ORDEN DE CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN DE CONCESION DIRECTA A CRUZ ROJA ESPAÑOLA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE CASAS DE ACOGIDA, EN EL MARCO DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
Mediante el presente Decreto-ley se autoriza, conforme al artículo 22, 2 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión directa de las subvenciones que se recogen en su Anexo, a las entidades beneficiarias, identificadas con su NIF con el objeto e importe máximo a conceder ahí contemplados, así como la sección, el Servicio, proyecto de gasto y partida presupuestaria, con cargo a los cuales se ha de instrumentar cada subvención.
En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona CONSEJERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, FAMILIAS E IGUALDAD.
● Concesión directa
