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NewMed2030: Governanza Urbana, Resiliencia Local y Desarrollo Inclusivo en Líbano y Marruecos

Resiliencia Local y Desarrollo Inclusivo en el Líbano y en Marruecos (en adelante, el Proyecto) deben implementarse de acuerdo con los objetivos, el calendario de actividades y el presupuesto del documento descriptivo del proyecto presentado por la Institución.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es XXXX - TODO EL MUNDO. La gestiona AGÈNCIA CATALANA DE COOPERACIÓ AL DESENVOLUPAMENT.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La Institución tendrá que cumplir las siguientes obligaciones durante el proceso de
  • Gestionar los fondos d e la subvención aportada por la ACCD de acuerdo con el desarrollo y planificación de las actividades previstas y de acuerdo con las propias normas, procedimientos y prácticas financieras de la Naciones Unidas.
  • Justificar la subvención de acuerdo con los términos del apartado 7 de este anexo y, en el caso de que sea requerido, durante el proceso de ejecución del Proyecto con el resultado de las actividades realizadas hasta el momento.
  • En la medida en que las condiciones de seguridad lo permitan, proporcionar el nivel adecuado de visibilidad y publicidad a las contribuciones de la ACCD, siempre de acuerdo con la normativa corporativa de la ACCD. La Institución puede adoptar otras medidas apropiadas para dar a conocer el hecho de que ha recibido financiación de la ACCD, concediendo a la ACCD la suficiente relevancia. Siempre que las medidas de seguridad no lo desaconsejen, hay que incluir en toda información, publicidad, obras y material e ditado resultado de la subvención otorgada el logotipo de la ACCD y la expresión, en catalán y traducida a las lenguas en que se tenga que difundir, «Con la colaboración de la ACCD», de acuerdo con la normativa de la imagen corporativa de la ACCD.
  • La propiedad intelectual que se desarrolle en todo el material (incluyendo, entre otros, informes, datos y diseños, almacenados electrónicamente o no) producido por la ONU- Hábitat o su personal, miembros o representantes y financiado a través de la subvención de la ACCD, corresponderá a la ONU -Hábitat. La ACCD reconoce el principio de que, salvo que se disponga lo contrario en las normas y reglamentos de la ONU-Hábitat, la propiedad intelectual producida por la Institución se gestionará de una manera que maximice la accesibilidad pública y permita el uso más amplio posible.
  • 1 La justificación del Proyecto se realizará mediante la presentación de la documentación siguiente en el plazo máximo de seis (6) meses desde la finalización de las actividades.
  • Memoria técnica de las actividades implementadas y los resultados alcanzados que acredite suficientemente el cumplimiento de la finalidad por la cual fue otorgada la subvención.
  • Además del dispuesto al apartado a), ONU-Hábitat tendrá que justificar la subvención de conformidad con sus propias normas y reglamentos mediante un informe financiero con los estados contables o una memoria económica que incluya el presupuesto aprobado y el ejecutado, el detalle del tipo de cambio y la relación de gastos del coste total de la actividad.
  • N-B014-V01-22 2222222222122 El plazo de justificación de la subvención puede ser ampliado por la ACCD de oficio o a solicitud de la ONU-Hábitat. La ACCD debe dictar y notificar la resolución en que concede o deniega la ampliación de los plazos. Nunca puede ser objeto de ampliación el plazo de justificación si ya ha vencido. Los fondos entregados serán objeto de control según lo que determinan las normas y procedimientos de la ONU -Hábitat sin perjuicio de las actuaciones de seguimiento, comprobación y control financiero que puedan efectuar los órganos competentes de control de la ACCD. Las transacciones financieras y los estados financieros de la ONU -Hábitat estarán sujetas a los procedimientos de auditoría interna y externa establecidos en el marco normativo de la ONU-Hábitat.
  • Comisión de seguimiento Se podrá constituir una Comisión Técnica de Seguimiento que se encargará de velar por el seguimiento de las actividades, la consecución de los objetivos y resultados previstos en el Proyecto, así como la resolución óptima de las incidencias que se puedan producir durante su desarrollo. Esta Comisión será paritaria y estará formada como mínimo por una persona representante de la ACCD y una persona representante de la ONU-Hábitat. Se reunirá, como mínimo, una vez durante la implementación del Proyecto, presen cial o virtualmente. Se elaborará el acta correspondiente con un resumen de los acuerdos tomados.
  • Importe no invertido y no comprometido. En el supuesto de que se hayan cumplido plenamente los objetivos para los cuales se concedió la subvención y, por una utilización eficiente de los recursos haya remanentes no invertidos y no comprometidos, incluyendo los posibles rendimientos financieros no aplicados a la actividad subvencionada, ONU-Hábitat puede solicitar la ACCD que se utilicen en la misma actividad u otra de naturaleza análoga. La ACCD tendrá que autorizar la aplicación del remanente o reclamar la devolución de los remanentes descritos.
  • Modificaciones. Si se produce una alteración de las circunstancias objetivas que motivaron la concesión de esta subvención, ONU-Hábitat podrá solicitar a la ACCD una modificación de la subvención concedida. Se consideran modificaciones sustanciales las que afecten los resultados y/o los indicadores de las actuaciones, el cambio de los colectivos protagonistas , el cambio de la localización del proyecto, la modificación del cronograma de actividades para plazos de ejecución superiores a los seis meses y los cambios en la composición de la agrupación de actores/se de cooperación. La modificación en ningún caso puede comportar un incremento del importe de la subvención concedida. La solicitud de modificación sustancial se tendrá que documentar suficientemente y habrá que argumentar las consecuencias técnicas y presupuestarias que la modificación pueda suponer. Tendrán que ser comunicadas a la ACCD en el momento en que se producen y hace falta que la ACCD las autorice expresamente y previa a su ejecución. La ACCD aceptará o denegará la modificación solicitada en el plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días naturales contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
  • Reintegro. El incumplimiento de la finalidad de la subvención por causas directamente imputables a ONU-Hábitat, la falta de justificación o justificación insuficiente y la obtención de la subvención sin reunir las condiciones requeridas para obtenerlas podrá dar lugar a la revocación de la subvención y a la devolución de la subvención no utilizada. El incumplimiento de otras obligaciones establecidas en esta resolución, salvo que se resuelva mediante una discusión amigable entre la ACCD y la ONU-Hábitat, también puede ser motivo de revocación de la subvención.
  • 1 Esta subvención se somete, y con respecto a la ACCD, en la sección sexta del capítulo IX del TRLFPC, y la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo. No obstante, resultarán de aplicación supletoriamente las disposiciones del capítulo IX en todo aquello no previsto y que no se oponga o contradiga las disposiciones contenidas en aquella sección y también los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su normativa de despliegue , incluido el Real decreto 188/20205, de 11 de marzo.
  • 2 Ninguna de las disposiciones de la presente Resolución se considerará una renuncia a la inmunidad jurisdiccional de ONU-Hábitat, en virtud de la Convención sobre los privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas de 1946.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Resiliencia Local y Desarrollo Inclusivo en el Líbano y en Marruecos (en adelante, el Proyecto) deben implementarse de acuerdo con los objetivos, el calendario de actividades y el presupuesto del documento descriptivo del proyecto presentado por la Institución.