EXP. 2025/9771 CONVENIO SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2025 AMPA PERE ROSSELLO DE CALONGE

Este convenio tiene por objeto la concesión de una ayuda técnico y económico por parte del Ayuntamiento de Calonge y Sant Antoni a favor de AFA ESCUELA PERE ROSSELLÓ, que tiene entre sus fines sociales, conseguir la mejora de la calidad de la enseñanza y una formación y educación global, los cuales se consideran de interés general y que complementan o suplen las competencias locales. Las actividades que debe realizar AFA ESCUELA PERE ROSSELLÓ que son objeto del presente

En resumen: Está orientada a AMPAS, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CALONGE.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Las previstas a el artículo 5 de las Bases reguladoras de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Calonge y Sant Antoni.
  • Presentar la programación de las actividades subvencionadas antes del 31 de diciembre de 2025, que sirve para justificar la acción de fomento y para controlar su cumplimiento.
  • Haber realizado las actividades subvencionadas en el plazo previsto al pacto segundo de este convenio.
  • Haber presentado al Ayuntamiento la documentación siguiente:
  • Formulario de solicitud de la subvención, debidamente acompañado de la documentación correspondiente.
  • Formulario de declaración responsable necesaria por a solicitar subvenciones.
  • Formulario de autorizaciones y declaraciones diversas.
  • Formulario del cuenta justificativo (ver pacto sexto del presente convenio). Estos formularios son documentos normalizados que figuran publicados a la página web del Ayuntamiento de Calonge y Sant Antoni https://www.calonge.cat/ajuntament/subvencions
  • Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento de Calonge y Sant Antoni en todas las publicaciones, anuncios y folletos divulgativos de las actividades subvencionadas.
  • Cuando el importe de la subvención sea superior a 10.000, - euros deberá comunicarse la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, a efectos de hacerlas públicas, conforme a lo previsto en el artículo 15.2 Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Cuando la subvención supere el 40% de los ingresos totales anuales del beneficiario, siempre que la subvención exceda de 5.000 €, la entidad beneficiaría deberá dar cumplimiento a la Ley 19/2014 de la transparencia a las obligaciones del título II de la ley según su arte. 3.4 (Transparencia activa). Las obligaciones de publicidad activa deben hacerse efectivas mediante la web de transparencia de la asociación o fundación.

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables · eligible
    Se consideran gastos subvencionables aquellos que responden a la naturaleza de la actividad subvencionada, resultan estrictamente necesarios y han sido realizados antes de la finalización del período de realización de la actividad. Se considerará que un gasto ha sido realizado cuando haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de la cuenta justificativa.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Plaça de la Concòrdia, 7 17251 Calonge i Sant Antoni Tel. 972 66 03 75 www.calonge.cat Consecuentemente, no se aceptarán gastos el pago de las cuales no haya estado satisfecho antes del plazo de presentación de la cuenta justificativa. Sin embargo, y cuando concurran causas excepcionales de falta de tesorería por parte del beneficiario que sean debidamente justificados por el órgano gestor, podrán aceptarse determinados gastos destinados a la actividad subvencionada que no hayan sido pagados. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías para la formalización de contratos menores, previstas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el beneficiario deberá solicitar al menos tres ofertas de distintos proveedores. Los tributos podrán considerarse gasto subvencionable cuando hayan sido efectivamente abonados por el beneficiario. En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos susceptibles de recuperación.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de cuentas bancarias.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Las gastos procedimientos judiciales. Las gastos subvencionables habrán de acreditarse mediante la presentación de los correspondientes documentos acreditativos (facturas, nóminas, boletines de cotización a la seguridad social, otros) acompañados de los comprobantes bancarios de pago.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Subcontratación de actividades subvencionadas AFA ESCUELA PERE ROSSELLÓ podrá subcontratar la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención, en los términos previstos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La actividad subvencionada que el beneficiario subcontrate con terceros no podrá exceder del 50% del importe de la actividad subvencionada. Queda prohibida la subcontratación total o parcial de las actividades subvencionadas con personas
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Que la contratación se efectúe de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Que se obtenga autorización previa de el órgano concedente de la subvención. Se entiende por personas o entidades vinculadas con el beneficiario las previstas a el artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Financiación de las actividades subvencionadas El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de una cantidad que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Plazo y forma de justificación de la subvención La presentación de la cuenta justificativa deberá realizarse, en el plazo de tres meses desde la finalización del período de realización de la actividad subvencionada que se detalla en el pacto segundo anterior, y como máximo, antes del 31 de enero del ejercicio siguiente al de su finalización. La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario, en el que deberán incluirse, bajo la responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención. El cuenta justificativo, presentado en el modelo normalizado que figura a la página web del
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Declaración responsable de realización de la actuación, firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria, solicitando el pago de la subvención.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Certificado del secretario de la entidad acreditante que el representante que firma la declaración responsable obra en virtud del cargo correspondiente y tiene competencia para ello.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Una memoria detallada de la actividad realizada y de los resultados obtenidos, adjuntando, si en su caso, la documentación impresa generada por la actividad.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Una memoria económica de la actuación subvencionada, con información detallada de los gastos incurridos, indicando su fecha de pago.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Una copia de todos los comprobantes de gastos incluidos en la memoria económica junto con la documentación que acredite su pago. Los gastos tendrán que acreditarse mediante facturas y otros documentos con valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas deberán reunir los requerimientos previstos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, de aprobación del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Documentación acreditativa de las medidas de difusión efectuadas por parte de la entidad beneficiaria.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, así como de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, si no consta en el expediente. En este caso, el beneficiario podrá autorizar a el Ayuntamiento por tal que pueda obtener las oportunas certificaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Pago de la subvención El pago de la subvención se realizará previa justificación por parte de la entidad de la actividad subvencionada y siempre que se haya acreditado el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de Seguridad Social y fiscales con el Ayuntamiento. El pago se efectuará en el plazo máximo de dos meses desde la presentación de la cuenta justificativa, siempre que ésta reúna todos los requisitos que se especifican en el pacto sexto anterior.
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Reintegro de la subvención En su caso, la entidad beneficiaria deberá proceder al reintegro de las cantidades satisfechas en los
  • En ninguna caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    En casos de declaración de nulidad del acuerdo de concesión, en los términos previstos en el

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Este convenio tiene por objeto la concesión de una ayuda técnico y económico por parte del Ayuntamiento de Calonge y Sant Antoni a favor de AFA ESCUELA PERE ROSSELLÓ, que tiene entre sus fines sociales, conseguir la mejora de la calidad de la enseñanza y una formación y educación global, los cuales se consideran de interés general y que complementan o suplen las competencias locales. Las actividades que debe realizar AFA ESCUELA PERE ROSSELLÓ que son objeto del presente