del beneficiario.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención y justificar ante la Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en esta Orden de concesión, así como la realización de la actividad subvencionada.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Someterse a las actuaciones de control y comprobación a efectuar por la Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar tanto la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Cámara de Cuentas y el Tribunal de Cuentas, así como otros órganos competentes, para lo que estarán obligados a prestar la debida colaboración y apoyo a las personas funcionarias encargadas de realizar dicho control, aportando y facilitando la información que se considere necesaria.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Comunicar a la Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos y recursos que financien la actividad subvencionada.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma y de las obligaciones con la Seguridad Social, así Firmado electrónicamente por María del Mar Vaquero Perianez, Vicepres.Y Consejero/a Pres., Just. C. D, DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA, CULTURA Y DEPORTE el 04/08/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSV0L4IHJB1KQ1R0XFIL.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona o entidad beneficiaria en cada caso.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Conservar los documentos justificativos de aplicación de fondos recibidos en tanto puedan ser objeto de comprobación y control.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Cuando de las acciones contempladas en esta Orden se deriven publicaciones, conferencias e información en páginas web, entre otras, deberá constar en las mismas que se han realizado en colaboración con el Gobierno de Aragón, previo informe preceptivo de la Comisión de Comunicación Institucional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad. Dicho informe deberá ser recabado a través de la solicitud presentada en el siguiente enlace: Solicitud de Informe Preceptivo de la Comisión de Comunicación Institucional (aragon.es)
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Deberá comunicar al Departamento competente en materia de cultura cualquier circunstancia que provoque una modificación en los térm inos de la actuación subvencionada, en el plazo máximo de un mes desde que se produjo la modificación.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Suministrar la información necesaria para dar cumplimiento de las obligaciones establecidas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el título II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Proceder al reintegro de los fondos en los casos establecidos por la ley.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Cualesquiera otras exigidas por la legislación que resulte de aplicación. Séptimo. Plazo y forma de justificación.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    El plazo de justificación de la subvención se iniciará al día siguiente de la recepción de la notificación de esta Orden y finalizará el 5 de noviembre 2026. La documentación de la justificación deberá presentarse a través del registro electrónico g eneral disponible en el enlace https://www.aragon.es/tramites/registro- Firmado electrónicamente por María del Mar Vaquero Perianez, Vicepres.Y Consejero/a Pres., Just. C. D, DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA, CULTURA Y DEPORTE el 04/08/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSV0L4IHJB1KQ1R0XFIL.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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