Personas físicasES51 - CATALUÑA

Fomento actividades científicas y tecnologicas

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TARRAGONA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Garantizar que las acciones o actuaciones se desarrollen con perspectiva de género evitando los estereotipos y prejuicios que puedan estar operando en la base de las elecciones formativas o profesionales de las personas participantes.
  • Garantizar que en la composición de los equipos se respete en todo mo mento la igualdad de género.
  • Atender la legislación aplicable en materia de sostenibilidad para garantizar una gestión responsable con criterios sociales y ambientales.
  • Dar la adecuada publicidad de la financiación pública de la actividad objeto de su bvención, mediante la publicación, en todos los espacios de difusión y publicidad, ya sean materiales gráficos, entornos digitales o apoyos editados en cualquier otro formato, que cuentan con el apoyo de la Diputación de Tarragona. Hace falta que lo hagan en los términos que se especifican en su punto decimoctavo de esta convocatoria.
  • Comunicar previamente a la Diputación de Tarragona la organización de actos públicos de los proyectos financiados, mediante el envío de una invitación a la Presidencia (presidencia@dipta.cat), a fin de que se pueda valorar la asistencia de una persona representando de la institución.
  • Suministrar a la Diputación de Tarragona, en el caso de subvenciones de importe igual o superior a 10.000 euros concedidas a entidades u otras personas jurídicas no públicas, la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, así como cualquier otra información que se los requiera para cumplir las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública.
  • Dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia que sean aplicables, en los términos previstos a la normativa vigente.
  • Cumplir el procedimiento previsto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere los límites establecidos por la legislación de contratos del sector público vigente en cada momento. En estos casos, se tienen que solicitar tres ofertas de diferentes proveedores y aportarlas con la solicitud o con la justificación, según corresponda, salvo que no haya al mercado un número suficiente de entidades que realicen, presten o suministren el objeto de la contratación. La elección de la persona o entidad proveedora se tiene que hacer de acuerdo con criterios de eficiencia y economía y, cuando no recaiga en la oferta económicamente más ventajosa, se tiene que justificar expresamente en una memoria. Sexto.- Gastos subvencionables Son gastos subvencionables las que, de manera directa e inequívoca, respondan a la naturaleza del proyecto subvencionado, sean estrictamente necesarias para ejecutarlo, se efectúen dentro del plazo de ejecución establecido y se ajusten a la normativa aplicable. En
  • Gastos de personal: tanto de personal de nueva contratación como personal ya contratado, siempre que esté dedicado de manera directa e inequívoca al proyecto subvencionado. El importe imputado por este concepto no puede exceder el 50% de los gastos subvencionables
  • Contratación de servicios externos, siempre que estén vinculados directamente y objetivamente a las actuaciones subvencionadas
  • Gastos de material, excepto los que se declaran expresamente no subvencionables en esta convocatoria Los gastos imputados al proyecto tienen que estar debidamente identificados, concretados y
  • El concepto de gastos indirectos
  • Los gastos gastronómicos o de restauración, incluidos comidas, bebidas y aperitivos
  • Los gastos de funcionamiento ordinario: gestoría, cuotas de afiliación, teléfono, agua, luz, gas, telecomunicaciones y cualquier otro suministro
  • Los desplazamientos, la manutención y las dietas
  • La adquisición de bienes inmuebles y terrenos
  • El IVA deducible, de conformidad con el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
  • Formulario de Solicitud según modelo web normalizado indicando: a. Datos de la actuación b. Detalle del personal adscrito al proyecto c. Declaración responsable conforme la entidad está al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 24 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. d. Declaración responsable conforme la entidad cumple los requisitos establecidos en el
  • documentation
    Descripción y definición clara del proyecto, su calendario, objetivos a lograr e impacto previsto
  • documentation
    Justificación de la necesidad y adecuación del proyecto a demandas identificadas

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Investigación, desarrollo e innovación