Expedient 3712/2026 - COMPLEMENT AJUTS MENJADOR ESCOLAR CCVOC

1.1 Esta convocatoria se enmarca en las bases generales reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a la infancia y adolescencia, del Ayuntamiento de Badia del Vallès, aprobadas en sesión del Pleno Municipal de fecha 26 de febrero de 2020 y publicadas en el BOPB en data 16 de abril de 2020 https://cido.diba.cat/subvencions/11649315.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BADIA DEL VALLÈS.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 39.628,00 €. Inicio: 04/09/2026. Plazo: Fin: 04/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1 Las ayudas de comedor escolar van dirigidas a niños y adolescentes empadronados en el municipio de Badia de Vallès, inscritos en cualquier curso de enseñanza obligatoria y 2.º ciclo de educación infantil con fondos públicos, las familias de los cuales se encuentran en situación de dificultad social y/o económica.
  • 2 Quedan excluidas de esta convocatoria las familias que no hayan presentado previamente, a través del Ayuntamiento de Badia del Vallès, la soliicitud de ayuda de comedor del Consejo Comarcal del Vallès Occidental para el curso 2026-2027. Solo se podrán acoger las familias a las cuales el Consejo Comarcal del Vallès Occidental haya concedido una ayuda de comedor del 70%.
  • 3 Quedan excluidas de esta convocatoria las personas solicitantes que no estén al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad Social. Ajuntament de Badia del Vallès Avinguda Burgos s/n, Badia del Vallès. 08214 Barcelona. Tel. 937182216. Fax: 937.182.042 Codi Validació: 5SKWYFCN2RY6K79WXE56XSER3 Verificació: https://badiadelvalles.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 1 de 7
  • 4 Estar empadronado/ada en Badia del Vallès y cumplir el resto de requisitos establecidos en esta convocatoria.
  • 5 Haber presentado la solicitud dentro del plazo establecido, excepto los supuestos sobrevenidos previstos en la convocatoria.
  • COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES
  • 1 Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas económicas otorgadas para la misma finalidad por cualquier administración pública (diferente del Ayuntamiento de Badia del Vallès) o entidad de naturaleza privada, siempre que la suma de todas las ayudas, subvenciones o ingresos de la entidad beneficiaria por la misma finalidad no supere el coste total de la actividad a desarrollar.
  • 2 El beneficiario está obligado a comunicar a la administración municipal, si procede, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado.
  • 3 Dado el carácter finalista de la subvención que se concede a cargo de esta convocatoria, esta será incompatible con cualquier otra ayuda otorgada por el Ayuntamiento de Badia de Vallès para los mismos proyectos o actividades, sean mediante el convenio de colaboración, subvención u otras fórmulas de financiación.
  • PLAZOS PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES El calendario para la admisión de las solicitudes se iniciará a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 20 de septiembre de 2026. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de poder ampliar el calendario de presentación de solicitudes. Restará abierta la convocatoria fuera de plazo desde el 21 de septiembre hasta final de curso, para poder tramitar las solicitudes derivadas de situaciones sobrevenidas y/o nuevas matrículas que puedan llegar.
  • LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
  • TELEMÁTICA con carácter preferente, mediante la SEDE ELECTRÓNICA disponible en la página web de este Ayuntamiento y se encuentra en el enlace siguiente: badiadelvalles.sedelectronica.es
  • PRESENCIAL con carácter residual, en aquellos casos en que no sea posible la presentación telemática. Las solicitudes podrán presentar a la OAC (Oficina de Atención Ciudadana) del Ayuntamiento de Badia del Vallès. Ajuntament de Badia del Vallès Avinguda Burgos s/n, Badia del Vallès. 08214 Barcelona. Tel. 937182216. Fax: 937.182.042 Codi Validació: 5SKWYFCN2RY6K79WXE56XSER3 Verificació: https://badiadelvalles.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 2 de 7
  • Es imprescindible aportar la documentación que se detalla a continuación:  Solicitud  Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con una antigüedad máxima de tres meses.  Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, con una antigüedad máxima de tres meses.
  • AUTORIZACIONES La presentación de la solicitud implica la autorización, de todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar, para que el Ayuntamiento de Badia del Vallès pueda obtener de otras administraciones públicas la información que resulte necesaria para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, situaciones personales, de residencia, académicas y familiares, otras becas y ayudas obtenidas por la misma finalidad, como también la renta, prestaciones exentas como la renta garantizada de ciudadanía, ingreso mínimo vital y ayudas al alquiler de la vivienda, entre otros y patrimonio familiar necesario para la resolución de la solicitud de la ayuda. En caso de otorgamiento de la ayuda, se tendrá que firmar la autorización del endoso para poder efectuar el pago del importe derivado de la utilización del servicio de comedor escolar que se realice directamente en la escuela, la AMPA/AFA y/o la empresa que actúe como entidad colaboradora en la gestión de la subvención.
  • PLAZO DE RESOLUCIÓN El Ayuntamiento resolverá las solicitudes presentadas en un plazo máximo de tres meses.
  • ENMIENDA DE ERRORES Si las solicitudes no reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria, o no fueran acompañadas de la documentación necesaria, se requerirá al interesado que dentro del plazo máximo de cinco días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la recepción del requerimiento, enmiende los defectos observados, con el apercibimiento de que si no procede a la enmienda requerida, se archivará su solicitud sin más trámites.
  • CUANTÍAS DE LAS AYUDAS Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA El importe máximo total de las ayudas objeto de esta convocatoria, como previsión para el periodo de septiembre de 2026 a junio de 2027, será un gasto plurianual de
  • 628 € (treinta y nueve mil seiscientos veintiocho euros).
  • Gasto 2027: 22.612 euros. Ajuntament de Badia del Vallès Avinguda Burgos s/n, Badia del Vallès. 08214 Barcelona. Tel. 937182216. Fax: 937.182.042 Codi Validació: 5SKWYFCN2RY6K79WXE56XSER3 Verificació: https://badiadelvalles.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 3 de 7

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1.1 Esta convocatoria se enmarca en las bases generales reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a la infancia y adolescencia, del Ayuntamiento de Badia del Vallès, aprobadas en sesión del Pleno Municipal de fecha 26 de febrero de 2020 y publicadas en el BOPB en data 16 de abril de 2020 https://cido.diba.cat/subvencions/11649315.