DeportistasPersonas físicasES521 - Alicante / Alacant

Extracto becas deportistas locales Torrevieja 2026

1. El objetivo es apoyar y promover la participación de deportistas locales en competiciones federadas durante la temporada 2025/2026 o anualidad 2026

En resumen: Está orientada a Deportistas, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Deportistas, Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 65.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • general
    A. Requisitos de residencia: Deportistas no profesionales de categoría infantil, cadete, juvenil, junior y senior, vinculados en la presente temporada (2026 o 2025/2026) y, al menos durante las dos temporadas anteriores (2023-24, 2024-25), a entidades deportivas radicadas en la ciudad de Torrevieja. Deportistas no profesionales de las categorías anteriores empadronados en la ciudad de Torrevieja y pertenecientes a entidades deportivas radicadas en la misma. Deportistas no profesionales de las categorías anteriores empadronados en la ciudad de Torrevieja cuya modalidad deportiva no cuente con entidad registrada en la ciudad, o bien cuando la entidad existente compita en una categoría inferior a la del deportista en otro club, siempre que esta vinculación le permita mantener su proyección y alcanzar el máximo rendimiento.
  • general
    B. Requisitos de edad: Los deportistas deben tener 35 años o menos durante el período establecido en el artículo 2 de las presentes Bases (nacidos en 1991 y posteriores).
  • general
    Deportistas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.b) Deportistas que, aun habiendo superado el límite de edad, acrediten resultados contemplados en el artículo 11, obtenidos en competiciones nacionales o internacionales en deportes olímpicos cuyas modalidades estén incluidas en el programa oficial.
  • general
    1 En categoría infantil se puntuará el primer y segundo puesto en Campeonatos Autonómicos de deportes olímpicos.
  • general
    2 En la modalidad deportiva de gimnasia rítmica únicamente se tendrán en cuenta los resultados obtenidos en los “Campeonatos absolutos individual o conjuntos, los campeonatos equipos y el Campeonato de España de Selecciones Autonómicas CESA”, “Copa de la Reina y la Copa de España” todos ellos desde categoría infantil hasta senior. El “Campeonato de España Base únicamente se valorará la categoría infantil”.
  • general
    3 En deportes individuales/colectivos, únicamente se considerarán los resultados obtenidos por parejas, equipos o conjuntos que desarrollen su acción competitiva de forma simultánea (dobles tenis, conjunto en gimnasia rítmica, tripulaciones de remo…) descartando los resultados obtenidos por clasificación clubes, selecciones o similar. Los deportistas paralímpicos de la ciudad de Torrevieja podrán solicitar estas becas en igualdad de condiciones y con los mismos derechos De conformidad con el artículo 7 de la Ordenanza General Reguladora de Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Torrevieja y del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, estas becas serán compatibles con cualquier otra ayuda concedida por otra administración pública.
  • general
    4. Ámbito objetivo. Las becas únicamente se concederán para deportes olímpicos o para modalidades deportivas cuya federación esté reconocida en la Comunidad Valenciana o en el Consejo Superior de Deportes. Quedan excluidos los Campeonatos Universitarios y cualesquiera otros organizados por entidades privadas. Las becas se concederán en atención a los resultados deportivos acreditados, siempre que concurran las circunstancias y condiciones previstas en estas bases.
  • general
    5. Acreditación de méritos deportivos. Para la valoración de los resultados deportivos, será imprescindible la presentación de un certificado emitido por la federación correspondiente en el que consten los resultados obtenidos y la fecha de realización de cada logro objeto de baremación. .
  • 1. Condición general. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas los deportistas que, habiendo acreditado previamente resultados deportivos significativos, demuestren calidad inicial, especial dedicación a la práctica deportiva y evidencien una proyección inmediata o futura en el deporte de rendimiento.
  • 2. Ámbito subjetivo. Podrán solicitar beca, los deportistas individuales adscritos a cualquier federación
  • Deportistas no profesionales de categoría infantil, cadete, juvenil, junior y senior, vinculados en la presente temporada (2026 o 2025/2026) y, al menos durante las dos temporadas anteriores (2023-24, 2024-25), a entidades deportivas radicadas en la ciudad de Torrevieja.
  • Deportistas no profesionales de las categorías anteriores empadronados en la ciudad de Torrevieja y pertenecientes a entidades deportivas radicadas en la misma.
  • Deportistas no profesionales de las categorías anteriores empadronados en la ciudad de Torrevieja cuya modalidad deportiva no cuente con entidad
  • 3 registrada en la ciudad, o bien cuando la entidad existente compita en una categoría inferior a la del deportista en otro club, siempre que esta vinculación le permita mantener su proyección y alcanzar el máximo rendimiento.
  • Los deportistas deben tener 35 años o menos durante el período establecido en el artículo 2 de las presentes Bases (nacidos en 1991 y posteriores).
  • El límite de edad no será de aplicación a:
  • Deportistas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
  • Deportistas que, aun habiendo superado el límite de edad, acrediten resultados contemplados en el artículo 11, obtenidos en competiciones nacionales o internacionales en deportes olímpicos cuyas modalidades estén incluidas en el programa oficial.
  • Haber estado en posesión de licencia federativa expedida por una federación deportiva de la Comunidad Valenciana, siempre que exista esa federación en la Comunidad Valenciana, en el momento de obtención de los resultados deportivos que se valoren en la presente convocatoria. En el supuesto previsto en el apartado A.3, cuando los logros hayan sido obtenidos bajo licencia de una federación no registrada en la Comunidad Valenciana, la puntuación otorgada será del 80 % respecto del baremo previsto en el artículo 11.
  • Haber formado parte de selecciones nacionales o autonómicas de cualquier modalidad deportiva cuya federación esté reconocida por la Comunidad Valenciana o por el Consejo Superior de Deportes, habiendo participado en competición oficial.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. El objetivo es apoyar y promover la participación de deportistas locales en competiciones federadas durante la temporada 2025/2026 o anualidad 2026