Línea de ayudas económicas alumnos/as de Grado y Máster Universitario. Curso 2025-2026

Las presentes bases tienen por finalidad regular una línea de ayudas municipales destinadas a la adquisición de libros tanto en formato papel como en formato electrónico, material escolar, alojamiento y gastos de matrícula del alumnado matriculado en los niveles de Grado y Máster Universitarios, durante el curso 2025/2026 empadronados en el término municipal de Alcántara (Cáceres). El alumnado objeto de esta convocatoria deberá estar matriculado durante el curso 2025/2026 en algún centro universitario del territorio nacional. Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y objetivamente relacionados con el objeto de la ayuda.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCÁNTARA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • DECLARACIÓN RESPONSABLE PRIMERO. Declaro no estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones que impiden obtener la condición de beneficiario. SEGUNDO. Declaro bajo mi responsabilidad que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud. TERCERO. Que conozco las bases y las acepto expresamente. En Alcántara a ________de _____________________2026. Firma Alumno/Padre/Madre o Tutor Legal (en caso de menores de edad)
  • Estar empadronado/a en el término municipal de Alcántara, con una antigüedad de al menos seis meses anteriores a la presentación de la solicitud y hasta la finalización del curso académico correspondiente. Este requisito será comprobado de oficio por el Ayuntamiento.
  • No estar pendiente de justificar documentalmente prestaciones concedidas con anterioridad.
  • Estar matriculado en los niveles de Grado o Máster Universitarios, durante el curso 2025/2026 en algún centro universitario del territorio nacional.
  • No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario/a, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la AEAT y la Seguridad Social.
  • Documentación a presentar junto a las solicitudes:
  • Fotocopia DNI, NIE o pasaporte del/a solicitante o del padre, madre o tutor/a legal solicitante en caso de menores de edad.
  • Fotocopia del Libro de Familia donde figure el alumno beneficiario, en caso de los menores de edad.
  • Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Hacienda).
  • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.
  • Facturas originales o fotocopia compulsada de los gastos originados con referencia al curso 2025/2026. En caso de justificar el alojamiento, contrato de alquiler o recibo de pago. En caso de justificar los gastos de matrícula, justificante de haber realizado la matrícula y justificante bancario del pago.
  • Justificante acreditativo de no percibir otras ayudas por el mismo concepto que cubran la totalidad de los gastos, en su caso (Declaración jurada).
  • Alta a terceros de la cuenta en la que se procederá a formalizar el ingreso de las ayudas. El solicitante de las ayudas deberá figurar como titular o autorizado en la cuenta.
  • Certificado de matrícula o justificante de matrícula.
  • Documentación acreditativa de los créditos superados.
  • Podrán solicitar las ayudas objeto de esta convocatoria el alumnado mayor de edad, y en caso de los menores, sus madres, padres o tutores/as de los/as alumnas/as que
  • Cuantías máximas individualizadas de las ayudas. Las respectivas convocatorias fijarán las cuantías máximas de las subvenciones susceptibles de concesión, imputables a las aplicaciones presupuestarias y a los créditos disponibles. El importe de esta ayuda, por cada beneficiario/a, será de hasta 2.200€; destinados a la adquisición de libros y material escolar, pago de alojamiento y gastos de matrícula para el curso 2025/2026. Los alumnos que reciban ayudas por otra entidad pública con el mismo objeto, verán esta ayuda reducida en un 50%. Los alumnos que se matriculen en menos de 25 créditos anuales, percibirán un 25% de la totalidad de la ayuda que le corresponda según estas bases. Los alumnos que se matriculen entre 25 y 35 créditos anuales, percibirán un 50% de la totalidad de la ayuda que le corresponda según estas bases. Los alumnos que se matriculen entre 36 y 48 créditos anuales, percibirán un 75% de la totalidad de la ayuda que le corresponda según estas bases. P á g i n a 2 | 8 Cód. Validación: MM56EZWJDJPJT6JSAM2X7XWYA Verificación: https://alcantara.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 8
  • Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes y documentación necesaria.
  • 1. La presentación de las solicitudes supone la aceptación expresa por parte de los solicitantes de lo establecido en estas bases. Concurrir a la presente convocatoria implica autorizar al Ayuntamiento de Alcántara a consultar el padrón, solicitar certificado al centro educativo o entidad correspondiente, así como cualquier otro dato que considere necesario a efectos de concesión de la ayuda. Del mismo modo, la presentación de la solicitud supone la declaración responsable por parte del solicitante, de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de exclusión para ser beneficiario recogidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La solicitud junto con la documentación preceptiva que establecen estas bases será presentada en el Registro General del Ayuntamiento de Alcántara (Plaza de España, nº1), en horario de atención al público, o por cualquiera de las formas previstas en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Las presentes bases tienen por finalidad regular una línea de ayudas municipales destinadas a la adquisición de libros tanto en formato papel como en formato electrónico, material escolar, alojamiento y gastos de matrícula del alumnado matriculado en los niveles de Grado y Máster Universitarios, durante el curso 2025/2026 empadronados en el término municipal de Alcántara (Cáceres). El alumnado objeto de esta convocatoria deberá estar matriculado durante el curso 2025/2026 en algún centro universitario del territorio nacional. Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y objetivamente relacionados con el objeto de la ayuda.