Entidades socialesPersonas jurídicasES521 - Alicante / Alacant

EXP. 5682/2026.- SUBVENCION NOMINATIVA ANUALIDAD 2026 TEACTIVA.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMORADÍ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Promover la inclusión social de personas con diversidad funcional a través de actividades de ocio y cultura, visitando lugares como el Oceanogràfic y el Hemisfèric de Valencia, Biopark de Valencia y Terramítica en Benidorm.
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    Monitores. Cód. Validación: 3ZPKQNRPRM7JXPLP7NTKDSWQQ Verificación: https://almoradi.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 8
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    1. El beneficiario deberá realizar la/s actividad/es subvencionada/s en su totalidad, conforme a los términos de la solicitud presentada y en la misma anualidad en la que la subvención es concedida.
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    2. La responsabilidad en la ejecución de la/s actividad/es corresponderá exclusivamente al beneficiario de la subvención, por lo que el Ayuntamiento de Almoradí quedará exento de cualquier responsabilidad civil, mercantil o laboral o de cualquier clase derivada/s de la/s misma/s.
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    3. De producirse modificación con la/s fecha/s de realización de la/s actividad/es subvencionada/s o cualquier otra eventualidad que suponga alteración significativa de la/s misma/s, el beneficiario deberá comunicarlo al Ayuntamiento de Almoradí.
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    4. En la publicidad o divulgación de la/s actividad/es, siempre que ésta/s se realice/n con posterioridad a la concesión de la subvención, habrá de figurar la colaboración del Excmo. Ayuntamiento de Almoradí, debiendo aparecer, además, de forma destacada, su logotipo en los medios de difusión impresa y/o digital.
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    1. Su cuantía en ningún caso podrá exceder de la consignación nominativa prevista en el Presupuesto General vigente de este ayuntamiento, ni superar el 100% del coste de la/s actividad/es a desarrollar por el beneficiario.
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    2. Será compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados, quedando el beneficiario obligado a comunicar al Ayuntamiento de Almoradí la obtención de otras subvenciones, ayudas y recursos que financien el objeto de la subvención. En todo caso, el importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que en concurrencia con esas otras subvenciones, ayudas o recursos se supere el coste total de la/s actividad/es subvencionada/s.
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    3. Si el referido coste, aun ejecutándose la/s actividad/es en su totalidad, resultara ser inferior en relación a la subvención concedida, ésta se reducirá proporcionalmente.
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    SUBVENCIONADA/S Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR.
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    1. El beneficiario deberá justificar la realización de la/s actividad/es subvencionada/s, mediante la presentación de la siguiente documentación , a través del digitalizada trámite ubicado(ADMINISTRACIÓN GÉNERAL/ Subvenciones/ Justificación de subvención) en la de este Ayuntamiento , o porSede Electrónica (https://almoradi.sedelectronica.es) Cód. Validación: 3ZPKQNRPRM7JXPLP7NTKDSWQQ Verificación: https://almoradi.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 8
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    de subvenciones debidamente cumplimentada y firmada por elCuenta Justificativa beneficiario o su representante (Presidente/a de la entidad), conforme al modelo establecido por este ayuntamiento y disponible el trámite citado anteriormente.
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    o demás documentos de valor probatorio equivalente con validezFacturas originales en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, previamente estampilladas , en el mismo orden relacionadas en la cuenta justificativa.por este Ayuntamiento
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    del gasto subvencionado Forma de pago (a través de la cuenta corriente cuyo , que se expresará en la factura otitular sea la entidad beneficiaria de la subvención)
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    mediante recibí firmado sobre el propio documento con indicaciónPago en efectivo: del nombre y apellidos de quien recibe los fondos y su DNI, solo será válido para gastos .inferiores a 100,00 euros (IVA incluido)
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    mediante incorporación a la factura de copia o fotocopia delCheque nominativo: cheque y presentación, para su cotejo, del cargo bancario del citado cheque sellado por la entidad bancaria.
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    mediante la presentación del cargo bancarioTarjeta de crédito o débito: correspondiente, sellado por la entidad bancaria.
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    mediante la presentación, para su cotejo, del cargo bancario de laTransferencia: indicada transferencia sellado por la entidad bancaria.
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    mediante presentación del cargo bancario correspondiente,Domiciliación bancaria: sellado por la entidad bancaria. Las facturas deberán contener los requisitos legales que establece el Real Decreto 1619 /2012, de 30 de noviembre (Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación) y, en todo caso, deberán estar fechadas en el ejercicio económico para el .que se haya concedido la subvención La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante ,facturas electrónicas siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. Excepcionalmente, tratándose de gastos no susceptibles de justificación mediante facturas, será admisible y a consideración del Excmo. Ayuntamiento de Almoradí la emisión de recibos , .originales previamente estampillados por este Ayuntamiento Cód. Validación: 3ZPKQNRPRM7JXPLP7NTKDSWQQ Verificación: https://almoradi.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 8
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    Ayuntamiento de Almoradí Plaza de la Constitución, nº 1, Almoradí. 03160 (Alicante). Tfno. 965700101. Fax: 966780104 Junto con los o divulgación de la/s actividad/es subvencionada/s, gastos de publicidad se aportará la inserción publicitaria realizada en medios de difusión (cartelería, prensa, conforme lo dispuesto en el núm. 2.4.radio, televisión, redes sociales, etc.) Los se justificarán a través de de; recibos de nóminasgastos de personal originales firmadas, junto con el justificante del pago de las mismas, boletines de cotización a la Seguridad Social modelo , junto con el justificante del pago de los mismos, relaciónTC-1 nominal de trabajadores modelo , retenciones e ingresos a cuenta del IRPF TC-2 modelo , junto con el justificante del pago de los mismos y resumen anual, 111 modelo 190 , en el mismo orden relacionados enpreviamente estampillados por este Ayuntamiento la cuenta justificativa.

