Personas jurídicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

MUGACU 2025

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VIANA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 58.769,49 €. Inicio: 01/01/2025. Plazo: Fin: 31/12/2025.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. factura TB-2025-F_75 EQUIPO SONIDO E ILUMINACIÓN SAN PEDRO MUGACU 20.371,19 24.649,14
  • 1. factura 252124 SUMINISTROS BARRAS MUGACU 930,19 1.123,80
  • 1 factura SV-2025297 SONIDO E ILUMINACIÓN CASA CULTURA MUGACU 2.979,80 3.605,56
  • 1. factura 2025/00629 SERIGRAFIA.EUS, MERCHAN MUGACU 505,45 611,59
  • Justificantes de pago de las facturas 14.1 Garayoa Teatro, 35 ABS Fluge Euskadi, 45 Distribuciones Peña, 46.1 Distribuciones El Sazal, 47.1 TX Parrilla SLU, 48.1 Sonovisión Centro Electrónico, S.L., 50.2 DONIBANE 883, SI, 50.3 Pensión San Pedro. CUARTO.- Trasladar la presente Resolución y la documentación requerida, una vez recibida, al grupo de trabajo previsto en la Ordenanza (art. 7.2 c) y art. 8) a fin de que estudie el
  • expediente y proponga a Alcaldía, como órgano competente, para la ordenación del pago restante. QUINTO.- Recordar a los solicitantes que deben cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza. Lo que le comunico a usted para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra esta resolución cabe
  • Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.
  • Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o
  • Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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