Personas jurídicasES521 - Alicante / Alacant

EXTRACTO PLAN DE AYUDAS A CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DE CALLOSA DE SEGURA ANUALIDAD 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CALLOSA DE SEGURA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Solicitud en el modelo establecido en el Anexo I de las presentes bases dirigido al Ilmo. Sr. Alcalde, debidamente cumplimentada y firmada por el presidente o representante legal del club o entidad deportiva correspondiente.
  • Declaración responsable, según modelo acompañado como Anexo II, acreditativo del cumplimiento de los requisitos y condiciones y asunción de obligaciones o compromisos, exigidos en la normativa de aplicación y en las presentes bases.
  • Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Documento nacional de identidad del representante de la entidad solicitante.
  • Documento acreditativo del nombramiento del representante legal del club o entidad deportiva solicitante.
  • Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
  • Memoria del proyecto de la actividad para la que se solicita la subvención que incluya, entre otros contenidos, los siguientes: objetivos, descripción del proyecto, coste y financiación del proyecto para el que se formula la solicitud. Además, deberá contener, obligatoriamente, la información y los datos puntuables señalados en la base 5ª de la presente convocatoria para su valoración (los datos que no se incluyan/justifiquen no serán tenidos en cuenta a la hora de ser valorados). Dicha memoria será firmada por el presidente o representante legal de la entidad.
  • Ficha de Mantenimiento de Terceros (Anexo III)
  • Anexo IV acompañado por las correspondientes facturas de la totalidad de los gastos realizados en la organización o participación en la actividad seleccionada como objeto de la subvención, de acuerdo con el presupuesto presentado para las mismas,
  • las cuales deberán estar numeradas de conformidad y con el orden que así se disponga por el beneficiario en el citado Anexo (debiendo coincidir con exactitud). * La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica o con eficacia administrativa, (tales como facturas originales o cotejadas, nóminas, seguros sociales, etc.) que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública. Los justificantes de gastos deberán referirse al periodo que se establezca en la convocatoria. 5ª.- CRITERIOS DE PUNTUACIÓN Y PONDERACIÓN Como criterios de prioridad, para su inclusión en el mencionado Plan, así como para la determinación de la cuantía de la subvención a conceder, se establecen los
  • 000 + de 20.000 1 puntos 4 puntos 8 puntos 10 puntos 15 puntos
  • En caso de incumplimiento de las normas antecedentes, así como de los compromisos asumidos por los beneficiarios de la subvención, se ordenará la revocación o reintegro, con devolución inmediata de las cantidades entregadas
  • Incumplimiento de la obligación de justificar en los plazos señalados en la presente convocatoria.
  • No realizar la actividad dentro del plazo señalado en la presente convocatoria.
  • Solicitar el abono de la ayuda con justificación de una actividad distinta de la que fue objeto de subvención.
  • Por resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control por parte del Ayuntamiento de Callosa de Segura.
  • Por incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Incurrir en falsedad de los datos, hechos o cuantías en la solicitud de la subvención o en la documentación justificativa aportada.
  • Con carácter específico, en caso de incumplimiento de justificación de la totalidad del gasto, se minorará el importe de la subvención proporcionalmente al gasto justificado. 11ª.- REGIMEN JURÍDICO APLICABLE En todo lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las
  • Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones (LGS).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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