Línea de ayudas directas a empresas y profesionales del artículo 21 del Real Decreto-ley 5/2026, por fenómenos meteorol…

Título oficial: Línea de ayudas directas a empresas y profesionales del artículo 21 del Real Decreto-ley 5/2026, por fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Año 2026

El presente real decreto-ley tiene por objeto la adopción de medidas urgentes de respuesta y adaptación ante los daños causados por las inundaciones y otros sucesos acaecidos en diferentes municipios de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES43 - EXTREMADURA, ES61 - ANDALUCIA. La gestiona AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Gran empresa, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 120.000.000,00 €. Inicio: 20/02/2026. Plazo: Fin: 20/02/2030.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • En relación con contratos de transporte perfeccionados antes del 2 de febrero de 2026 que tengan como origen o destino municipios cuyos habitantes hayan sido total o parcialmente desalojados o evacuados, o en aquellos municipios afectados que se determinen en los términos recogidos en el artículo 7.2 de este real decreto-ley, así como los contratos de servicio de hospedaje relativos a hospedajes ubicados en estos municipios, la persona consumidora o usuaria afectada tendrá derecho a resolver el contrato antes del inicio de este sin pagar ninguna penalización. En este caso, la persona consumidora o usuaria afectada tendrá derecho al reembolso completo de cualquier pago realizado, pero no a una compensación adicional.
  • Este artículo no aplicará a los contratos de préstamos y créditos en vigor celebrados con personas consumidoras. Disposición adicional primera. Ampliación del plazo previsto en el artículo 120.1 c) de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Las actuaciones que se hayan sido declaradas de emergencia, de acuerdo con el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El presente real decreto-ley tiene por objeto la adopción de medidas urgentes de respuesta y adaptación ante los daños causados por las inundaciones y otros sucesos acaecidos en diferentes municipios de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.