Personas jurídicasES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

POR LA CUAL SE EFECTÚA UNA TRANSFERENCIA PARA EL PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE LA COMUNID · 2026

Título oficial: RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES, POR LA CUAL SE EFECTÚA UNA TRANSFERENCIA PARA EL PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. LÍNEA T0111000. EJERCICIO 2026.

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona SECRETARÍA AUTONÓMICA DE UNIVERSIDADES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 296.106,31 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Relación justificativa de las actividades realizadas, firmada por el órgano competente, con indicación de la actividad formativa realizada y el número total del alumnado matriculado en cada actividad.
  • Certificado firmado por la Gerencia de la universidad, que contenga la relación clasificada de los gastos realizados imputados a cada actividad formativa realizada, identificando: el acreedor, las facturas u otros documentos probatorios equivalentes, el importe, fecha de emisión y fecha de pago, así como la suma total de todos los gastos relacionados. Los gastos que pueden imputarse a esta línea son, entre otros, los gastos de personal de la universidad (propio, contratado o que pueda contratar a efectos de esta resolución). Quedan comprendidos en este concepto las retribuciones del personal que partici pó en la preparación y realización de las diferentes actividades, pudiéndose incluir salarios, seguros sociales y, en general, todos los costes imputables a este personal en el ejercicio de tales actividades.
  • Certificado firmado por la Gerencia de la Universidad, acreditativo de la aplicación de los fondos al plan de formación continua del ejercicio 2026.
  • Certificado firmado por la Gerencia de la universidad con indicación de que el importe de la transferencia de la Generalitat correspondiente a su universidad, junto con otros ingresos, subvenciones o ayudas que hayan financiado las actuaciones objeto de la transferencia, no superan el coste total de dichas actuaciones. La documentación original a la que se refieren los apartados anteriores, acreditativa de las actuaciones y de los gastos realizados, deberá encontrarse en las dependencias de la universidad, CSV:3AD93BVR:Z4K327CR:4RJ4GKHM URL de validación:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=3AD93BVR:Z4K327CR:4RJ4GKHM CSV:KUUMCE3Z:8D2BLSZY:V13Y85KN URL de validación:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=KUUMCE3Z:8D2BLSZY:V13Y85KN
  • 3 a disposición de la Generalitat y de la Sindicatura de Cuentas. De conformidad con el que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción co ntencioso-administrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recorrido potestativamente en reposición o bien se podrá plantear directamente el recurso contencioso -administrativo, en los

Documentos y fuente oficial

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Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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