FADEMGA.CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD Y LA FEDERACIÓN GALLEGA DE ASOCIACI…

Título oficial: FADEMGA.CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD Y LA FEDERACIÓN GALLEGA DE ASOCIACIONES EN FAVOR DE LAs PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL O DEL DESARROLLO (FADEMGA PLENA INCLUSIÓN GALICIA) PARA LA FINANCIACIÓN DE LO

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 265.480,00 €. Inicio: 20/03/2026. Plazo: Fin: 04/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Declaración comprensiva de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para los mismos programas y actuaciones, o, de ser el caso, una declaración de que no solicitaron ni percibieron otras ayudas o subvenciones.
  • Declaración responsable, subscrita por la persona representante de la entidad, de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
  • Presentación de un método de imputación de costes indirectos.
  • TERCERA. Relación laboral Para llevar a cabo los objetivos y fines de los programas y actuaciones a subvencionar a través de este convenio la entidad beneficiaria podrá contratar, con cargo al presupuesto previsto en el presente convenio, el personal que, en su caso, precise para el desarrollo de las actuaciones de mantenimiento y de los programas citados. La suscripción del presente convenio no lleva consigo relación laboral ni contractual ninguna entre la Consellería de Política Social e Igualdad y las personas que realicen las actuaciones de mantenimiento y las que forman parte de los referidos programas, de tal manera que no se le podrá exigir responsabilidad ninguna, ni directa ni subsidiaria, por los actos o hechos acaecidos en su desarrollo.
  • 636,66€. Para el cumplimiento de la finalidad prevista en la cláusula primera de este convenio, la Consellería de Política Social e Igualdad aportará doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos ochenta euros (265.480,00€) , que serán imputados a la aplicación presupuestaria 08.04.312E.481.22, código de proyecto 2015 00492 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.
  • Gastos de personal: costes salariales y de seguridad social del personal necesario para la realización de las actuaciones a subvencionar hasta un límite de 44.266,18€/año por persona trabajadora a jornada completa. Este límite solo se podrá superar en aplicación de conceptos retributivos incluidos en los convenios colectivos de aplicación. Las retribuciones se acomodarán proporcionalmente a la jornada que se desarrolle en caso de que la prestación de servicios sea a tiempo parcial.
  • Gastos de dietas y desplazamientos del personal imputable al desarrollo de las actuaciones a subvencionar que deberán ser moderados hasta el limite 12
  • Gastos derivados de la gestión y organización de servicios de transporte que la entidad facilite a las personas beneficiarias directas de las actuaciones realizadas por la entidad y derivados de la asistencia a los mismos cuando lo precisen y demanden.
  • Gastos en bienes consumibles siempre que estén relacionados con las actuaciones de mantenimiento de la Federación FADEMGA Plena Inclusión y de las entidades federadas o con los programas objeto de la concesión de la subvención.
  • Gastos generales de naturaleza corriente necesarios para el desarrollo de las actuaciones de mantenimiento de la federación y de las entidades federadas y de los programas subvencionados: energía eléctrica, agua, combustible (si no están incluidos en el alquiler), comunicaciones, limpieza, seguridad, seguros de responsabilidad civil.
  • El gasto del alquiler de los locales en los que se desarrollen las actuaciones subvencionables a través de este convenio debidamente justificado.
  • Los financieros, incluidos los gastos e intereses derivados de créditos bancarios formalizados con la finalidad de disponer de efectivo para la realización de las actuaciones objeto de la subvención concedida mientras no sea abonada por la Administración, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización de las actuaciones subvencionadas, así como los de administración específicos, si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de esta. Por lo que se refiere a los costes indirectos se establecerá y se justificará la fracción del coste total que se considere imputable a la actividad 13
  • subvencionada según la aplicación de un método justo y equitativo que debe constar por escrito y previamente la realización de los gastos.
  • SEXTA. Compatibilidad con otras ayudas La subvención prevista en este convenio es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la actividad que va a desarrollar la entidad beneficiaria.
  • Se efectuará un pago del 80% de la totalidad de la subvención, con carácter de anticipo a cuenta de la liquidación, una vez firmado el presente convenio.
  • El 20% restante se hará efectivo una vez finalizadas todas las actividades de mantenimiento y de los programas a subvencionar a través del convenio, aportando la documentación prevista en la cláusula octava del convenio. Con carácter previo al pago podrá consultarse, salvo oposición por parte de la entidad beneficiaria, el cumplimiento de sus deberes tributarios y frente a la 14
  • Seguridad Social y de no tener pendientes de pago deudas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ni con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como de que no es deudora por resolución de procedimiento de reintegro. De oponerse tendrá que hacerlo de manera expreso tal y como señala el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y acercar los justificantes o documentación necesaria para acreditar su cumplimiento. Para la tramitación de las condiciones de pago previstas en los apartados anteriores, la entidad beneficiaria de la subvención queda exonerada de la constitución de la garantía al entrar en el supuesto previsto en el artículo
  • 4.f) del Decreto 11/2009, de 8 de enero.
  • Se considerará efectivamente pagado el gasto realizado cuando se justifique mediante extractos o certificaciones bancarias debidamente identificados, sellados y firmados por la entidad beneficiaria. En el supuesto de que el justificante del pago incluya varias facturas, se deberá juntar una relación de ellas. En el supuesto de facturas pagadas conjuntamente con otras no referidas las actuaciones subvencionadas, la justificación del pago se debe realizar siempre mediante la aportación del correspondiente extracto bancario que irá acompañado de uno de los siguientes documentos: relación emitida por el banco de los pagos realizados, orden de pagos de la entidad sellada por el banco o recibí de la persona proveedora.
  • La presentación de la cuenta justificativa se llevará a cabo una vez finalizadas todas las actuaciones subvencionables a través del convenio, aportando la siguiente documentación, conforme a lo previsto en los

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    Área de atención a las entidades federadas. Las entidades son el motor de la Federación; las actuaciones se dirigen a fomentar la constitución de asociaciones y la coordinación de los objetivos, actividades, recursos y posibilidades de las mismas para la promoción de las personas con
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    Área social en la que se apoya la gestión de programas de atención a personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo. En este área solo se imputa la gestión de programas de atención directa para personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo, con el fin de facilitarles el apoyo y las herramientas que precisan para mejorar aquellos aspectos en los que 7
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    Gestión de la calidad. Desde el sistema de gestión de la calidad se aplican 9
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    Comunicación. Medida estratégica con la que se pretende contribuir a la inclusión social de las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo ofreciendo una visión positiva de estas personas y de sus familias mediante la planificación y ejecución de campañas enfocadas en la plena inclusión y acciones de sensibilización y relaciones con el entorno, con el fin de generar conciencia social, combatir estereotipos y visibilizar la realidad del colectivo, poniendo el foco en su dignidad, derechos y capacidades.
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · ineligible
    No serán objeto de la concesión de la subvención a través de este convenio aquellas actividades específicas organizadas por la Federación FADEMGA Plena Inclusión Galicia que no deriven del mantenimiento y funcionamiento común de la propia entidad o de las entidades federadas. Se le dará especial atención a la mujer con discapacidad intelectual o del desarrollo que esté embarazada así como a sus familias, en cumplimiento de la Ley 5/2010, de 23 de junio, por el que se establece y regula una red de apoyo a la mujer embarazada. En el diseño y desarrollo de los programas y de las actividades a subvencionar a través del presente convenio se incorporará de manera transversal el principio de igu aldad de oportunidades entre mujeres y hombres y se tendrá en cuenta la perspectiva de género en su diseño y ejecución.
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    Declaración comprensiva de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para los mismos programas y actuaciones, o, de ser el caso, una declaración de que no solicitaron ni percibieron otras ayudas o subvenciones.
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    Declaración responsable, subscrita por la persona representante de la entidad, de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    Presentación de un método de imputación de costes indirectos.
