Personas jurídicasES413 - León

Junta de Castilla y León, por el que se autoriza la concesión directa de una subvención a la Universidad de León. · 2026

Título oficial: Acuerdo de 8 de octubre de 2026, de la Junta de Castilla y León, por el que se autoriza la concesión directa de una subvención a la Universidad de León.

La subvenci ón a la Universidad de León tendrá como objeto financiar las actuaciones

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 70.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • El pago de la subvención se regirá por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 d e noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
  • La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención revestirá la forma de cuenta justificativa.
  • El pago de la subvención concedida se efectuará previa justificación de la Universidad de León de los gastos realizados y se encuentren efectivamente pagados antes del fin del período de justificación.
  • La Universidad de León, para justificar el empleo de la subvención concedida, deberá remitir a la Consejer ía de Industria, Universidades, Empleo y Comercio un certificado expedido por el órgano competente de la universidad, acreditativo de las obligaciones reconocidas y/o pagos realizados por actuación, con una relación detallad a de l as mismas que incorpore, al menos, la siguiente información: descripción del gasto, N.I.F del proveedor, número de factura, su fecha e importe; acompañado de la documentación acreditativa del gasto que, según el caso, podrá ser original o copia autenticada en formato electrónico de las correspondientes facturas, y documentos justificativos del pago de estos conceptos , tales como extractos bancarios o estampillado del documento de gasto con el sello de la entidad financiera a través de la que se haya realizado el pago; asimismo remitirán la relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su importe y procedencia.
  • Asimismo, la Universidad de León deberá aportar la siguiente documentación:
  • Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, tal y como establece el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimient o de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subvenciones, así como el compromiso de comunicar a la Consejería cualquier incumplimiento que pueda producirse hasta el momento en que se realice el libramiento de pago a su favor. Igualmente, deberán acreditar que no se encuentran incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario.
  • Certificado del órgano competente de la Universidad que en el proceso de provisión de puestos de trabajo se ha realizado la correspondiente reserva legal para su cobertura por personas con discapacidad, a los efectos establecidos en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Adm inistración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Cumplimento de la INSTRUCCIÓN 1/2020, de la Dirección de Comunicación, para el cumplimiento del Acuerdo 27/2020, de 4 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • La justificación de la subvención deberá presentarse, en la forma prevista en la condición anterior, hasta el día 14 de noviembre de 2026 incluido. Este plazo podrá ser prorrogado por el Consejero de Industria, Universidades, Empleo y Comercio de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Segunda. - Gastos subvencionables. · eligible
    Se consideran gastos subvencionables aquellos realizados por la Universidad de León entre el 1 de diciembre de 2025 y el 5 de noviembre de 2026 que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de las actuaciones subvencionadas, resulten estrictamente necesarios para su ejecución, y se encuentren efectivamente pagados antes del fin del período de justificación, en los términos previstos en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La subvenci ón a la Universidad de León tendrá como objeto financiar las actuaciones