GC CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PLURIANUALES…

Título oficial: GC CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PLURIANUALES QUE MEJOREN LA EMPLEABILIDAD DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Desempleo

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES705 - Gran Canaria. La gestiona CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.350.000,00 €. Inicio: 29/09/2026. Plazo: Fin: 27/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar domiciliada en Gran Canaria o con sede permanente en esta isla, aun cuando su ámbito territorial de actuación fuera regional o nacional.
  • Estar válidamente constituida e inscrita en el regi stro público correspondiente en el momento de presentar la solicitud.
  • No estar incursas en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No estar incursas en procedimientos de cobro por ví a de apremio de deudas contraídas por el Cabildo de Gran Canaria o sus Organismos Autónomos.
  • No haber recibido ni solicitado ninguna otra ayuda o subvención para la misma actuación o mismos costes financiados por parte de la Corporación Insular en esta anualidad.
  • Haber procedido a la justificación de las subvencio nes concedidas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria, cuando hubiere estado obligado a ello. Cada entidad deberá presentar un único proyecto plurianual por tres años detallan do las acciones a realizar por anualidades .
  • Fotocopia de los estatutos y/o de la escritura de constitución.
  • Certificado de inscripción de la entidad solicitante en el Registro correspondiente, o del depósito de los estatutos correspondientes, en el que conste la fecha de inscripción y la identidad de su órgano de representación, salvo que se autorice en la solicitud al Servicio de Empleo y Desarrollo par a recabar del Registro competente dicha información.
  • Certificado emitido por el Secretario de la entidad solicitante en el que conste la composición de su órgano de gobierno.
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del r epresentante de la entidad solicitante, en caso de no autorización expresa al Servicio de Empleo y Desarrollo Local a llevar a cabo su comprobación de la identid ad mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (Real Decreto 522/20006, de 28 de abril).
  • Fotocopia del Documento de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, del Cabildo de Gra n Canaria (Valora Gestión Tributaria), con la Seguridad Social y con la Agenc ia Tributaria Canaria (exclusivamente si no se autoriza al Servicio de Em pleo y Desarrollo Local para la comprobación).
  • Proyecto con todos los aspectos a valorar, según m odelo establecido como Anexo II, suscrito digitalmente por el representante de la entidad.
  • Presupuestos de cada uno de los gastos a imputar, q ue estén debidamente relacionados con las acciones o el proyecto desarrollado en el Anexo II.
  • Alta/modificación de terceros, debidamente cumplime ntado, en el caso de que la entidad no estuviera dada de alta o fuera necesario modificar los datos existentes en el sistema contable del Cabildo Insular de Gran Canaria.
  • En el caso de haber solicitado ayudas, tenerlas con cedidas o haber suscrito convenios para el mismo Proyecto, con entidades privadas y/o públicas, se aportará copia de los documentos pertinentes que lo justifiq uen, donde se indique su cuantía, los fines y niveles de cobertura. No será necesario presentar la documentación exigida en los apartados a), b), c), d), e) e i) cuando la misma no hubiere sufrido modificació n y estuviere en poder de la Administración actuante, en cuyo caso, la entidad s olicitante podrá acogerse a lo estipulado en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, d e 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públic as, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron p resentados dichos documentos o, en su caso, emitidos, y que no hayan transcurridos más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
  • 4.- SUBSANACIÓN DE LA SOLICITUD.- Cuando la solicitud/es de inicio presentadas en el plazo correspondiente, no reúna los requisitos exigidos en el apartado anterior y/o cua lquiera de los datos previstos en el
  • de valoración, Tipología de proyecto; y por último a igualdad de valoración en este criterio, tendrá prioridad el proyecto que más punt uación haya obtenido en el crite rio
  • de valoración, Experiencia con proyectos de empleo.
  • La Comisión de Valoración podrá, a la vista de las solicitudes presentadas:  Fijar una puntuación mínima para la concesión de la subvención.  Acordar la no fijación de un orden de prelación cua ndo las solicitudes presentadas reúnan los requisitos establecidos y el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente para atender a la tot alidad de las solicitudes presentadas, una vez finalizado el plazo de present ación. Sin perjuicio de la emisión del correspondiente informe técnico cuando la convocatoria contemple la viabilidad técnica del proyecto como criterio de valoración.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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