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    TERCERA. Relación laboral Para llevar a cabo los objetivos y fines de los programas y actuaciones a subvencionar a través de este convenio la entidad beneficiaria podrá contratar, con cargo al presupuesto previsto en el presente convenio, el personal que, en su caso, precise para el desarrollo de las actuaciones de mantenimiento y de los programas citados. La suscripción del presente convenio no lleva consigo relación laboral ni contractual ninguna entre la Consellería de Política Social e Igualdad y las personas que realicen las actuaciones de mantenimiento y las que forman parte de los referidos programas, de tal manera que no se le podrá exigir responsabilidad ninguna, ni directa ni subsidiaria, por los actos o hechos acaecidos en su desarrollo.
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    La previsión del presupuesto de gastos para el desarrollo de los programas que ha previsto desarrollar FADEMGA Plena Inclusión Galicia así como para su mantenimiento y el de sus entidades federadas asciende a la cantidad de
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    636,66€. Para el cumplimiento de la finalidad prevista en la cláusula primera de este convenio, la Consellería de Política Social e Igualdad aportará doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos ochenta euros (265.480,00€) , que serán imputados a la aplicación presupuestaria 08.04.312E.481.22, código de proyecto 2015 00492 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.
  • Las actuaciones subvencionables se dividen en cuatro áreas: · eligible
    QUINTA. Gastos imputables El importe de la subvención se destinará a cubrir los gastos efectivamente realizados por la entidad relativos a gastos de personal y gastos corrientes necesarios para el mantenimiento de la entidad y de sus entidades federadas, así como para el desarrollo de las actuaciones recogidas en la cláusula
  • primera. Para estos efectos se considerarán gastos subvencionables, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9 · eligible
    Gastos de personal: costes salariales y de seguridad social del personal necesario para la realización de las actuaciones a subvencionar hasta un límite de 44.266,18€/año por persona trabajadora a jornada completa. Este límite solo se podrá superar en aplicación de conceptos retributivos incluidos en los convenios colectivos de aplicación. Las retribuciones se acomodarán proporcionalmente a la jornada que se desarrolle en caso de que la prestación de servicios sea a tiempo parcial.
  • primera. Para estos efectos se considerarán gastos subvencionables, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9 · eligible
    Gastos de dietas y desplazamientos del personal imputable al desarrollo de las actuaciones a subvencionar que deberán ser moderados hasta el limite 12
  • primera. Para estos efectos se considerarán gastos subvencionables, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9 · eligible
    establecido en las compensaciones establecidas para el personal de la administración pública autonómica.
  • primera. Para estos efectos se considerarán gastos subvencionables, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9 · eligible
    Gastos derivados de la gestión y organización de servicios de transporte que la entidad facilite a las personas beneficiarias directas de las actuaciones realizadas por la entidad y derivados de la asistencia a los mismos cuando lo precisen y demanden.
  • primera. Para estos efectos se considerarán gastos subvencionables, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9 · eligible
    Gastos en bienes consumibles siempre que estén relacionados con las actuaciones de mantenimiento de la Federación FADEMGA Plena Inclusión y de las entidades federadas o con los programas objeto de la concesión de la subvención.
  • primera. Para estos efectos se considerarán gastos subvencionables, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9 · eligible
    Gastos generales de naturaleza corriente necesarios para el desarrollo de las actuaciones de mantenimiento de la federación y de las entidades federadas y de los programas subvencionados: energía eléctrica, agua, combustible (si no están incluidos en el alquiler), comunicaciones, limpieza, seguridad, seguros de responsabilidad civil.
  • primera. Para estos efectos se considerarán gastos subvencionables, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9 · eligible
    El gasto del alquiler de los locales en los que se desarrollen las actuaciones subvencionables a través de este convenio debidamente justificado.
  • primera. Para estos efectos se considerarán gastos subvencionables, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9 · eligible
    Los financieros, incluidos los gastos e intereses derivados de créditos bancarios formalizados con la finalidad de disponer de efectivo para la realización de las actuaciones objeto de la subvención concedida mientras no sea abonada por la Administración, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización de las actuaciones subvencionadas, así como los de administración específicos, si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de esta. Por lo que se refiere a los costes indirectos se establecerá y se justificará la fracción del coste total que se considere imputable a la actividad 13

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social