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FIESTAS POPULARES- ACTOS CON MOTIVO DE LAS FIESTAS EN HONOR A LA VIRGEN DE LAS NIEVES Y SAN LUIS REY DE FRANCIA 2026 EN…

Título oficial: FIESTAS POPULARES- ACTOS CON MOTIVO DE LAS FIESTAS EN HONOR A LA VIRGEN DE LAS NIEVES Y SAN LUIS REY DE FRANCIA 2026 EN CHARCO DEL PINO

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GRANADILLA DE ABONA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 28.493,00 €. Inicio: 30/01/2026. Plazo: Fin: 12/06/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Declaración responsable mediante la que se indica que la Asociación Cultural a la que representa cumple con los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Descripción general de los actos a desarrollar, a la que se adjunta una previsión de los gastos a ejecutar relacionados con la actividad (anexo IV).
  • Certificado de encontrarse al corriente con la Hacienda estatal, con la Hacienda Canaria y con la Seguridad Social. Se ha incorporado de oficio informe emitido con fecha 24.07.2026, por la unidad administrativa de Tesorería Municipal, mediante el que se acredita que la Asociación interesada en el procedimiento se encuentra al corriente con la Hacienda Local. SEGUNDO.- Consta en el presente expediente administrativo providencia dictada por la Concejalía delegada del Área de Cultura y Fiestas, para el impulso del procedimiento, que
  • Denominación, CIF y domicilio de la Entidad beneficiaria.
  • Número, en su caso, serie, y fecha de la factura.
  • Datos de quien expide la factura completos (nombre y apellidos, razón o denominación social, domicilio y DNI/CIF).
  • Descripción del material adquirido/servicio, precio unitario e importe total, incluyendo impuestos, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario.
  • La fecha en la que se hayan efectuado las operaciones que se documentan, siempre que se trate de fecha distinta a la expedición de la factura.
  • Debe ser una factura original, sin enmiendas ni tachaduras. Atendiendo a la naturaleza del pago de la subvención en el caso concreto, no procede de aplicación lo siguiente; no obstante, ante la casuística que pudiera concurrir, para garantizar
  • Deberá ser emitido nominativamente al proveedor del producto o servicio subvencionado, y con cargo a la misma cuenta en la cual se ha ingresado la subvención;
  • No serán aceptados los talones bancarios emitidos al portador, ni tampoco los pagarés.
  • Se deberá adjuntar copia de cada talón a la correspondiente factura abonada, y adjuntar en la cuenta justificativa un extracto de movimientos de la cuenta bancaria, emitido por la entidad bancaria, en la cual se verifique el cargo en cuenta de los talones correspondientes. Se admitirán pagos con tarjeta a través de datáfono, con cargo a la misma cuenta en la cual se ha ingresado la subvención. En este caso se deberá adjuntar justificante de cada operación a la correspondiente factura abonada. Excepcionalmente se aceptarán pagos en efectivo pero solo por facturas inferiores a 300 euros. Las facturas pagadas por este medio deberán corresponder a distintos proveedores. No se aceptarán pagos en efectivo fraccionando una o varias facturas del mismo proveedor y por el mismo concepto, cuando debería constar un único pago a través de medios bancarios.
  • Si existiesen otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, deberá incluirse la indicación del importe y de su procedencia.
  • En el caso de que se hubieran solicitado tres presupuestos debido a que el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, adjuntar los solicitados.
  • En su caso, carta de pago del reintegro de los remanentes no aplicados y de los intereses que de ellos se deriven. TERCERO.- Autorizar y disponer el gasto por importe de VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS (28.493,00 €), relativo a la subvención directa que se concede a la Asoc. Cultural Festiva San Luis Rey y Virgen de la Inmaculada, con CIF G70651906. CUARTO.- De conformidad con el artículo 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, notificar la presente a la Entidad beneficiaria. QUINTO.- Dar traslado de la presente a la unidad administrativa de Intervención Municipal, Tesorería, Cultura y Fiestas. SEXTO.- Suministrar la información legalmente prevista a la BDNS. Asimismo, en virtud del principio de transparencia, en cumplimiento del artículo 31.1,c) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, actualizar la relación de ayudas y subvenciones concedidas, indicando importe, objeto o finalidad, beneficiario y causas que justifican la no existencia de convocatoria pública, incluyendo la presente. Así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife con la remisión trimestral que se realice al respecto. Lo manda y firma,

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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