Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    La presentación de las solicitudes para todos los casos supondrá la plena aceptación de estas bases. Las solicitudes se presentarán, preferentemente por medios electrónicos, mediante el modelo normalizado disponible en la web del Consejo Comarcal ( www.selva.cat), en el registro de entrada del Consejo Comarcal de La Selva (Paseo de Sant Salvador 25 - 27, Santa Coloma de Farners (17430) en horario de 9 h a 14h de lunes a viernes. También podrán presentarse por correo, en cuyo caso los solicitantes deberán justificar la fecha de imposición del envío a la oficina de correos, anunciando el envío de la solicitud al Consejo Comarcal de la Selva mediante e-mail a secretaria@selva.cat en el mismo día de la remisión de ésta.
  • documentation
    La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:
  • documentation
    Memoria explicativa de la actividad para la que se solicita la subvención
  • documentation
    Ficha de alta de acreedor, en caso de primera petición o en caso de modificación de datos
  • documentation
    Fotocopia del CIF/NIF de la entidad o de la persona física solicitante
  • documentation
    Fotocopia del DNI de la persona representante de la entidad
  • documentation
    Acreditación de la representación legal del solicitante respecto a la entidad
  • documentation
    Fotocopia de la constitución y estatutos de la entidad, debidamente inscrita en el Registro correspondiente
  • documentation
    Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social En caso de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Consejo Comarcal, el solicitante podrá hacer uso de su derecho de no presentarlos, haciendo constar la fecha y órgano o dependencia donde fueron presentados o emitidos, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde su presentación. No podrán concederse nuevas subvenciones a los peticionarios que tengan pendientes de justificación subvenciones concedidas anteriormente.
  • documentation
    Aceptación Una vez comunicada la concesión de la ayuda, si en el plazo de un mes no se manifiesta lo contrario, se entenderá aceptada la subvención, así como las condiciones generales y específicas fijadas para su aplicación.
  • Realizar la actividad para la que se ha concedido la subvención antes de finalizar el ejercicio
  • Presentar la justificación de la subvención, en los términos establecidos en el siguiente apartado.
  • Comunicar al Consejo Comarcal de La Selva la concesión de subvenciones de cualquier ente público o privado para la misma finalidad.
  • Someterse a la normativa sobre supervisión, seguimiento y control de subvenciones así como facilitar toda la información requerida por los órganos gestores de las subvenciones.
  • Comunicar al Consejo Comarcal de La Selva el importe total de las subvenciones recibidas, así como el resto de ingresos que financien las actividades subvencionadas.
  • Disponer de las cuentas anuales aprobadas, de acuerdo con la legislación que, en cada caso, le sea de aplicación al beneficiario.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, que puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Indicar en los trípticos, carteles y cualquier otra documentación y material utilizado en el desarrollo de la actividad subvencionada que ésta se realiza con la colaboración del Consejo Comarcal de La Selva.
  • documentation
    Una vez aceptada la concesión de la ayuda se podrá solicitar un anticipo no superior al 50% del importe concedido, y excepcionalmente en porcentaje superior si se acredita motivos de interés públicos apreciados por el órgano concedente. Habrá que realizar la petición expresa solicitando el importe. Esta petición la realizará el ente beneficiario. Existe la posibilidad de que, si el jefe de departamento lo justifica oportunamente, se pueda incorporar en la resolución de concesión la posibi lidad de efectuar un anticipo en el momento de la concesión para el conjunto de entes beneficiarios. La concesión de anticipos se realizará mediante la correspondiente Resolución de Presidencia y generará el correspondiente documento OP a contabilidad.
  • justification
    Una vez realizado el proyecto o actividad, el beneficiario deberá justificar ante el departamento gestor, que el importe de la subvención se ha destinado a las actividades por las que se ha concedido y que se han cumplido las condiciones exigidas en el acu erdo de concesión, en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad y, en todo caso, antes del 31 de marzo del ejercicio inmediatamente posterior al que se concede la subvención. A tal efecto,

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes