Personas físicasES11 - GALICIA

Orden de 26 de junio 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior de la Comunidad Autónoma de Galicia correspondientes al curso 2024/25 (código de procedimiento ED

1. El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras y convocar en la Comunidad Autónoma de Galicia, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior (código de procedimiento ED311B) correspondientes al curso 2024/25 para el alumnado que finalizó sus estudios en el año 2025 e n un centro docente de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, UNIVERSIDADES E FORMACIÓN PROFESIONAL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrá optar a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior el
  • Haber cursado estudios de formación profesional de grado superior durante el curso 2024/25 en algún centro educativo de la Comunidad Autónoma de Galicia, bien en la modalidad presencial o en la modalidad a distancia, y haber finalizado sus estudios y expedido el título en el año 2025.
  • Haber obtenido una calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50, en los términos establecidos en la normativa vigente. Esta calificación se expresará con dos cifras decimales, redondeada a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior.
  • No tener la condición de personal docente que desarrolle o haya desarrollado su actividad laboral en la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional en los tres años anteriores al 1 de septiembre de 2026.
  • documentation
    Las solicitudes de participación se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la aplicación informática <<PremiosEdu>> (https://www.edu.xunta.gal/premiosedu/) accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), o directamente desde la propia aplicación <<PremiosEdu>>. De acuerdo con lo previsto en los artículos 10.2 y 10.3 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia (DOG núm. 141, de 26 de julio), las personas aspirantes, con base en los requisitos establecidos en los apartados a) y b) del artículo 3 de esta orden, se presupone que poseen la capacidad técnica suficiente para el acceso y la disponibilidad de los medios electrónicos necesarios para tramitar su solicitud. En caso de que una misma persona candidata presentase más de una solicitud, se tendrá en cuenta únicamente la última solicitud presentada con los méritos alegados en esa última solicitud e indicados en su anexo II. Se considerará que desiste de las demás solicitudes
  • documentation
    Las solicitudes las suscribirán electrónicamente las personas interesadas con plena capacidad de obrar o, en su caso, los/as representantes legales de las personas solicitantes.
  • documentation
    Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.gal Si las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica premios@edu.xunta.gal
  • documentation
    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día
  • documentation
    Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
  • documentation
    Listado de los méritos que se deseen alegar relacionados con el título de técnica o técnico superior de formación profesional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.1.b) de esta convocatoria y según el modelo del anexo II.
  • documentation
    Documentación justificativa de los méritos según lo establecido en el anexo V de la presente convocatoria, donde consten expresamente l a actividad desarrollada, el número de horas de duración de la actividad, la fecha de inicio, la fecha de finalización o período de contratación y el organismo que convoca.
  • documentation
    Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho en el caso de actuar por medio de representante. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, que serán requeridos electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada. De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada que los aporte.
  • documentation
    La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
  • documentation
    HOJAS PARA EL DIARIO OFICIAL. PÁXINA 7 DE 19 Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
  • documentation
    En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que se haya efectuado la enmienda. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
  • documentation
    Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
  • documentation
    Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar con posterioridad al inicio del expediente deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
  • Informar al órgano que concede el premio de la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración pública, ente público o privado.
  • No estar incurso en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  • Estar al corriente en el pago d e obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras y convocar en la Comunidad Autónoma de Galicia, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior (código de procedimiento ED311B) correspondientes al curso 2024/25 para el alumnado que finalizó sus estudios en el año 2025 e n un centro docente de la Comunidad Autónoma de Galicia.