Personas jurídicasFamilias e infanciaES523 - Valencia / València

MH Concesión directa de subvención a la Plataforma de Asoc, de Familiares de Víctimas del Franquismo de las Fosas Comun…

Título oficial: MH Concesión directa de subvención a la Plataforma de Asoc, de Familiares de Víctimas del Franquismo de las Fosas Comunes de Paterna

Justicia

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 179.064,15 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 21/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que el contrato se celebre por escrito.
  • Que el contracte se celebre per escrit.
  • Que la celebració del mateix s'autoritze prèviament per l'entitat concedent de la subvenció en la forma que es determine en les bases reguladores F. Termini d'execució: El període d'execució del projecte serà el comprés entre l'1 de setembre de 2026 i l'1 de setembre de 2027. Aprobado en sesión de la Junta de Gobierno de fecha 22/09/2026 Aprovat en sessió de la Junta de Govern de data 22/09/2026
  • - Secretario General de DIPUTACION - Vicente Rafael Boquera Matarredona 24-sep-2026 Página 6 de 9 Esta es una copia impresa del documento electrónico generada por la aplicación informática Portafirmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://www.sede.dival.es/opencms/opencms/portal/index.jsp?opcion=verifica
  • 064,15 euros. Este importe se abonará a la asociación una vez esta realice el trámite de aceptación de la subvención. . En el momento de la percepción del pago de la subvención, la Asociación deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con la Diputación de Valencia. H. Plazo y forma de justificación de la subvención: El plazo para la presentación de los documentos acreditativos de la justificación de la subvención finalizará el 15 de octubre de 2027. Las facturas y demás documentos justificativos deberán corresponder al periodo de ejecución aprobado y encontrarse efectivamente pagados antes de la finalización del plazo de justificación. La justificación se realizará mediante la modalidad de cuenta justificativa ordinaria, tal como dispone el artículo 28 de la OGS, que deberá contener como mínimo los siguientes
  • - Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con la descripción de las actividades realizadas, el calendario ejecutado, así como las publicaciones y/o acciones de difusión ejecutadas.
  • - Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas que
  • Una relación clasificada de los gastos e G. Termini i mètode de pagament de la subvenció: El pagament de la subvenció es farà efectiu de manera anticipada (caràcter prepagable), sense necessitat de garantia en aplicació de l'art. 42.2.d del RD 887/2006, atesa la naturalesa no lucrativa de l'entitat beneficiària i al caràcter d'acció social del projecte a executar. S'abonaran amb càrrec al pressupost de 2026,
  • 064,15 euros. Este import s'abonarà a l'associació una vegada esta realitze el tràmit d'acceptació de la subvenció. . En el moment de la percepció del pagament de la subvenció, l'Associació haurà d'acreditar que es troba al corrent de les seues obligacions amb l'Agència Tributària, amb la Seguretat Social i amb la Diputació de València. H. Termini i forma de justificació de la subvenció: El termini per a la presentació dels documents acreditatius de la justificació de la subvenció finalitzarà el 15 d'octubre de 2027. Les factures i altres documents justificatius hauran de correspondre al període d'execució aprovat i trobar-se efectivament pagats abans de la finalització del termini de justificació. La justificació es realitzarà mitjançant la modalitat de compte justificatiu ordinari, tal com disposa l'article 28 de la OGS, que haurà de
  • - Memòria d'actuació justificativa del compliment de les condicions imposades en la concessió de la subvenció, amb la descripció de les activitats realitzades, el calendari executat, així com les publicacions i/o accions de difusió executades.
  • - Una memòria econòmica justificativa del
  • Una relació classificada de les despeses i Aprobado en sesión de la Junta de Gobierno de fecha 22/09/2026 Aprovat en sessió de la Junta de Govern de data 22/09/2026
  • - Secretario General de DIPUTACION - Vicente Rafael Boquera Matarredona 24-sep-2026 Página 7 de 9 Esta es una copia impresa del documento electrónico generada por la aplicación informática Portafirmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://www.sede.dival.es/opencms/opencms/portal/index.jsp?opcion=verifica
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior por importe al menos de la subvención concedida, y la documentación acreditativa del pago.
  • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • La presentación de los tres presupuestos que, en aplicación del artículo
  • 3 de la OGS y del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario previamente a la adjudicación.
  • El acta de recepción y certificado final de obra, en su caso.
  • - Acreditación del cumplimiento de la obligación de publicidad activa en los términos establecidos en el apartado C. de este punto primero. La justificación se realizará telemáticamente mediante el formulario disponible en la Sede Electrónica de la Diputación (https://www.sede.dival.es), dirigida al Presidente de la corporación, a través de la correspondiente Carpeta ciudadana de la Asociación. La entidad beneficiaria facilitará las actuaciones de comprobación de la ejecución del proyecto que le solicite la Diputación, aportando la documentación que le sea requerida. La no justificación de la subvención o la justificación insuficiente darán lugar a la obligación de reintegro del importe previamente percibido y no justificado, junto inversions de l'activitat amb identificació del creditor i del document, el seu import, data d'emissió, data de pagament i indicació de si l'IVA és deduïble o no.
  • Factures o documents de valor probatori equivalent en el tràfic jurídic mercantil o amb eficàcia administrativa incorporats en la relació a què es fa referència en el paràgraf anterior per import almenys de la subvenció concedida, i la documentació acreditativa del pagament.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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