Personas jurídicasES512 - Girona

FOR 2026 Convocatòria de subvencions a Col·legis professionals de la salut, benestar o l`acció social per realització activitats formatives i de recerca

El objeto de esta convocatoria es regular las ayudas económicas que concede el Organisme de Salut Pública de la Diputació de Girona, en lo sucesivo Dipsalut, a los

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona SALUT PÚBLICA DE LA DIPUTACIÓ DE GIRONA (DIPSALUT).

● Cerrada

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Qué necesitas

  • El proyecto o proyectos para los que se solicita la subvención, en los que deberán explicitarse claramente las actividades formativas o de investigación propuestas y su ensambladura en el desarrollo en el ámbito personal y profesional de los colegiados, así como su relación con los contenidos, conceptos y metodologías del «marco conceptual de Dipsalut».
  • En caso de que el proyecto sea compartido por varios colegios, en el marco de trabajo «grupo interdisciplinario», en el proyecto habrá que especi ficar qué colegios forman parte de él.
  • Cada solicitante podrá presentar un máximo de dos proyectos. Por tanto, se
  • Con un único proyecto de «grupo interdisciplinario».
  • Con un único proyecto propio del colegio.
  • Con dos proyectos: un proyecto de «grupo interdisciplinario» y un proyecto propio.
  • Información clara respecto al tipo de gastos previstos. Será imprescindible para poder determinar la base subvencionable de la resolución. Solo los conceptos de gasto que figuren en la solicitud serán los que se podrán acreditar en el momento de realizar la cuenta justificativa de la subvención.
  • Por cada gasto indicado en la solicitud, deberá especificarse claramente el concepto y si tiene ensambladura como actividad del «grupo interdisciplinario» o bien es una iniciativa propia del colegio.
  • Los colegios que se presenten a la subvención deberán acompañar la solicitud de sus estatutos, donde se haga mención expresa de que su ámbito de intervención es el de la salud, el bienestar y/o la acción soc ial. En caso de que los estatutos ya estén en posesión de Dipsalut, habrá que presentar una declaración responsable de vigencia de los datos de los estatutos presentados anteriormente. Ver el punto 10 de las bases reguladoras de la subvención.
  • Órgano competente de la instrucción
  • El órgano instructor La instrucción y la ordenación del expediente para otorgar las subvenciones previstas en estas bases corresponden al Servicio de Salud, Bienestar y Atención a las Personas. En virtud de la delegación p revista en el artículo 27.2 de la Ordenanza General de
  • 5 Pic de Peguera, 15. 17003 Girona Telf. 972 41 47 20 www.dipsalut.cat Subvenciones de la Diputació de Girona, los Servicios Jurídicos, Económicos y de Organización de Dipsalut podrán realizar todos los traslados relacionados con la instrucción del expediente.
  • Verificar el cumplimiento de las condiciones o los requisitos que deben reunir los solicitantes para adquirir la condición de beneficiarios.
  • Evaluar las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración automáticos establecidos en la convocatoria y establecer la puntuación correspondiente.
  • La petición de los informes, la información o el asesoramiento que se consideren necesarios, en caso de que el estudio de la documentación no sea suficiente para determinar la propuesta. El resultado de esta instrucción se materializará en un informe que deberá emitir el centro gestor.
  • El órgano colegiado La Comisión Evaluadora deberá formular verbalmente la declaración de ausencia de conflictos de intereses, exam inar la valoración efectuada por el órgano instructor, concretar las puntuaciones e importes de las subvenciones y, si procede, aprobar las subsanaciones oportunas. Su tarea se formalizará en un acta que deberá contener el informe favorable sobre el resultado de la valoración efectuada, con el contenido establecido en el artículo 27 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputació de Girona. El acta deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, y deberá estar firmada por el presidente/ta y el secretario/ria. La Comisión Evaluadora de estas subvenciones estará integrada por los siguientes
  • Titular: la gerente de Dipsalut
  • Suplente: el jefe del Servicio de Promoción de la Salud, el Bienestar y la Atención a las Personas.
  • Vocal 1 titular: el jefe del Servicio de Promoción de la Salud, el Bienestar y la Atención a las Personas.
  • Vocal 1 suplente: un funcionario/ria del servicio gestor o de los Servicios Jurídicos, Económicos y de Organización de Dipsalut

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de esta convocatoria es regular las ayudas económicas que concede el Organisme de Salut Pública de la Diputació de Girona, en lo sucesivo Dipsalut, a los