ORDEN CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A LOS AGENTES DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL EN LA REGI · 2026

Título oficial: ORDEN CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A LOS AGENTES DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL EN LA REGIÓN DE MURCIA PARA PROYECTOS DE AYUDA HUMANITARIA, EN EL AÑO 2026

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a los agentes de la cooperación internacional en la Región de Murcia para la ejecución de proyectos de ayuda humanitaria en los países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo que figuran en la lista del Comité de Ayuda al Desarrollo de la Organización para Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), en el año 2026.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es XXXX - TODO EL MUNDO. La gestiona CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUVENTUD, ACCIÓN EXTERIOR Y EMERGENCIAS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 142.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Los proyectos de ayuda humanitari a para los que se solicite la subvención
  • deberán reunir los siguientes requisitos:
  • 1. Tener por finalidad ante situaciones de catástrofes naturales o causadas por el hombre o de conflicto bélico, proveer de los servicios y suministros esenciales para satisfacer convenientemente las necesidades de la población en materia de agua, saneamiento, nutrición, aliment os, refugios y atención de salud y restablecer unas condiciones de vida dignas, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 12/2007, de 27 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. En con creto, los proyectos subvencionables se
  • Fortalecer los sistemas de salud, los mecanismos de prevención y su capacidad de reacción ante la crisis.
  • Asegurar la seguridad alimentaria y la nutrición.
  • Dar cobijo, alimento, agua y saneamiento, y otros elementos de asistencia para el beneficio de la población afectada y para facilitar el retorno a sus vidas y mejorar los medios de vida. Desarrollar, fortalecer el tejido productivo local y promocionar el cooperativismo.
  • Prevención y preparación ante desastres.
  • Promover y proteger la seguridad, bienestar y dignidad de la población afectada y de aquellos que no forman parte de las hostilidades y la rehabilitación, reconstrucción y asistencia de transición mientras la situación de emergencia persista.
  • Reforzar los sistemas de protección social y asegurar el acceso a los servicios sociales básicos.
  • Reforzar la gobernanza publica para aumentar las capacidades de la administración en la gestión de crisis.
  • 2. Tener un plazo máximo de ejecu ción de 18 meses desde la percepción de la subvención.
  • 3. Estar financiados con recursos ajenos a la subvención solicitada con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, un 20 % del coste total del proyecto, debie ndo las entidades beneficiarias financiar con medios propios al menos el 5 % de aquel coste. A estos efectos, se entienden por entidades beneficiarias: la entidad solicitante de la subvención, la contraparte y los beneficiarios directos del proyecto. La en tidad solicitante deberá financiar, en todo caso el 3 % del coste total del proyecto. En este sentido, la contraparte y los beneficiarios directos de la subvención, podrán realizar aportaciones en especie o valorizaciones, que se considerarán como financiación propia, siempre que estén vinculados de manera exclusiva o proporcional
  • En la partida de terrenos, se podrán valorizar la propiedad o el derecho de uso de estos así como la mano de obra agropecuaria destinada al trabajo de los terrenos.
  • En la partida de construcción, se podrá valorizar la mano de obra no cualificada ligada a estas tareas
  • En la partida de capacitación y formación, se podrá valorizar el personal puntualmente escrito el proyecto.
  • En la partida de equipos y materiales, se podrán valorizar aquellos que estén directamente adscritos a la consecución de los resultados. En todo caso, deberá presentarse valorización de lo aportado, mediante una certificación de la contraparte o beneficiarios del proyecto. En dicha certificación se describirá y cuantificará la aportación, de acuerdo con los precios de mercado local, indicando número de unidades, horas de trabajo y precio unitario en su caso
  • No serán subvencionables los proyectos que contengan ac ciones discriminatorias contra individuos o grupos por razón de su sexo, orientación sexual, religión, etnia, origen social u opciones políticas.
  • Los proyectos que se presenten por una agrupación de agentes de cooperación internacional para el desarrollo se les sumará un 10% más en la puntuación obtenida aplicando los criterios de valoración del artículo 12, siempre y cuando hayan alcanzado al menos el 50% de la puntuación máxima establecida.
  • En la presente convocatoria de 2026 cada entidad podrá presentar un proyecto por solicitud de subvención, salvo que se trate de una agrupación de entidades, en cuyo caso se podrán presentar dos proyectos, uno, individual y otro, como agrupación.
  • De acuerdo con el artículo 2 de la orden de bases, podrán ser beneficiari as de estas subvenciones, las entidades que tengan la consideración de agentes de la cooperación internacional en la Región de Murcia, según el artículo 40 de la Ley 12/2007, de 27 de

