Personas físicasES3 - COMUNIDAD DE MADRID

FINANCIACION FSE+ y CM:INC.LAB.PERS.EXC.SOC.-AYUD.EMPRESAS INSERCION (AY.1)

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES3 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO.

● Cerrada

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Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Gran empresa, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.730.000,00 €. Inicio: 15/07/2026. Plazo: Fin: 28/07/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad de Madrid.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de noviembre.
  • No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de novie mbre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas. Quinto. Personas destinatarias.
  • Son destinatarias de estas ayudas, las personas expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social incluidas en alguno de los colectivos recogidos en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción contratadas por empresas de inserción.
  • La situación de exposición a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social de las personas pertenecientes a los colectivos a los que hace referencia el apartado anterior, se acreditará mediante informe emitido por los servicios sociales, los servicios especializados o los diferentes servicios de acogida que para tales personas tiene habilitados la Comunidad de Madrid.
  • Las personas trabajadoras expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión , deberán estar desempleadas e inscritas en los Servicios Públicos de Empleo con carácter previo a su incorporación a la empresa de inserción. Sexto. Financiación.
  • Para el cumplimiento de la finalidad prevista en esta convocatoria, cuya vigencia se extenderá al ejercicio 2026 , se destinará el crédito presupuestario establecido con cargo al Programa 241M- Promoción y Fomento del Empleo de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para
  • Ayuda 3: 230.000 euros. La línea de subvención 1 será objeto de cofinanciación en el marco del Programa Operativo FSE+ 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, cofinanciado al 40%, y la Comunidad de Madrid, dentro de la Línea de Actuación 2.H.01 – Programa de apoyo a la inserción laboral de personas en situación de vulnerabilidad. Las líneas de subvención 2 y 3 serán objeto de financiación con cargo a fondos procedentes de la distribución de créditos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las Comunidades Autónomas. 2º. 300.000 euros, con cargo al subconcepto de gasto 77309 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026. La dotación estimada en la convocatoria del año 2026 para la Ayuda 4 es de 300.000 euros. La línea de subvención 4 será objeto de financiación con cargo a fondos procedentes de la distribución de créditos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las Comunidades Autónomas.
  • Las cuantías estimadas en el punto 1 de este apartadopodrán incrementarse cuando concurra alguna de las causas contempladas en el apartado 2.a) delartículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La ampliación de la cuantía destinada a las subvenciones convocadas se realizará según el procedimiento establecido enartículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En todo caso, la efectividad de la cantidad adicional quedará condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la convocatoria.
  • La reasignación de los remanentes seestablecerá, en su caso, medianteresolución del titular de la
  • Ayuda 1: Ayudas a la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo de personas expuestas
  • Ayuda 2: Ayudas a la contratación y/o mantenimiento de personal técnico: Se podrá otorgar una ayuda de hasta 33.250 euros por contrato a tiempo completo, por un periodo subvencionable de 12 meses, destinada a financiar los costes salariales, incluidas las pagas extraordinarias y la cuota empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, del personal técnico. El cálculo de la subvención se realiza en los términos establecidos en los artículos 11 y 25 de las bases reguladoras.
  • Ayuda 3: Ayudas a la gerencia de empresas de inserción: Se establece un incentivo de 13. 000 euros por la contratación a jornada completa y durante un período subvencionable de 12 meses de la persona que ejerza la gerencia en las empresas de inserción que cuenten con un mínimo de 5 puestos de trabajo de personas trabajadorasen inserción. El cálculo de la subvención se realiza en los términos establecidos en losartículos 11 y 28 de las bases reguladoras.
  • Ayuda 4: Ayudas a la inversión fija vinculada a la creación de nuevos puestos de trabajo en las
  • 000 € por empresa de inserción. En su caso, el importe sobrante de la dotación presupuestaria, podrá destinarse a subvencionar, por orden de prelación y hasta su agotamiento, los nuevos puestos creados por encima del límite indicado.
  • El periodo subvencionable para las 4 ayudas comprenderá desde 1 de septiembre de 2025 al 30 de junio de 2026.
  • Documento de identificación fiscal del solicitante.
  • Documento Nacional de Identidad del representante de la entidad, a los solos efectos de verificar sus datos de identificación.
  • Documentación acreditativa de la capacidad del representante legal del solicitante, para actuar en nombre y representación del mismo.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Fomento del Empleo