Intervención socioeducativa con primera infancia 2026

Ayuntamiento de Castellón de la Plana y la Fundación Iniciativa Social en Educación y Familia para financiar la ejecución del p royecto “ Intervención socioeducativa con primera infancia” durante el periodo comprendido entre el 2 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026. El proyecto se desarrollará en los centros escolares: CEIP San Agustín, CEIP Illes Columbretes, CEIP Guitarrista Tárrega, CEIP L’Illa, CEIP Jaume I y el edificio del Maset Blau, ubicados en las Zonas Sur, Oeste y Grao de la ciudad…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • O.G.S. La justificación económica de la realización del proyecto deberá realizarse con estricto
  • documental de la subvención concedida, el Ayuntamiento de Castelló de la Plana podrá realizar cuantas actuaciones materiales y formales estime convenientes para la comprobación de la adecuada justificación de las subvenciones, la realización de su objeto y el cumplimiento de las condiciones a que quedan sujetas las mismas. Dichas actuaciones de comprobación serán realizadas mediante el control financiero ejercido por la Intervención, de conformidad con el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo y la Ordenanza General de Subvenciones. Undécima. Otras obligaciones.- La Fundación Iniciativa Social en Educación y Familia asume, además de establecer y mantener las medidas de coordinación necesaria con el personal municipal y atender a las personas que -en su caso- se deriven desde los Servicios Sociales municipales y las obligaciones establecidas en el artículo 6 de la
  • Obligación del personal directivo y socioeducativo de este programa de acreditar la formación en materia de igualdad de género.
  • Asistencia a las sesiones mensuales con el personal del Negociado de Familia e Infancia cuyo objeto es el seguimiento de la ejecución del proyecto, en las que se aportará la documentación relativa a la correcta ejecución del mismo (hojas de asistencia, estadillos, etc) con datos desagregados por sexo y rangos de edad de 0 a 3, 4 a 6, 7 a 9, 10 a 12, 13 a 15 y 16 a 18 y las incidencias acaecidas durante el mes y actuaciones llevadas a cabo para su resolución.
  • Todo el personal que trabaje en el proyecto así como otros profesionales que trabajen o colaboren habitualmente en el mismo, de forma retribuida o no, deben disponer del correspondiente certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. La existencia sobrevenida de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos conllevará el cese inmediato de la relación laboral. No osbtante siempre que fuera posible la entidad podrá efectuar un cambio de puesto de trabajo siempre que la nueva ocupación impida el contacto habitual con personas menores de edad.
  • Designar y comunicar la figura del Delegado o Delegada de Protección, quien se encargará de la difusión y cumplimiento de los protocolos establecidos, así como de iniciar las comunicaciones pertinentes en los casos detectados.
  • Realizar el seguimiento de los correspondientes protocolos de actuación establecidos por la entidad para la prevención, detección precoz e intervención frente a posibles situaciones de violencia contra la infancia y la adolescencia, los cuales determinarán las actuaciones a desarrollar, los sistemas de comunicación y la coordinación con los profesionales. Cód. Validación: 67HW93WFJZRGMX5HCSK26S66C Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 20
  • Emplear los fondos percibidos en los fines para los que fueron otorgados. Por ello, deberán comunicar cualquier modificación en los plazos de ejecución y justificación, una minoración del coste en más de un 10% del presupuesto total del proyecto financiado o en las acciones incluidas en el proyecto en el momento en que se produzcan las circunstancias imprevistas o que sean necesarias para el buen fin de la actuación. Dichas modificaciones deberán ser autorizadas por Decreto del concejal/a delegada correspondiente por razón de la materia.
  • Ejecutar el proyecto en los plazos acordados con independencia de la realización del pago de la subvención, salvo que en la normativa reguladora de la subvención se establezca la necesidad de comunicar la fecha de inicio de ejecución del proyecto financiado tras la recepción de los fondos de la subvención municipal.
  • Establecer y mantener las medidas de coordinación necesarias con el personal municipal al contener los proyectos financiados actividades que complementan las realizadas en el ámbito municipal, así como atender a las personas que, en su caso, se deriven desde los Servicios Sociales municipales.
  • Proporcionar la información funcional, económica y estadística que se le requiera a efectos de seguimiento, evaluación y planificación.
  • Facilitar la verificación de la realización y gestión del proyecto, a través de los medios que se consideren más adecuados.
  • Respetar el carácter confidencial de aquellos datos personales a los que tenga acceso con ocasión de la ejecución del proyecto y que por su propia naturaleza deban ser tratados como tal, no pudiendo divulgar los facilitados por el Ayuntamiento de Castellón por razón de la colaboración mantenida, obligación que subsistirá aún después de la finalización del proyecto, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de Derechos digitales, por ello deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos están obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas y de la adopción de medidas de índole técnica y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los mismos a fin de evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
  • Establecer normas de funcionamiento que los participantes se comprometen a cumplir para garantizar el buen funcionamiento y eficiencia de los proyectos, validadas por el órgano gestor.
  • Tener suscrito un seguro de responsabilidad civil, daños a terceros y accidente, que cubra la actividad o proyecto subvencionado durante toda su ejecución.
  • La entidad se compromete a trabajar en la construcción de entornos seguros y de buen trato hacia los niños, niñas y adolescentes que forman parte de ella, a trabajar en la prevención de comportamientos constitutivos de violencia, tratando de evitar su aparición y afrontando las denuncias y las quejas que puedan producirse y
  • Fomentar la participación activa de los NNA.
  • Programar y diseñar las actividades que se desarrollen en su entidad, sobre la base del respeto a los derechos y libertades de las personas menores de edad, Cód. Validación: 67HW93WFJZRGMX5HCSK26S66C Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 20
  • Difundir y aplicar el protocolo de actuación establecido para la detección de casos de violencia.
  • Garantizar que el personal que preste sus servicios esté en posesión del certificado de ausencia de delitos sexuales de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable.