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    De acuerdo con el artículo 11 de la Orden de bases serán subvencionables los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y que resulten estrictamente necesarios. También será subvencionable el gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa con el límite que se establece en el artículo 15.4 de la orden de bases.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    Serán subvencionables los siguientes costes directos e indirectos del proyecto de cooperación internacional para el desarrollo.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1. Costes directos:
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.1. Aquellos derivados de los estudios y trabajos previos dirigidos a la identificación de la intervención y al establecimiento de la línea base para el desarrollo del proyecto, hasta un máximo del 5% del presupuesto total y siempre que se hayan
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.2. La compra (inclui dos todos los gastos necesarios para su inscripción en los registros locales correspondientes) y alquiler de bienes inmuebles en el país en el que se ejecute el proyecto.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.3. Construcción o reforma de inmuebles o infraestructuras básicas, incluyéndose l a redacción de la documentación técnica necesaria, mano de obra, dirección técnica, licencias, materiales de construcción y gastos de transporte de éstos. No podrán imputarse gastos relativos a reformas o reparaciones en las viviendas del personal afecto a la ejecución del proyecto o al local de la entidad beneficiaria o contraparte local.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.4. Los gastos por licencias, registrales y notariales será subvencionables siempre que estén directamente relacionados con el proyecto subvencionado y sean imprescindibles para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.5. La adquisición de equipos y materiales, tales como maquinaria, mobiliario, equipos informáticos (hardware y software), dotación de bibliotecas, incluyéndose los gastos de envío y puesta en funcionamiento. En el caso de proyectos productivos se incluirán, igualmente, los de adquisición de animales, arbolado y semillas, su transporte y almacenamiento.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.6. La adquisición de material consumible imprescindible para la ejecución del proyecto, incluyéndose los de alquiler de maquinaria, instalaciones y herramientas.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.7. Adquisición de medios de transporte especializados y vinculados a la ejecución del proyecto.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.8. Gastos de personal de la entidad solicitante y/o del socio local o contraparte cuyas funciones o tareas estén directamente vinculadas a la ejecución del proyecto.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.9. La contratación de servicios técnicos o profesionales necesarios para la ejecución del proyecto.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.10. Gastos corrientes de funcionamiento originados e n el país de la intervención y que vayan ligados directamente a la ejecución del proyecto.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    1.11. Dietas, gastos de desplazamiento y alojamiento de los formadores.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    El importe máximo a imputar por estos conceptos no podrá superar el 3% del coste total del proyecto.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    2. Costes indirectos: Gastos de la entidad solicitante vinculados a la administración, gestión y/o supervisión del proyecto, que deberán ir referidos necesariamente al período en que efectivamente se ejecuta el proyecto, no pudiendo exceder del 8% de la subvención concedida.
  • Artículo 8. Gastos subvencionables · eligible
    La adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables quedarán adscritos al fin concreto para el que se concedió la subvención, por un periodo de cinco años en el caso de bienes inscribibles en un registro público y de dos años para el resto de bienes. En el caso de bienes inscribibles en un registro público, deberá hacerse constar en la escritura esta circunstancia, así como el importe de la subvención concedida, debiendo estos extremos ser obj eto de inscripción en el registro público correspondiente.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a los agentes de la cooperación internacional en la Región de Murcia para la ejecución de proyectos de ayuda humanitaria en los países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo que figuran en la lista del Comité de Ayuda al Desarrollo de la Organización para Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), en el año 2026.