Personas jurídicasES424 - Guadalajara

JG DE 14/07/2026 QUE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A DEPORTISTAS DESTACADOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, AÑO 2026

1. El objeto de la presente convocatoria es la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones dirigidas a deportistas destacados radicados en la provincia de Guadalajara durante el ejercicio 2026 para el desarrollo de sus actividades deportivas.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Para poder ser beneficiario/a de estas ayudas, los/as solicitantes deberán cumplir, a fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes , los siguientes
  • Podrán participar los deportistas que hayan cumplido los dieciséis años a fecha de presentación de la solicitud.
  • En el caso de los menores de edad, además de la fotocopia de su DNI o pasaporte se adjuntará el del padre, el de la madre o el del tutor, así como el libro de familia o registro digital que lo sustituye.
  • Personas con residencia legal en la provincia de Guadalajara, acreditando un empadronamiento ininterrumpido de al menos dos años en el momento de presentar la solicitud.
  • Quienes, con licencia federativa en vigor, participen en competiciones oficiales desde el día 1 de julio de 2025 hasta el día 30 de junio de 2026.
  • Que participen en deportes y modalidades olímpicas/paraolímpicas y no olímpicas siempre y cuando estén incluidas como federación deportiva en el CSD y que destaquen a nivel nacional o internacional en competiciones federadas, excluyéndose resultados en Deporte Escolar, resultados en Campeonatos de España por Comunidades Autónomas y Universitarios, y resultados en categoría Máster.
  • Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la referida ley.
  • Los deportistas que pertenezcan a un club de la provincia de Guadalajara que reciba subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara que resulten concurrentes para el mismo objeto, sólo podrán ser beneficiarios de aquellos gastos que NO estén subvencionados al club.
  • Los beneficiarios menores de edad, estarán asistidos en relación con esta convocatoria, por su padre, madre o tutor, que deberá firmar también en los documentos presentados tanto en la solicitud como en la justificación, junto al deportista.
  • documentation
    El plazo para la presentación de las solicitudes y documentación es de 15 días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
  • documentation
    Las solicitudes de subvención junto con la documentación se presentarán preferentemente de forma telemática, a través del formulario Instancia General, disponible en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Guadalajara en la siguiente dirección: https://dguadalajara.sedelectronica.es/info.0.
  • documentation
    También podrá presentarse en el Registro General de la Diputación Provincial de Guadalajara, así como, en cualquiera de las formas previstas en el artículo
  • documentation
    4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • documentation
    Con la presentación de la solicitud se presume la aceptación incondicionada de estas normas, así como los requisitos y obligaciones que contienen las mismas.
  • documentation
    La documentación a presentar por los solicitantes se ajustará al modelo normalizado que se determina en la convocatoria. Los modelos oficiales editables estarán
  • documentation
    completar:  Datos identificativos.  Méritos deportivos.  Declaración responsable.  Declaración de las subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier Administración, Entidad de carácter público o privado, para la misma actividad.  Relación de documentación que se aporta.  Ficha de datos de terceros, debidamente cumplimentada, firmada y sellada por la Entidad Bancaria y el titular de la cuenta. Podrá sustituir el sello de la entidad bancaria por un certificado bancario.  Certificado o volante de empadronamiento con la fecha correspondiente que acredite dos años al menos de antigüedad.  Certificado de la Federación de CLM o de la Federación Española correspondiente de los mejores resultados deportivos desde el 1 de julio de 2025 al 1 de junio de 2026. Las actividades y los resultados de su participación en las mismas deberán ser certificadas por la federación deportiva correspondiente.
  • Si la justificación presentada en plazo contiene defectos subsanables, se le otorgará un plazo de diez días para la corrección. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones, excepto en los casos que se aplique la Base 48.7. No obstante, lo anterior, en caso de presentación de justificación fuera de plazo, conforme al artículo 56 de la Ley General de Subvenciones, se podrá tramitar expediente sancionador por infracción leve.
  • Atendiendo a la forma de pago de las facturas presentadas con cargo a la subvención concedida, se presentará la siguiente documentación tal y como establece la base 48 de ejecución del presupuesto general de la Diputación
  • Provincial de Guadalajara: a.- Si la forma de pago es una TRANSFERENCIA BANCARIA, ésta se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la misma el número de factura o el concepto abonado. b.- Si la forma de pago es en METÁLICO, el documento justificativo de la factura presentada consistirá en un recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse el número de factura, fecha de pago y nombre y número de NIF de la persona que recibe el dinero. Sólo se admitirá el pago en metálico en facturas de cuantía inferior a 300,00 euros, excepto tickets individuales de espectáculos públicos. c.- Si la forma de pago es mediante CHEQUE nominativo o pagaré, que deberá estar emitido dentro del plazo de justificación, se presentará copia del documento y justificante del movimiento bancario que acredite su cobro, debiendo quedar suficientemente detallado el concepto del gasto. Deberá dejarse constancia de la fecha de recepción del cheque por la empresa que presta el servicio/suministro.
  • Según el art. 33 de la Orden de Subvenciones de la Diputación de 2025, cuando de la justificación de la subvención se advierta que alguna de las facturas ha sido abonada fuera de plazo de justificación establecido en la convocatoria, y siempre que el cumplimiento por parte del beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite una actuación inequívoca tendente a la satisfacción de sus compromisos, se podrán aceptar facturas afectadas a las que se aplicará una reducción en el importe justificado mínima del 4% del importe de gasto justificado con la factura afectada, aplicando una reducción adicional del 2% por cada día de demora en el pago. Cuando se apliquen lo porcentajes anteriores, el servicio gestor notificará al interesado esta circunstancia dando trámite de audiencia por un plazo de 10 días para realizar las alegaciones oportunas. Diputación de Guadalajara

Gastos y actuaciones

  • Quinta. Gastos subvencionables · eligible
    Serán subvencionables, con carácter general, los gastos generados por la práctica deportiva y que sean estrictamente necesarios de las personas beneficiarias y que se realicen entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026 , siempre que se hayan pagado antes de la finalización del plazo para presentar la cuenta justificativa (31 de octubre de 2026).
  • Quinta. Gastos subvencionables · eligible
    Serán costes financiables aquellos que se ajusten a los siguientes conceptos, siempre y cuando no hayan sido cubiertos por el club al que pertenece el
  • Quinta. Gastos subvencionables · eligible
    deportista solicitante:  Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención para la participación en competiciones, que se realicen al inicio, en el transcurso o nada más finalizar la actividad deportiva. Habrá de relacionarse los gastos con las competiciones objeto del desplazamiento.  Adquisición de material deportivo específico relacionado con la actividad practicada, imprescindible para el uso de la actividad que el deportista realiza. No se admitirán facturas con concepto genérico. Diputación de Guadalajara
  • Quinta. Gastos subvencionables · eligible
    Diputación de Guadalajara  Gastos de entrada en instalaciones deportivas.  Cuotas del club al que este afiliado el deportista.  Gastos federativos (licencias y gastos de inscripción a competiciones).
  • Tendrán la consideración de gastos no subvencionables los que sean de carácter protocolario (cáterin, comidas, gastos pa · ineligible
    Quedan excluidas de las subvenciones de la presente convocatoria las inversiones en obra civil o en material inventariable.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. El objeto de la presente convocatoria es la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones dirigidas a deportistas destacados radicados en la provincia de Guadalajara durante el ejercicio 2026 para el desarrollo de sus actividades deportivas.