Gastos y actuaciones

  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de · eligible
    Castellón de la Plana abonará a la Fundación Iniciativa Social en Educación y Familia una subvención por importe 54.970,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2026-4-23109-48909 del Presupuesto Municipal de 202 6, para financiar el proyecto “Intervención socioeducativa con primera infancia”. Cód. Validación: 67HW93WFJZRGMX5HCSK26S66C Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 20
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de · eligible
    Serán gastos directos imputables a la subvención los siguientes:
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de · eligible
    Gastos de personal (líquido a percibir de las nóminas, Seguridad Social e IRPF) de 6
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de · eligible
    una Coordinadora General del proyecto, TEAT con formación acreditada en intervención psicosocial en infancia y adolescencia (10 horas semanales, que supone el 26,31% de su jornada laboral, de enero a diciembre);
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de · eligible
    un Técnico responsable de formación y atención de familias, Máster Universitario en Orientación Educativa Familiar (2 horas semanales, que supone un 5,26 % de su jornada laboral, de enero a diciembre);
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de · eligible
    tres Técnicos de intervención para acciones relacionadas con atención de participantes y coordinación de voluntariado con contratos indefinidos de 15, 20 y 38 horas semanales respectivamente, se imputa el 100% de su jornada laboral de enero a diciembre; y
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de · eligible
    un Técnico de intervención para acciones relacionadas con la atención de participantes y coordinación de voluntariado del proyecto (educación e integración social) con contrato indefinido de 30 horas semanales, se imputan 5 horas que representan el 16,66% de su jornada laboral de enero a diciembre.
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de · eligible
    Se imputan gastos de materiales y suministros necesarios para la realización de las actividades (material de papelería para los refuerzos y talleres de gestión emocional, material lúdico y deportivo para los juegos, material para la escuela de verano y transportes y entradas a actividades). Se imputan como gastos indirectos derivados de la atención del proyecto: gastos de gestoría laboral, costes de administración y seguros generales (RC). La suma de los costes indirectos imputados a la subvención municipal representa el 3,45% de la cantidad subvencionada. No obstante, si el importe justificado es inferior a la subvención concedida, el porcentaje que representan los costes indirectos se aplicará al importe justificado. Presupuesto solicitado Ayuntamiento Castellón de la Plana Otros financiadores (Dip. Castellón,

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Ayuntamiento de Castellón de la Plana y la Fundación Iniciativa Social en Educación y Familia para financiar la ejecución del p royecto “ Intervención socioeducativa con primera infancia” durante el periodo comprendido entre el 2 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026. El proyecto se desarrollará en los centros escolares: CEIP San Agustín, CEIP Illes Columbretes, CEIP Guitarrista Tárrega, CEIP L’Illa, CEIP Jaume I y el edificio del Maset Blau, ubicados en las Zonas Sur, Oeste y Grao de la ciudad. Tras las necesidades detectadas en la zona Oeste, concretamente en el barrio Cremor, carretera Alcora y área Maset Blau, este año se ha decidido ampliar la ejecución del proyecto de refuerzo escolar en las instalaciones cedidas por el Ayuntamiento en el edificio del Maset Blau, y los programas de ocio y gestión emocional se llevarán a cabo en el CEIP Jaume I.