AMPASPersonas jurídicasES51 - CATALUÑA

LLEVAR A CABO LA CABALGATA Y CAMPAMENTO REAL DEL AÑO 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORELLÓ.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 7.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 30/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cuenta justificativa de gastos simplificado (Anexo V) y Anexos A, B y C.
  • El pago de la subvención se realizará de una sola vez previa la presentación dentro de los plazos establecidos de la documentación justificativa mencionada en el punto anterior.
  • Previa solicitud motivada de la beneficiaria y mediante el documento previsto al efecto (Sol·licitud de bestreta Annex II) , se podrá conceder un pago a cuenta del 100% del importe de la subvención. El plazo para su presentación finalizara el día 30 de julio de
  • Ejecutar las actividades subvencionadas de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, así como su justificación.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Intervención General del Ayuntamiento, y a aportar toda la información que les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y en relación a la subvención concedida.
  • Conservar los documentos de cualquier tipo justificativos de la aplicación de fondos recibidos, por un periodo no inferior a 6 años, a contar des de la finalización del plazo de presentación de las justificaciones.
  • Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la ejecución del proyecto o de la actividad, en toda la documentación impresa y en carteles o medios electrónicos o audiovisuales.
  • Dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas por medios electrónicos, en base a lo establecido en la Ley 19/2013 y la Ley 19/2014.
  • - Marçal Ortuño Jolis (TCAT), 09/07/2026 13:44
  • - Laura Goula Colomer (TCAT), 10/07/2026 16:21
  • - GERARD BALLANA JUVANTENY, 15/07/2026 18:54
  • AJUNTAMENT DE TORELLO Original Podeu comprovar l’autenticitat del document a la Seu Electrònica utilitzant el "Codi per a la validació". https://bpm.ajtorello.cat/OAC/ValidarDoc.jsp Ìb˙SH<¨8-acd8-4d2e-9c6c-3def9b532f20#˛ El incumplimiento de estas obligaciones originará las responsabilidades que en cada caso correspondan y podrá suponer la revocación, reducción o reintegro de la subvención concedida. En caso de que la entidad beneficiaria no pueda llevar a cabo las actividades recogidas en el presente convenio, tendrá que solicitar la renuncia expresa a la subvención concedida, mediante la presentación del documento previsto al efecto. (Anexo VI)
  • La entidad beneficiaria deberá comunicar la petición y/o obtención de cualquier subvención pública concurrente que no se haya declarado en la solicitud.
  • La subvención concedida será compatible con cualquier otra concedida por otras administraciones o entes públicos o privados. Sin embargo, el importe total de las subvenciones recibidas para la misma finalidad no podrá superar el coste total del proyecto/actividad a desarrollar.
  • No podrá ser objeto de prórroga.
  • Previa solicitud motivada de la beneficiaria y mediante el document o previsto al efecto (Sol·licitud de bestreta Annex II), se podrá conceder un pago a cuenta del 100% del importe de la subvención. El plazo para su presentación finalizara el día 30 de julio de 2026.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Intervención General del Ayuntamiento, y a aportar toda la información que les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y en relación a la subvenci ón concedida.
  • - Laura Goula Colomer (TCAT) (Secretària), 15/07/2026 11:04
  • - Marçal Ortuño Jolis (TCAT) (Alcalde), 16/07/2026 14:41
  • AJUNTAMENT DE TORELLO Aquest document és una còpia autèntica del document electrònic original. Podeu comprovar l’autenticitat del document a la Seu Electrònica utilitzant el "Codi per a la validació". https://bpm.ajtorello.cat/OAC/ValidarDoc.jsp Ì480d7442-95ac-4f5c-a6ff-0f˙P˘r¨3b48L˛ El incumplimiento de estas obligaciones originará las responsabilidades que en cada caso correspondan y podrá suponer la revocación, reducción o reintegro de la subvención concedida. En caso de que la en tidad beneficiaria no pueda llevar a cabo las actividades recogidas en el presente convenio, tendrá que solicitar la renuncia expresa a la subvención concedida, mediante la presentación del documento previsto al efecto. (Anexo VI)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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