Personas jurídicasES51 - CATALUÑA

Financiación de las actividades de colaboración, formación y asistencia de la Federació de Municipis de Catalunya (FMC) · 2026

Título oficial: Financiación de las actividades de colaboración, formación y asistencia de la Federació de Municipis de Catalunya (FMC) a los entes locales durante el año 2026

Otorgar a la FMC una subvención nominativa de seiscientos mil euros (600.000,00 euros) para financiar las actividades de colaboración, formación y asistencia a los entes locales de Cataluña que se realicen durante el año 2026, con cargo a la partida PR1501 D/482000400/7110/0000 del presupuesto vigente…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT DE LA PRESIDÈNCIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 600.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica sobre el coste de las actividades realizadas, donde conste:
  • Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor o acreedora, número de la factura o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil, el importe, la fecha de emisión y, si procede, la fecha de pago, conforme al modelo normalizado.
  • Las copias digitalizadas de las facturas o los documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y, si procede, de la documentación acreditativa del pago consistente en extracto bancario o, en el c aso de pago en efectivo, documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del
  • Toda aquella documentación que establezca la normativa vigente en materia de subvenciones y que sea necesaria para acreditar la correcta ejecución de la actividad subvencionada, el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la adecuada justificación de los gastos efectuados.
  • Una declaración responsable de la persona beneficiaria con el contenido mínimo
  • Que las copias digitalizadas de los justificantes de los gastos presentados reproducen exactamente los documentos originales en poder de la persona beneficiaria.
  • Que los justificantes de gasto se han imputado a las diferentes fuentes de financiación de manera que no se supera el importe unitario de cada justificante.
  • Que el total de las fuentes de financiación no supera el coste de la actuación subvencionada.
  • Que se dispone de un sistema de contabilidad separada o que los justificantes de gasto tienen asignado un código contable común a las transacciones relacionadas con la actuación subvencionada.
  • Si la subvención se otorga de acuerdo con un presupuesto, deberá presentarse una liquidación donde se indiquen y, si procede, se motiven las desviaciones con respecto al presupuesto inicial.
  • Cuando corresponda, indicación de los criterios de reparto de los gastos generales y/o indirectos.
  • Una relación detallada de los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Cuando los justificantes de los gastos se imputen parcialmente a otras subvenciones, deberá indicarse la cuantía exacta o porcentaje imputado a cada una, con la identificación de los órganos concedentes.
  • Los presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, modificado por la Ley 14/2011, de 1 de junio, tiene que haber solicitado la persona beneficiaria o la justificación del porqué no se aportan. Alternativamente, también se puede presentar la cuenta justificativa con la aportación del informe de auditor, según lo que establecen los artículos 6, 7, 8 y 9 de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, modificada por la Orden VEH/79/2020, de 9 de junio, que
  • debe contener la documentación siguiente:
  • Una memoria económica abreviada que, como mínimo, deberá contener un estado detallado de los gastos de las actividades subvencionadas, agrupadas debidamente por conceptos y conforme al presupuesto aceptado, y el cuadro comparativo entre las partidas del presupuesto, tanto de ingresos como de gastos, previstas y finalmente ejecutadas y pagadas, donde se indiquen y se motiven las desviaciones que ha habido.
  • Observar los principios, normas y cánones éticos propios de las actividades, oficios y/o profesiones correspondientes a la actividad objeto de subvención.
  • No realizar acciones que pongan en riesgo el interés público.
  • Comunicar inmediatamente al órgano competente las posibles situaciones de conflicto de intereses.
  • No solicitar, directa o indirectamente, que un cargo o empleado público influya en la adjudicación de la subvención o ayuda.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Otorgar a la FMC una subvención nominativa de seiscientos mil euros (600.000,00 euros) para financiar las actividades de colaboración, formación y asistencia a los entes locales de Cataluña que se realicen durante el año 2026, con cargo a la partida PR1501 D/482000400/7110/0000 del presupuesto vigente. Las actividades de colaboración comprenden las acciones de apoyo , comunicación y difusión dirigidas a los entes locales, como la impresión y la distribución de la revista Catalunya Municipal y otras publicaciones; el diseño de un portafolio de servicios en información, datos e inteligencia artificial; la renovación del Código de Régimen Local 2026; y la mejora, el mantenimiento y la actualización de la página web de la entidad, del Fichero de Entes Locales, de la base de datos jurídica y de otros programas de la FMC. Las actividades de formación comprenden la organización de cursos, seminarios, jornadas y sesiones informativas.