Extracto del Decreto de Alcaldía de fecha 15 de julio por el cual se convocan de ayudas para participar en las activida…

Título oficial: Extracto del Decreto de Alcaldía de fecha 15 de julio por el cual se convocan de ayudas para participar en las actividades de ocio de verano dirigidas a niños y jóvenes con diversidad funcional

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Jóvenes, Familias e infancia, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT JULIÀ DE RAMIS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Jóvenes, Familias e infancia, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.226.588,89 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • DNI (NIE y permiso de residencia en caso de ser extranjero), deI padre, madre o tutor que presenta Ia soI·Iicitud
  • DNI (NIE y permiso de residencia en caso de ser extranjero), de I'niño o adoIescent por quien se pregunta Y'ayuda.
  • VoIant de convivencia Recibido deI CasaI o Actividad a Ia que ha sido inscrito Y'niño o adoIescent, conforme se ha pagado Ia totaIitat o un parciaI de I'actividad
  • N.º deI cuenta corriendo donde se tendrá que reaIitzar Ia transferencia ay beneficiario.
  • Certificados que acrediten Ia diversidad funcional de I'niño o adoIescent.
  • En caso de representación IegaI o acoIIiment de Ia persona beneficiaria, Ia documentación acreditativa de este hecho. Aun así, eIs Servicios SociaIs MunicipaIs poden soI·Iicitar que se adjunte quaIsevoI aItre documento
  • 3.- Rectificación de defectos u omisiones en la documentación Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en estas bases y/o en la convocatoria, se requerirá su enmienda que se tendrá que hacer en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicando que de no hacerlo supondrá el cierre del expediente por dejación, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 4.- Órganos competentes para la instrucción y la propuesta de concesión Una vez presentadas Ias soIicitudes junto con Ia documentación anexa,El ayuntamiento Ies revisará. Si hay aIguna que no reúne eIs requisitos que estabIeixen estas bases,el ayuntamiento requerirá al interesado/da porque en un plazo de 10 días hàbiIs enmiende eI defecto o adjunte eIs documentos preceptivos, con Ia indicación que, si no lo hace, se considerará que cesa su petición, previa resoIució de Ia Junta de Gobierno LocaI del Ayuntamiento de Sant Julià de Ramis, de acuerdo con eI que dispone el artículo 68 de Ia LIei 39/2015, de 1 de Octubre, deI Procedimiento Administrativo Común de Ies Administraciones PúbIiques.
  • Anna Casas Cuní, Técnica Medio de Gestión o la persona en quien delegue.
  • Maria Cairó Muñoz, Secretaria Interventora o la persona en quien delegue.
  • Pere Pujolràs Feixas, regidor de Educación, Cultura, Fiestas y Turismo de Sant Julià de Ramis o la persona en quien delegue.
  • Susana Baró Feliu, regidora de Servicios Sociales, Juventud y Gobierno Abierto o la persona en quien se delegue.
  • Montse Illa Creixell, Educadora Social SBAS Sdt o la persona en quien delegue.
  • Silvia Juan Parramon, Educadora Social SBAS Sdt o la persona en quien delegue
  • - Criterios de otorgamiento Los establecidos en el artículo 7.º de las bases reguladoras aprobadas por el Pleno de la corporación de fecha 18 de mayo de 2026 y publicadas mediante anuncio al BOPG n.º 130 de 9 de julio de 2026.
  • - Pago y Justificación de estas ayudas La tramitación del pago de estas ayudas económicas se iniciará a partir de la notificación de la resolución de otorgamiento, una vez comprobada que la persona beneficiaria está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • - Publicitado Esta convocatoria se publicará al tablón de anuncios del Ayuntamiento y al sitio web del Ayuntamiento, y el extracto de esta, de acuerdo con el que prevé el artículo 17.3 b) de la Ley 38/2003, general de subvenciones, se publicará al Boletín Oficial de la Provincia de Girona.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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