Personas físicasES614 - Granada

Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad de Granada, de 15 de septiembre de 2026 por la que se publican las bas…

Título oficial: Resolución del Vicerrector de Innovación Social, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad de Granada, de 15 de septiembre de 2026 por la que se publican las bases reguladoras y se convoca el X Concurso de Ideas “UGR Emprendedora”

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES614 - Granada. La gestiona UNIVERSIDAD DE GRANADA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 13.800,00 €. Inicio: 24/09/2026. Plazo: Fin: 29/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Para la participación en la Fase I, cada equipo participante deberá aportar: ● Formulario cumplimentado , que podrá descargar en el procedimiento habilitado en la sede electrónica de la Universidad de Granada : https://sede.ugr.es/procs/Emprendimiento-Concurso- de-Ideas-UGR-Emprendedora/ ● Currículum Vitae de cada uno de los miembros del equipo. Si durante el proceso, la composición del equipo varía, ésta deberá ser notificada a la Dirección de Emprendimiento a través del e-mail: ugremprendedora@ugr.es, como límite siete días naturales antes a la celebración de la final clasif icatoria de la fase I o de la gran final de la fase II. La exclusión de personas podrá suponer el cambio de centro por el que concursa (en caso de realizarse antes de la fecha prevista en la Fase I), o la exclusión de la Fase II si la/s persona/s excluida/s eran las que daban derecho a participar en el centro por el que se presentaron. En todo caso, los premios se considerarán otorgados a la última versión de la composición del equipo notificada a UGR Emprendedora. No aportar la documentación anteriormente requerida en su totalidad es motivo de exclusión del concurso.
  • SÉPTIMA. CRITERIOS DE SELECCIÓN En la Fase I, los equipos participantes de cada centro dispondrán de 5 minutos para exponer su idea al Comité de Selección. No obstante, en los centros en que se presenten más de 15 ideas, se podrá reducir el tiempo de exposición asignado. El orden de las exposiciones seguirá un orden aleatorio, fijado y comunicado a los participantes al comienzo de la sesión. Tras la exposición de cada proyecto, los miembros del comité podrán realizar preguntas a los participantes. En la Fase II, serán 10 minutos por proye cto (5 de exposición y 5 de preguntas). Para la selección de los ganadores en la fase I, los Comités de Selección tendrán en cuenta los
  • OCTAVA. DOTACIÓN DE LOS PREMIOS DEL CONCURSO. Fase I. El ganador de cada centro y el primer clasificado en BREAKER I y II recibirán un premio en metálico de 400€, siempre y cuando participe en la Fase II del concurso, habiendo entregado toda la documentación requerida en esta fase. Asimismo, podrá recibir asesoramiento técnico por parte de la Dirección de emprendimiento para la materialización de su idea en un plan de empresa. Fase II. Gran Final. Se otorgarán tres premios en la gran final del X Concurso de Ideas “UGR Emprendedora”, valorados
  • económicamente en: ● 1er Premio: 2.000€ ● 2º Premio: 1.000€ ● 3er Premio: 800€ A los premios concedidos se aplicará la correspondiente retención que, en su caso proceda, siendo responsabilidad del ganador, en todo caso, declarar el premio y asumir los posibles costes fiscales del mismo. Los premiados deberán aportar la documentación requerida para liquidar el premio. No se liquidarán estos premios si en el plazo de un mes desde que se solicite la documentación no la presentan.
  • NOVENA. ABONO DEL PREMIO Y REINTEGRO DE CANTIDADES El premio será abonado de manera individual a cada uno de los participantes. En los supuestos en los que las resoluciones del procedimiento sean objeto de anulación, así como en los casos establecidos en los artículos 37 y 40 de la Ley General de Subvenciones, el beneficiario deberá reintegrar las cantidades percibidas.
  • DÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD Se garantiza la confidencialidad en todo el proceso del Concurso por parte de la organización del mismo y los miembros de los Comités de Selección. Si en la Gran Final alguien quisiera asistir como público, deberá firmar previamente un acuerdo de confidencialidad. Sí serán de dominio público los títulos de los proyectos presentados y aquellos detalles cuya divulgación sea acepta da por los autores como necesarios para obtener notoriedad pública, incluyendo aquellos expuestos en las finales donde participen. Firma (1): ESTEBAN ROMERO FRIAS En calidad de: VICERRECTOR DE INNOVACIÓN SOCIAL,

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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