Girona actua 2026

El objeto de la convocatoria es regular la concesión de subvenciones del programa Girona Actúa para el año 2026, que se regulan por las bases aprobadas por el Pleno municipal de fecha 13 de julio de 2026 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 173, edicto núm. 7761 de 8 de septiembre de 2026. La finalidad de estas ayudas es contribuir al desar rollo económico y social del municipio de Girona, mediante el fomento del empleo y la mejora de la empleabilidad de las personas, con especial atención a colectivos con mayores dificult ades de acceso al mercado laboral. En

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GIRONA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Gran empresa, Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 250.000,00 €. Inicio: 13/10/2020. Plazo: Fin: 23/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. LÍNEA 1. AYUDAS A LA CONTRATACIÓN Las entidades contratantes que pueden solicitar las subvenciones de la Línea 1 a que se refieren estas bases pueden ser profesionales autónomos/as, empresas, entidades sin ánimo de lucro y cooperativas, debidamente constituidas y con domici lio social, delegación o centro de trabajo ubicado en el municipio de Girona. Quedan excluidos los entes, organismos y entidades del sector público indicados en el artículo 3 de la ley9/2017, de 8 de noviembre, de contratos de l sector público; y las empresas de trabajo temporal, cuando la contratación objeto de subvenci ón sea para poner al trabajador/a a disposición de otra empresa.
  • 2. LÍNEA 2. INICIATIVAS DE AUTOEMPLEO Podrán ser personas beneficiarias de las subvencion es correspondientes a la Línea 2 las personas que inicien una actividad económica o prof esional como personas trabajadoras
  • autónomas que cumplan los siguientes requisitos: a. Tener 18 años o más en la fecha de inicio de act ividad como persona trabajadora autónoma. b. Haber iniciado la actividad económica o profesio nal como persona trabajadora autónoma entre el 1 de enero de 2026 y, como máximo,último d ía del plazo de presentación de solicitudes. c. Mantener y acreditar, con un porcentaje mínimo d e ingresos, la realización de la actividad económica o profesional por la que se ha solicitado la ayuda durante el período subvencionable, en los términos establecidos en el apartado 10.2 y en las bases reguladoras. d. Tener y mantener el domicilio fiscal y, en su ca so, el centro de trabajo en Girona a lo largo de todo el período subvencionable. Quedan excluidas las personas que en el momento de presentar la solicitud o durante el período
  • Los socios/socias de sociedades mercantiles, coop erativas de trabajo asociado, sociedades laborales o sociedades civiles privadas; así como los miembros de comunidades de bienes o entidades sin personalidad jurídica.
  • Los trabajadores/as autónomos/as colaboradores/as .
  • Los trabajadores/as autónomos/as que hayan ejerci do la misma actividad económica o similar por cuenta propia en los seis (6) meses ant eriores a la fecha de inicio de la actividad económica por la que solicitan la ayuda.
  • Los trabajadores/as autónomos/as que durante el p eríodo comprendido entre la fecha de inicio de su actividad y durante los nueve (9) m eses posteriores hayan sido contratados por cuenta ajena.
  • Los trabajadores/as autónomos/as que hayan sido b eneficiarios/as de otras subvenciones o ayudas públicas o privadas, nacional es o internacionales, por el mismo concepto.
  • Colectivos de atención prioritaria
  • Jóvenes de 16 a 29 años, sin perjuicio del requi sito de tener 18 o más años para acceder a la Línea 2.
  • Personas en situación de paro de larga duración.
  • Personas en riesgo de exclusión social o especia lmente vulnerables. La pertenencia a alguno de los colectivos indicados tiene la consideración de requisito de acceso en la Línea 1. En la Línea 2, la pertenencia a los colectivos indicados en las letras a), c) yd) tiene la consideración de criterio de valoración. Se considerará que la persona se encuentra en situación de paro de larga duración cuando haya estado en situación de desempleo un mínimo de 6 mes es durante los últimos 18 meses inmediatamente anteriores a la contratación, en el caso de la Línea 1, o en la fecha de inicio de la actividad económica o profesional, en el caso de la Línea 2. A efectos de este cómputo, no se contabilizarán los períodos de contratación y cotización vinculados a programas de experienciación laboral g estionados por el Servicio Municipal de Empleo del Ayuntamiento de Girona, como el programa Trabajo y Formación o el proyecto Treball als Barris (programa D). Tendrán la consideración de colectivos en riesgo de exclusión social o especialmente vulnerables
  • Criterio 1:Alta en el censo del impuesto sobre act ividades económicas (IAE), en aquellos supuestos en los que sea obligatorio, o al ta en el régimen especial de trabajadores/as autónomos/as (RETA). En el caso de entidades sin ánimo de lucro y cooperativas, documentación que acredite la constitución de la entidad y la inscripción en el registro correspondiente.
  • Criterio 2:Relación nominal de trabajadores (RNT) o cualquier otro documento acreditativo del número de trabajadores/as en plantilla en la fecha de inicio de la contratación objeto de subvención. En caso de que el/la solicitante no conste en el re gistro de acreedores/as del Ayuntamiento de Girona, deberá comunicar los datos bancarios median te el trámite electrónico habilitado a tal
  • 2. LÍNEA 2. INICIATIVAS DE AUTOEMPLEO
  • Formulario normalizado de solicitud de subvenció n, debidamente firmado por la persona solicitante, que incluye, entre otros, la declaraci ón responsable relativa al cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 3 de las bases reguladoras y en la concurrencia de los criterios de valoración y prelación de solicitudes establecidos en el apartado 9.2.
  • Documento de alta en el régimen especial de trab ajadores autónomos o régimen especial equivalente o, en su caso, certificado de alta en la mutualidad profesional correspondiente.
  • Declaración censal de alta en el censo de empres arios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mo delo 036 o 037, o documento equivalente.
  • En caso de que no se autorice al Ayuntamiento de Girona a consultar u obtener de oficio la información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, certificados vigentes de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), y de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad. En caso de que el/la solicitante no conste en el re gistro de acreedores/as del Ayuntamiento de Girona, deberá comunicar los datos bancarios median te el trámite electrónico habilitado a tal
  • Forma de presentación de las solicitudes La solicitud, junto con la documentación prevista e n el apartado 7, debe presentarsetelemáticamente en la sede electrónica d el Ayuntamiento de Girona (https://seu.girona.cat ), mediante el trámite específico habilitado, con l os formularios normalizados y la documentación requerida para cada línea. Cada solicitud de la Línea 1 debe referirse a una ú nica persona contratada. El máximo de contrataciones subvencionables por empresa, grupo e mpresarial o entidades vinculadas es de tres (3) personas trabajadoras al año. En la Línea 2 sólo se podrá presentar una solicitud por persona.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Actuaciones subvencionables y período de ejecución · eligible
    1. LÍNEA 1. AYUDAS A LA CONTRATACIÓN Son subvencionables las contrataciones iniciadas entre el 1 de enero de 2026 y el último día del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 7, incluido. Las contrataciones deben cumplir los requisitos est ablecidos en las bases 4, 5 y 6 de las bases reguladoras, sin perjuicio del régimen de sustitución previsto en la base 7.
  • Actuaciones subvencionables y período de ejecución · eligible
    2. LÍNEA 2. INICIATIVAS DE AUTOEMPLEO Son subvencionables las altas como persona trabajadora autónoma iniciadas entre el 1 de enero de 2026 y el último día del plazo de presentación d e solicitudes establecido en el apartado 7, incluido. El período subvencionable comprende los primeros nu eve (9) meses de alta como persona trabajadora autónoma, contados desde la fecha de inicio de la actividad.
  • Actuaciones subvencionables y período de ejecución · eligible
    3. Fecha máxima de ejecución La fecha máxima de ejecución será la que resulte de añadir nueve (9) meses al último día del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 7.
  • Actuaciones subvencionables y período de ejecución · eligible
    Plazo de presentación de las solicitudes y documentación El plazo de presentación de solicitudes será del 13 al 23 de octubre de 2026, ambos inclusive. Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación que se detalla a continuación, según
  • Actuaciones subvencionables y período de ejecución · eligible
    1. LÍNEA 1. AYUDAS A LA CONTRATACIÓN
  • Actuaciones subvencionables y período de ejecución · eligible
    Formulario normalizado de solicitud de subvenció n, debidamente firmado por la persona representante legal de la empresa o entidad , que incluye, entre otros, la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos establecidos en la

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de la convocatoria es regular la concesión de subvenciones del programa Girona Actúa para el año 2026, que se regulan por las bases aprobadas por el Pleno municipal de fecha 13 de julio de 2026 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 173, edicto núm. 7761 de 8 de septiembre de 2026. La finalidad de estas ayudas es contribuir al desar rollo económico y social del municipio de Girona, mediante el fomento del empleo y la mejora de la empleabilidad de las personas, con especial atención a colectivos con mayores dificult ades de acceso al mercado laboral. En