Gastos y actuaciones

  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    5. Si no se presentaren todos los documentos indicados o adolecieren de deficiencias u omisiones, se requerirá al beneficiario de la subvención para que aporte o subsane dichas deficiencias u omisiones en el plazo que se señale, que no podrá ser inferior a diez días.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    6. En casos debidamente motivados o cuando se tenga previsto realizar actividades durante el mes de diciembre, el órgano concedente podrá, previa solicitud por escrito del beneficiario, conceder una ampliación del plazo de justificación que no podrá exceder de la mitad del mismo y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    1. Para que la subvención pueda ser abonada al beneficiario por la cantidad concedida, el importe de los gastos justificados deberá alcanzar como mínimo dicha cantidad (2.500 € euros).
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    2. Si el importe de los gastos justificados fuera inferior a la cantidad concedida como subvención, y siempre y cuando la/s actividad/es haya/n sido ejecutada/s en su totalidad, ésta quedará reducida proporcionalmente conforme al gasto justificado, y si se hubiese percibido, el beneficiario estará obligado al reintegro correspondiente.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    3. En el caso de que el beneficiario hubiese obtenido otras subvenciones, ingresos o recursos que, sumados a la subvención concedida, excedieran de los gastos justificados, dicha subvención quedará reducida proporcionalmente conforme resulte de la redistribución de la financiación total obtenida para el objeto de la subvención en función del gasto justificado.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    4. En el supuesto de que esas otras subvenciones, ingresos o recursos se obtuviesen después de haber percibido la subvención y se diera la circunstancia prevista en el párrafo anterior, el beneficiario estará obligado al reintegro correspondiente.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    De forma anticipada el tras la firma del presente convenio, en concepto de75% provisión de fondos para el inicio de la/s actividad/es subvencionada/s.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    El restante una vez acreditada la ejecución de la/s actividad/es subvencionada/s,25% en la forma y plazo fijado en el presente convenio. No se procederá al libramiento de nuevos pagos hasta que no se haya justificado el gasto correspondiente al anticipo.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    1. El Ayuntamiento de Almoradí, previa tramitación de expediente en el que se dará audiencia al beneficiario, podrá acordar la pérdida del derecho del mismo a percibir la
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Si los justificantes de los gastos que acrediten la ejecución de la/s actividad/es, no se presentaran en el plazo fijado en el presente convenio, o bien durante su prórroga, en el caso de haber sido concedida la misma conforme al núm. 4.6.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Si los indicados justificantes no se presentaran en debida forma y no se completasen o subsanasen los defectos u omisiones por el beneficiario, en el plazo que se fije en el correspondiente requerimiento.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Si no se justificara haber ejecutado la/s actividad/es subvencionada/s en su totalidad. Cód. Validación: 3ZPKQNRPRM7JXPLP7NTKDSWQQ Verificación: https://almoradi.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 8
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Si el beneficiario incumpliera las obligaciones que le corresponden conforme al presente convenio, o se produjera una alteración de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    2. No obstante lo dispuesto en el anterior núm. 7.1, letra c), si la actividad no hubiera sido realizada en su totalidad, el beneficiario podrá solicitar le sea abonada la porción de la subvención municipal proporcional a lo ejecutado, debiendo en la solicitud exponer las razones que han impedido realizar la/s actividad/es y acompañar en debida forma los justificantes señalados en el núm. 4.1 correspondientes a lo realizado. El Ayuntamiento de Almoradí podrá acceder a lo solicitado, disponiendo en la resolución que se adopte el abono de la subvención en la parte proporcional y dejando sin efecto el resto correspondiente a la/s actividad/es no ejecutada/s.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    OCTAVA.- COMPROBACIÓN. Además de las expuestas, el Ayuntamiento de Almoradí podrá llevar a cabo cuantas actuaciones materiales y formales estime oportunas para la comprobación de la adecuada justificación de la subvención, la realización de su objeto y el cumplimiento de las condiciones a que quede sujeta la misma.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    NOVENA.- REINTEGRO. El beneficiario queda obligado al reintegro de la subvención percibida, en la parte que corresponda, en el caso de concurrencia con otras subvenciones, ayudas o recursos, para la misma finalidad que, sumadas a la subvención municipal, superasen los gastos justificados, así como en el supuesto de producirse alguna de las causas de reintegro señaladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social