ORDEN CONVOCATORIA SUBVENCIONES COFINANCIADAS POR EL FSE+ A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO PROYECTO AT…

Título oficial: ORDEN CONVOCATORIA SUBVENCIONES COFINANCIADAS POR EL FSE+ A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO PROYECTO ATENCIÓN INTEGRAL INNOVADOR CON RECURSO RESIDENCIAL ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL DIRIGIDO A MUJERES VVG O SEXUAL Y SUS HIJAS/OS

1. El objeto de la presente Orden es convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro , para el desarrollo de un proyecto de atención integral de carácter innovador incluyendo un recurso residencial especializado en salud mental, dirigido a mujeres víctimas de violencia de género o sexual con problemas de salud mental, y sus hijos e hijas, mediante la configuración de un itinerario personalizado que favorezca su inclusión social en un recurso de carácter social, en todo el territorio de la Región de Murcia. Estas subvenciones están cofinanciadas en un 95% por el FSE+ y en un 5% por fondos propios del citado FSE+ y Objetivo

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona CONSEJERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, FAMILIAS E IGUALDAD.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 198.900,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las destinatarias del proyecto han de ser mujeres víctimas de violencia de género (y sus hijas e hijos) con diagnóstico de problemas de salud mental que precisan acogida residencial por riesgo o por carecer de alojamiento y medios de subsistencia. Pueden ser derivadas desde el Centro de Emergencia, desde la RED CAVI, o desde cualquier otra entidad o i nstitución, siempre y cuando cumpla con los requisitos de ingreso (víctima de violencia hacia la mujer y trastorno de salud mental). Del mismo modo, se contempla la posibilidad de traslado desde omunidades Autónomas .
  • Proporcionar a tención integral especializada y continuada 24 horas a cada mujer destinataria del proyecto mediante la elaboración de un itinerario personalizado de reinserción , Plan Individual de A tención (PIA), para conseguir el mayor grado de autonomía e inclusión social
  • Alojamiento y manutención: La vivienda debe tener las condiciones necesarias para garantizar un ambiente saludable y disponer de espacios individuales y comunes, así como del equipamiento y mobiliario adecuados, incluyendo la ropa de cama, aseo y menaje. Se deberá garantizar a las personas usuarias la pensión alimenticia diaria (desayuno, comida, merienda y cena).
  • Atención social: Acompañamiento en el desarrollo de habilidades, acompañamiento social, mediación con recursos comunitarios, restablecimiento de vínculos familiares, tramitación de ayudas económicas y otros aspectos necesarios para conseguir el mayor grado posible de autonomía e inclusión social.
  • Acompañamiento para inserción laboral: Servicio de o rientación, talleres, formación, pre -laborales, Centro especial de empleo, empleo protegido, etc.
  • Atención sanitaria: Atención primaria y psiquiátrica utilizando la red pública, atención psicológica, promoción de hábitos saludables, farmacia y apoyo en la administración de medicación y en todos los aspectos necesarios para cumplir los objetivos del proyecto.
  • Servicio Jurídico: Tramitación y asesoramiento legal relacionados con denuncias, juicios, permiso de residencia para extranjeras y con todos los aspectos necesarios para cumplir los objetivos del proyecto.
  • Los perfiles y funciones del personal profesional adscrito al proyecto innovador serán las
  • Tener personalid ad jurídica propia, plena capacidad de obrar, carecer de ánimo de lucro y estar inscritas en el correspondiente registro público.
  • Que en sus estatutos recojan, entre sus fines u objeto social, la atención y asistencia a personas con trastornos de salud mental, que abarque al menos, aspectos sociales y laborales.
  • Estar legalmente constituidas, al menos con un año de antelación a la publicación de la correspondiente convocatoria.
  • No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de bene ficiario señaladas en el artículo 13 de la LGS.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas.
  • Ten er implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos delegación permanente en la misma.
  • Los requisitos exigidos deberán cumplirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, excepto el incluido en el apartadoe), que deberá quedar acreditado con anterioridad a la fecha de la propuesta de resolución de la concesión.
  • El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden de Convocatoria en el BORM.
  • La solicitud será presentada por la persona representante de la entidad, a través del certificado de representante de persona jurídica y se realizará en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), a través del formulario de solicitud electrónico habilitado para esta convocatoria, accediendo a la Guía de Proce dimientos y Servicios con el código 4477 Subvenciones a entidades privadassin ánimo de lucro para un proyecto
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la LPAC, la solicitud podrá ser presentada, de igual forma, a través de cualquier registro electrónico.
  • Cada entidad presentará una única solicitud electrónica referida a un único proyecto. En caso de que una entidad presentase más de un proyecto , solo se tendrá en cuenta el presentado en último lugar.
  • Una vez presentado el formulario solicitud para un determinado proyecto y sin perjuicio de su posterior subsanación la entidad podrá, en plazo de presentación de solicitudes, corregir datos o indicando el número de registro electrónico de la solicitud presentada.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de personal vinculado al proyecto.
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de material fungible.
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de alojamiento (alquileres de funcionamiento del recurso y otros)y manutención de las usuarias del recurso (menaje y vestuario).
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de apoyo a la salud: compra de medicinas; vacunas y gafas ba jo prescripción médica, productos de higiene personal de las usuarias.
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de desplazamiento de las usuarias.
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de suministros básicos del recurso: agua, electricidad, gas
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos para la formación del personal vinculado al proyecto.
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastosde formación para la reinserción socio laboral de las usuarias.
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Otros gastos relacionados directamente con el objeto de la presente subvención, previa valoración y autorización por la Dirección General de Mujer y Prevención de la Violencia de Género.
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de gestión y administración, auditorias, prevención de riesgos laborales, seguros, etc.
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    La modalidad de subvención adoptará la forma definida en el art.53.1.e.) que combina las modalidades de subvención de costes unitarios (art. 53.1.b.) y de un tipo fijo (art.53.1.d) , de conformidad con los artículos 53 y 56 del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (en adelante Reglamento (UE) 2021/1060).
  • gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Serán subvencionables los gastos directos de personal imputados al proyecto, referidos a costes unitarios tomando como referencia la tabla salarial del XVI Convenio Colectivo General Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, más un porcentaje fijo del 33,50 % de dichos gastos directos, para financiar otros costes distintos de los costes directos de personal necesarios para la ejecución del proyecto que realicen las entidades beneficiarias en el plazo de ejecución señalado en el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. El objeto de la presente Orden es convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro , para el desarrollo de un proyecto de atención integral de carácter innovador incluyendo un recurso residencial especializado en salud mental, dirigido a mujeres víctimas de violencia de género o sexual con problemas de salud mental, y sus hijos e hijas, mediante la configuración de un itinerario personalizado que favorezca su inclusión social en un recurso de carácter social, en todo el territorio de la Región de Murcia. Estas subvenciones están cofinanciadas en un 95% por el FSE+ y en un 5% por fondos propios del citado FSE+ y Objetivo