Personas físicasVivienda y alquilerES30 - COMUNIDAD DE MADRID

Julio 2026 VIVIENDA Atención Social Primaria y Otros Programas de Servicios Sociales

El presente texto normativo tiene como objeto la regulación del procedimiento de con- cesión de las prestaciones y ayudas sociales de carácter económico, para la cobertura de las

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 9.142,54 €. Inicio: 28/07/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Ser mayor de edad o menor emancipado.
  • Estar empadronado y residiendo en el municipio de Colmenar Viejo, salvo en si- tuaciones excepcionales justificadas en el informe social.
  • Carecer de ingresos suficientes y encontrarse en situación de necesidad.
  • Aportar la documentación exigida en cada caso.
  • Aceptar de forma expresa y suscribir el Programa de Intervención Social corres- pondiente a su situación social y asumir las condiciones estipuladas en el mismo, entre las que pudieran incluirse las obligaciones derivadas de la participación en la financiación de la prestación, resultante de la aplicación del baremo correspondiente. En su caso, reunir los requisitos establecidos para percibirlas.
  • No gozar de ayudas o subvenciones con finalidad similar provenientes de otras instituciones u organismos públicos, salvo aquellos casos donde esté contemplada la com- plementariedad de la ayuda.
  • Aceptar, en su caso, las condiciones de participación en la financiación de la prestación.
  • Haber justificado debidamente en tiempo y forma las ayudas recibidas con ante- rioridad por parte del Ayuntamiento o, en su caso, haber devuelto las cuantías reclamadas.
  • Se considera unidad familiar la constituida por dos o más personas que convivan, unidas por matrimonio o unión de hecho, por parentesco de consanguinidad o afinidad has- ta el tercer grado, por adopción, tutela o acogimiento familiar
  • Podrán considerarse como solicitantes y beneficiarios/as de ayudas económicas las personas que residan de forma estable en establecimientos colectivos (residencias pú- blicas para personas mayores y personas con discapacidad, pisos comunitarios, las comu-
  • Podrán considerarse en determinadas situaciones de exclusión social como mar- co residencial especial los alojamientos provisionales (recintos habitados que no responden al concepto de vivienda bien por ser improvisados o bien por no haber sido concebidos ini- cialmente con fines residenciales) tales como pensiones, hostales y otros establecimientos sociales de naturaleza análoga. En los casos en los que existan circunstancias residenciales especiales en situaciones de exclusión o desprotección social, estos se podrán acreditar con un documento admitido en derecho que pueda justificar la vinculación con el lugar de resi- dencia y con la comprobación específica instada por el Departamento de Servicios Socia- les a través de la valoración del técnico.
  • La documentación será determinada en cada caso por el Trabajador Social de referen- cia, en función de la situación socio-familiar, la demanda y el proceso de intervención social. No se solicitará documentación que ya conste en el expediente. Además, se posibilita- rá la autorización para la consulta directa de la documentación de otras Administraciones Públicas en todos los casos en que sea posible. Entre otra, en función de la prestación solicitada, podrá requerirse la siguiente docu-
  • DNI/NIE/Pasaporte completo en vigor, de todos los miembros de la unidad fami- liar. Libro de Familia.
  • Acuerdo del organismo correspondiente en materia de acogimiento o tutela.
  • Sentencia de separación/divorcio, convenio regulador y/o medidas provisionales.
  • Denuncia por impago de pensión.
  • Situación económico-laboral de todos los miembros de la unidad familiar, mayo- res de dieciséis años.
  • Nóminas de todos los miembros computables que hayan obtenido rentas (los tres últimos meses antes de la presentación de la solicitud).
  • Certificado original de la vida laboral.
  • Certificado actualizado de pensiones y prestaciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El presente texto normativo tiene como objeto la regulación del procedimiento de con- cesión de las prestaciones y ayudas sociales de carácter económico, para la cobertura de las