Personas físicasES24 - ARAGON

ORDEN Consejera Economía, Competitividad y Empleo, por la que se convoca para el 2026, programa becas y ayudas para personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas y formación en empresa u organismo equiparado, aprobadas en 2026

Desempleo

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES24 - ARAGON. La gestiona INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM).

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Becas previstas en el artículo 20 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, y artículo 22
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    Becas para personas con discapacidad: Fotocopia del certificado o tarjeta acreditativos de la discapacidad (emitido por el IMSERSO o por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales) o la Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o resolución del Ministerio de Hacienda o del Ministerio de Defensa, según corresponda. Cuando en la demanda de empleo ya es té recogida y acreditada la circunstancia de la discapacidad, no será necesaria su aportación.
  • documentation
    Becas para personas que participen en programas específicos de formación dirigido a personas desempleadas con necesidades formativas especiales o con dificultade s para su inserción o recualificación profesional: No debe aportarse documentación, dado que se considerará acreditado el cumplimiento de las condiciones para percibir la beca con la participación en el correspondiente programa específico y esto se comprob ará de oficio.
  • documentation
    Becas para mujeres víctimas de violencia de género: No debe aportarse documentación adicional a la solicitud.
  • documentation
    Ayudas a transporte, manutención y alojamiento previstas en el artículo 21 de la Orden
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    Ayuda de transporte interurbano con vehículo privado: no debe aportarse documentación adicional. El órgano instructor de la ayuda podrá recabar de la persona solicitante toda aquella documentación probatoria que considere necesaria para su comprobación. Para esta comprobación podrán requerirse las facturas de combustible y/o recarga eléctrica Firmado electrónicamente por Eva Valle Maestro, Consejero/a De Economia, Compet. Y Emple, DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD Y EMPLEO el 26/08/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSV7E8NANF1LU130XFIL.
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    Ayuda de manutención: Facturas a nombre de la persona participante de la acción formativa, y hayan sido emitidas en los días asistidos al curso.
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    Ayuda de alojamiento y manutención: contrato de arrendamiento, factura de hospedaje o cualquier otro medio documental acreditativo, a nombre de la persona participante del curso y hayan sido emitidas en los días de asistencia al curso.
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    Ayuda a la conciliación prevista en el artículo 22 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de
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    Declaración de rentas del mes de incorporación a la acción formativa de la persona solicitante y de los integrantes de la unidad familiar, conforme al modelo disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (https://www.aragon.es/tramites), accediendo a través del buscador al trámite 3425 “Becas y ayudas para la formación de personas desempleadas” – cursos 2026 o directamente en la dirección electrónica” https://www.aragon.es/tramitador/- /tramite/becas-ayudas-desempleados-participen-acciones-formativas-practicas- laborales-formacion-profesional-empleo donde se indicará la cuantía de las rentas obtenidas y su procedencia. Podrán declararse las rentas del mes anterior si la acción formativa tuviera fecha de inicio y fin dentro del mismo mes. El órgano instructor de la ayuda podrá recabar de la persona solicitante toda aquella documentación probatoria que considere necesaria para su comprobación.
  • documentation
    Documentación que pruebe el grado de parentesco y convivenci a, así como la edad y situación de dependencia de la persona a cargo del solicitante, por la que se genera el derecho a la ayuda. En caso de custodia compartida, convenio regulador o sentencia.
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    Como documentación probatoria de lo anterior, podrá recabarse la siguiente:  Libro de familia o documentación justificativa del grado de parentesco.  Certificado de empadronamiento colectivo.  Nómina o modelo 130/131 AEAT, del mes en que hubiera tenido lugar el inicio del curso, pudiendo tener en cuenta lo estipulado en el párrafo segundo del apartado a).  Sentencia judicial o convenio regulador, en caso de que la persona solicitante ostente la custodia del hijo/a menor de 12 años por el que se solicita la ayuda.  Resolución de Dependencia, para la ayuda a la conciliación por cuidado de familiares dependientes hasta el segundo grado.
  • documentation
    El órgano instructor comprobará de oficio la circunstancia de no haber rechazado ofertas de trabajo adecuadas ni haberse negado a participar en actividades de promoción, formación o reconversión profesional en el plazo de un mes desde que se agotase el subsidio por desempleo o la prestación contributiva, por lo que no se debe aportar documentación sobre este extremo.
  • documentation
    El Instituto Aragonés de Empleo podrá consultar o recabar los datos de la persona solicitante y de los miembros integrantes de la unidad familiar, en el caso de la ayuda de conciliación, que sean necesarios para la resolución de su solicitud a través de los correspondientes sistemas de verificación de datos de la Administr ación, salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa de la misma, en cuyo caso deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente. Firmado electrónicamente por Eva Valle Maestro, Consejero/a De Economia, Compet. Y Emple, DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD Y EMPLEO el 26/08/2026. Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSV7E8NANF1LU130XFIL.
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    El órgano instructor del procedimiento es la sección o subdirección competente en materia de formación de la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Empleo correspondiente.
  • documentation
    El órgano instructor recabará toda la información que resulte necesaria, tanto de la persona solicitante como de la entidad colaboradora que imparta la formación o de la que gestione la formación en empresa u organismo equiparad o, para la correcta gestión de cada solicitud de ayuda. También podrá comprobar los datos que obren en su poder o en los de otros Servicios Públicos de Empleo, que tengan incidencia a la hora de llevar a cabo la instrucción y resolución del expediente, así como los que consten en otros archivos y registros oficiales y no se hallen protegidos.
  • documentation
    El Instituto Aragonés de Empleo, como responsable de la actividad de tratamiento «Alumnos de formación profesional para el empleo» tratará los datos obtenidos con e l fin de realizar la gestión y control del otorgamiento de las becas y ayudas para personas trabajadoras desempleadas que participen en cursos, acciones y programas de formación profesional para el empleo. Asimismo, no se comunicarán datos a terceros salvo obligación legal. Duodécimo. - Resolución de la solicitud.
  • documentation
    El órgano competente para resolver el procedimiento será el Director/a Provincial del Instituto Aragonés de Empleo, en virtud de la Resolución de 6 de marzo de 2002, de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, sobre delegación del ejercicio de la competencia en materia de ayudas y becas a los alumnos participantes en las acciones formativas del Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón y en el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional.
  • documentation
    El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes será de tres meses, a partir de la fecha en que finalice el plazo para solicitar la beca o ayuda, debiendo entenderse como desestimada por silencio administrativo, si t ranscurrido dicho plazo no se hubiese notificado resolución expresa. No obstante, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará sin vinculación al sentido del silencio.
  • documentation
    No será necesaria la aceptación de la subvención concedida po r parte de las personas beneficiarias.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Desempleo