por la que se convocan las ayudas a la mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pe · 2026

Título oficial: Orden de 28 de julio de 2026, por la que se convocan las ayudas a la mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y acuícolas

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES61 - ANDALUCIA. La gestiona CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 15.000,00 €. Inicio: 11/08/2026. Plazo: Fin: 24/08/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • º No se iniciará el procedimiento de reintegro.
  • º No se ejecutará la garantía que, en su caso, se hubiera constituido para la obtención o cobro de la subvención.
  • º En el supuesto de concesión, en la resolución no se establecerán las condiciones a que se refiere el segundo párrafo del artículo 52.2 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Decimotercero. Prevención del fraude.
  • Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad e n relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la UE podrá poner dichos hechos en
  • Ante la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, a través de lo previsto en la siguiente dirección electrónica: https://buzon.antifraudeandalucia.es
  • Del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) de la Intervención General de la Administración del Estado, en cumplimiento de las recomendaciones de la Oficina Nacional de Coordinación Antifraude del Ministerio de Hacienda y Función Pública establecidas en su Comunicación 1/2017, de 6 de abril, que se encuentra accesible en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por medios electrónicos, a través del canal habilitado por dicho servicio en la siguiente dirección electrónica: http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
  • De la Oficina Europea de Lucha contra el fraude (OLAF), conforme al Reglamento (UE, Euratom) núm. 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre de 2013, relativo a las investigaciones realizadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), y demás normativa al respecto.
  • º La dirección electrónica: https://fns.olaf.europa.eu/main_es.htm
  • º Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica.
  • º Correo electrónico: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
  • º Teléfono gratuito: +32-2-298.65.38. Asimismo, se tendrá en cuenta lo establecido en los planes antifraude establecidos o que pudieran establecerse y que le resultara de aplicación, y en concreto lo establecido en el Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adoptado por Acuerdo de 27 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno.
  • DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD SOLICITANTE Y DE LA REPRESENTANTE
  • NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA OBLIGATORIA Las notificaciones que proceda practicar se efectuarán por medios electrónicos a través del sistema de notificaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y se tramitará su alta en caso de no estarlo. (1) Indique un correo electrónico y, opcionalmente, un número de teléfono móvil donde informar sobre la notificación practicada en el sistema de notificaciones. (2)
  • Correo electrónico: Nº teléfono móvil: (1) Debe acceder al sistema de notificaciones con su certificado electrónico u otros medios de identificación electrónica; puede encontrar más
  • Localidad: Provincia: Código Postal: NOTA: Deberá estar de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de Tesorería General de la Junta de Andalucía.
  • DERECHO DE OPOSICIÓN El órgano gestor va a consultar los siguientes datos, en el caso de que no esté de acuerdo, manifieste su oposición (artículo 28 de la
  • Acreditación de la personalidad y representación.
  • En el caso de presentación a través de representante legal: Documentación acreditativa de la capacidad de representación, (en el caso de que el solicitante sea persona jurídica, cuando no se utilice certificado electrónico de representación).
  • En el caso de personas jurídicas: Tarjeta acreditativa del NIF de la entidad. Escritura de constitución de la sociedad. Estatutos y sus modificaciones inscritas en el registro correspondiente.
  • Cumplimiento de los plazos de pago: Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago de acuerdo con la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación