JG DE 14/07/2026 QUE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDA A EXPLOTACIONES DE GANADO VACUNO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, PARA LA ADQUISICIÓN DE COLLARES CON FUNCIÓN “VALLADO VIRTUAL”, COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN FRENTE A ATAQUES DE LOBO IBÉRIC

exclusivamente para la gestión de la convocatoria de subvenciones y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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    - Por ubicación de la explotación ganadera que se va a proteger: Si la explotación ganadera se ubica en un Término Municipal en el que se hayan producido ataques de lobos al ganado bovino durante los años 2024 y 2025, se
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    - En aquellas explotaciones que durante 2024 y 2025hayan obtenido, Resolución favorable de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ataque de lobo se puntuará teniendo en cuenta las UGM (*) de la explotación en la fecha
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    - Por distancia de la explotación solicitante a algún municipio donde se hayan producido ataques, durante los años 2024 y 2025 se aplicará el siguiente
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    En caso de empate se tendrá en cuenta el menor número de habitantes del municipio donde el solicitante tenga la explotación ganadera y, de persistir el mismo, por el orden de presentación de la solicitud. Conforme estos criterios, cada una de las solicitudes se ordenarán de mayor a menor de acuerdo con la puntuación obtenida, atendiendo en ese orden las solicitudes hasta agotar el crédito disponible No obstante, no será necesario fijar un orden de prelación en el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente para atender, una vez Diputación de Guadalajara
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    Corresponde la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones a la Jefa de Servicio de Desarrollo Rural, Medio Ambiente, Promoción Económica y Programas Europeos, Género y Diversidad, y Promoción Turística o, en su defecto, al Adjunto al Jefe de Servicio.
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    El órgano colegiado al que se refiere el apartado 1 del artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, estará compuesto por la Diputada-delegada del Área y dos técnicos del Servicio. Este órgano emitirá informe en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada por el órgano instructor, formulando propuesta de otorgamiento. En el acta que se levante de la sesión, se reflejará expresamente que queda acreditado que los beneficiarios reúnen los requisitos exigidos en la LGS, RLGS y los específicos contenidos en la convocatoria, tal y como establece el
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    Memoria de actuaciones realizadas e Informe de los resultados obtenidos (Anexo III)
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    Fotografías en formato digital de las actuaciones realizadas y de las medidas de difusión llevadas a cabo.
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    Cuenta justificativa (Anexo IV), acompañado de las facturas y la acreditación del pago de las mismas. Para la justificación de la subvención deberán observarse las normas contenidas en el Anexo V.
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    La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este Diputación de Guadalajara
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    Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se
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    Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención, de las obligaciones establecidas con motivo de la concesión de la subvención. En esta causa de reintegro se entienden comprendidas la inclusión de gastos que Diputación de Guadalajara
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    Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello, o habiendo falseado la documentación presentada, u ocultando las que lo hubieran impedido. No podrán obtener la condición de beneficiario los que incurran en las causas previstas en el artículo 13.2 y 13.3, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por norma.
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    Las demás previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones ,
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    del citado artículo. 2º Incumplimientos de obligaciones impuestas por la Diputación y compromisos que impidan verificar el cumplimiento y la concurrencia de otras subvenciones, ayudas, ingresos y recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones, entes públicos o privados, nacionales, de la UE, o de otros organismos internacionales.
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    En los casos previstos en el apartado 1 del artículo 32 del Reglamento General de la Ley de Subvenciones, procederá el reintegro proporcional, si el coste efectivo final de la actividad resulta inferior al presupuestado. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público.
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    Conforme el artículo 90 del Reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a iniciativa del perceptor de la subvención, puede realizar la devolución de toda o parte de la subvención concedida sin el previo requerimiento de la Administración. En este caso, el número de cuenta donde se debe realizar el reintegro de la ayuda es: ES83 0081 0668 7600 0123 8624. Una vez realizada la transferencia o ingreso, se enviará por sede electrónica al Área de Promoción Económica (950) el Diputación de Guadalajara
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    Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones, las acciones u omisiones tipificadas en la Ley General de Subvenciones y serán sancionables a título de simple negligencia.
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    Respecto a la determinación de los sujetos responsables, la clasificación de la infracción, la determinación y graduación de la sanción que en cada caso corresponda, el procedimiento a seguir y la competencia para su imposición, se estará a lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la L ey General de Subvenciones. VIGESIMA. - Medidas de difusión. Las explotaciones ganaderas beneficiarias de las subvenciones se comprometen a hacer constar la colaboración de la Diputación Provincial de Guadalajara, en el desarrollo de los proyectos o actividades subvencionadas. Las explotaciones ganaderas beneficiarias de la subvención, quedarán obligadas a colocar en una zona visible de sus instalaciones, oficinas o espacios donde se desarrollen las actividades subvencionadas, una placa donde conste la colaboración con la Diputación Provincial, de acuerdo con el siguiente modelo que puede encontrarse en la página web de Diputación
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    Responsable del tratamiento : Diputación Provincial de Guadalajara. Plaza de Moreno nº 10. Teléfono 949.887.500

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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exclusivamente para la gestión de la convocatoria de subvenciones y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación.