GC Subvención nominativa a la Fundación Canaria Instituto de Investigación Sanitaria de Canarias (FIISC) para el proyecto "Apoyo a la investigación clínica independiente en el Síndrome Post-Covid”

Constituyen el objeto de estas Bases reguladoras establecer el marco normativo aplicable a la concesión de la subvención nominativa contemplada en el Presupuesto General del Cabildo de Gran Canaria – Servicio de Vicepresidencia Primera, así como en su Plan Estratégico de Subvenciones, a favor de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que, reuniendo los

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES705 - Gran Canaria. La gestiona CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 1. Para poder recibir una subvención nominativa es condición necesaria que:
  • la subvención nominativa esté incluída en el Presupuesto General del Cabildo de Gran Canaria - Servicio de Vicepresidencia Primera, identificándose el posible beneficiario así como la actividad, programa o proyecto que se subvenciona o la situación que legitima su concesión y la cuantía de la subvención,
  • el beneficiario ha de tener capacidad jurídica y de obrar según la legislación que le sea de aplicación, y en su caso, estar debidamente constituida e inscrita en el registro público correspondiente, antes de la solicitud de subvención.
  • el beneficiario ha de tener además capacidad para ser beneficiario de subvenciones públicas según establece los artículos 11 y 13 de la LGS y la Base 6ª.1 de la OGS.
  • en ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, ni las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.
  • 2. El Servicio de Vicepresidencia Primera ha comprobado el cumplimiento de los requisitos señalados en el apartado anterior por parte de la Fundación Canaria Instituto de Investigación Sanitaria de Canarias (FIISC) con NIF: G76208396 a cuyo favor se concede la subvención adquiriendo así la condición de beneficiario con las obligaciones que se determinan.
  • 1. Las solicitudes se presentarán a través de la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com) o en los registros electrónicos de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do), las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local o el Sector Público Institucional. El plazo de presentación es hasta el 5 de septiembre de 2025 , de conformidad con la Resolución fecha 09/08/2024 nº CGC/2024/7071, que modificó el apartado 1º de la Base cuarta de las Bases Reguladoras de l as subvenciones nominativas. Dicha modificación fue publicada en la web. De conformidad con el artículo 68 de la LPACAP, en el caso de que la solicitud o los Modelos adjuntos que deben acompañarla no reúnan los requisitos exigidos como datos obligatorios
  • .- Código Seguro De Verificación Tu16DzLP2M1a6/gEvLgz/g== Fecha 01/10/2025 Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Firmado Por Augusto Hidalgo Macario - Vicepresidente/a 1º Cabildo Insular de Gran Canaria Segismundo Guerra del Rio Cardenes - Jefe/a Serv. Vicepresidencia Primera Url De Verificación https://verifirma.grancanaria.com/verifirma/code/Tu16DzLP2M1a6/gEvLgz/g= = Página 5/26 El ejercicio de la función de fe pública consistente en la transcripción al Libro de Decretos y Resoluciones, se realiza mediante actuación administrativa automatizada. El Titular del Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno. Luis Alfonso Manero Torres.
  • ---------------------- Código Seguro De Verificación OhoXJ4XAhHH5BuHCrQTaew== Fecha 01/10/2025 Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Firmado Por Sello electrónico de órgano del Titular del Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Gran Canaria Url De Verificación https://verifirma.grancanaria.com/verifirma/code/OhoXJ4XAhHH5BuHCrQTaew= = Página 5/26
  • 2. La presentación de la solicitud generará los siguientes efectos:
  • La aceptación incondicional de las normas contenidas en las presentes Bases reguladoras, así como en las Instrucciones que pudiera aprobar el Titular de la Vicepresidencia Primera por resultar preciso para la mejor interpretación, desarrollo y ejecución del procedimiento.
  • La autorización al Cabildo de Gran Canaria para la comprobación o aclaración de cualesquiera datos, requisitos y/o circunstancias que se consideren necesarios para el dictado, en cada caso, de las pertinentes resoluciones. En particular, para consultar por medios electrónicos l a documentación acreditativa de la identidad y del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Esta autorización se otorga exclusivamente a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de los requisitos establecidos en este procedimiento administrativo y en aplicación del artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Pública s para el desarrollo de sus funciones y, en el mismo sentido, el artículo 77.1 d) del RDL 8/2015, de 30 de octubre, General de la Seguridad Social.
  • La autorización al Cabildo de Gran Canaria para realizar los tratamientos correspondientes al procedimient o, titularidad del Cabildo de Gran Canaria, cuya
  • .- Código Seguro De Verificación Tu16DzLP2M1a6/gEvLgz/g== Fecha 01/10/2025 Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Firmado Por Augusto Hidalgo Macario - Vicepresidente/a 1º Cabildo Insular de Gran Canaria Segismundo Guerra del Rio Cardenes - Jefe/a Serv. Vicepresidencia Primera Url De Verificación https://verifirma.grancanaria.com/verifirma/code/Tu16DzLP2M1a6/gEvLgz/g= = Página 6/26 El ejercicio de la función de fe pública consistente en la transcripción al Libro de Decretos y Resoluciones, se realiza mediante actuación administrativa automatizada. El Titular del Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno. Luis Alfonso Manero Torres.
  • ---------------------- Código Seguro De Verificación OhoXJ4XAhHH5BuHCrQTaew== Fecha 01/10/2025 Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Firmado Por Sello electrónico de órgano del Titular del Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Gran Canaria Url De Verificación https://verifirma.grancanaria.com/verifirma/code/OhoXJ4XAhHH5BuHCrQTaew= = Página 6/26
  • La garantía por parte de la entidad beneficiaria de que los datos personales que sean proporcionados con ocasión de la tramitación del expediente han sido obtenidos de forma lícita conforme a la LOPDGDD y RGPD; quedando esta Corporación Insular exonerada expresamente, en caso de incumplimiento por la entidad beneficiaria de la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, de cualquier tipo de responsabilidad que pudieran exigir las autoridades competentes.
  • La autorización al Cabildo de Gran Canaria para divulgar las actuaciones subvencionadas en las acciones publicitarias que se considere oportunas, con independencia de las que corresponda al beneficiario en cumplimiento del deber de difusión y publicidad.
  • La aceptación de la subvención concedida en los términos solicitados o demás casos previstos en estas Bases.
  • La presentación de la solicitud de subvención cursada por un Ayuntamiento supone la autorización al Cabildo de Gran Canaria a detraer de los impo rtes de los recursos del Bloque de Financiación Canario los reintegros que se pudieran derivar de dichas subvenciones.
  • Corresponder al valor de mercado.

Gastos y actuaciones

  • Quinta.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    1. La subvención concedida a la actividad o proyecto denominado "Apoyo a la investigación clínica ind ependiente. en el Síndrome Post -Covid”, se financia con cargo a la s siguientes aplicaciones presupuestarias, de los capítulos de gastos correspondientes, el cual determina la
  • Quinta.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    tipología de gastos imputables:

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Constituyen el objeto de estas Bases reguladoras establecer el marco normativo aplicable a la concesión de la subvención nominativa contemplada en el Presupuesto General del Cabildo de Gran Canaria – Servicio de Vicepresidencia Primera, así como en su Plan Estratégico de Subvenciones, a favor de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que, reuniendo los