Personas jurídicasES62 - REGION DE MURCIA

EDU Concesion de subvenciones a centros sostenidos con fondos publicos por el procedimiento de concurrencia competitiva · 2026/2027

Título oficial: EDU Concesion de subvenciones a centros sostenidos con fondos publicos por el procedimiento de concurrencia competitiva para la realizacion de una experiencia de presupuestos participativos en centros edcativos ene el curso academico 2026-2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 220.000,00 €. Inicio: 14/08/2026. Plazo: Fin: 30/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Presidente: El Jefe de Servicio de Educación o persona en quien delegue.
  • Vocales: Dos empleados municipales de la Unidad de Presupuestos Participativos de la Concejalía de Educación.
  • Secretario: Un funcionario de la Concejalía de Educación que actuará con voz pero sin voto. En su funcionamiento, la Comisión de Evaluación, como órgano colegiado, se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, pudiendo requerir a los interesados documentación complementaria para mejor provee r, a través de la unidad instructora. 8º.- CRITERIOS DE VALORACIÓN. Para la valoración de las solicitudes, la Comisión de Evaluación tendrá en cuenta los siguientes criterios, que sumarán hasta un total de 21 puntos, distribuidos de la siguiente
  • 1. Proyecto Pedagógico (hasta 13 puntos) sobre una Experiencia a realizar de Presupuestos Participativos en el centro educativo que se presenta.
  • Fundamentación, entorno social del centro, objetivos, metodología, actividades y evaluación (1 punto por apartado, total 6 puntos).
  • Ajuste al número total de páginas (hasta 12 = 1 puntos).
  • Se tendrá en cuenta la Calidad del proyecto que vendrá definida por los siguientes
  • 2. Inclusión en la PGA con compromiso de la comunidad educativa (hasta 3 puntos) Se acreditará mediante certificado expedido por el secretario/a del centro en el que se haga
  • Fechas de aprobación por claustro (1 punto) y consejo escolar (1 punto) de la inclusión del Proyecto de Presupuestos Participativos en la Programación General Anual del centro educativo con la finalidad de poder trabajar este proyecto desde la transversalidad que nos ofrecen las distintas áreas educativas.
  • Relación de votos favorables con respecto al total, en ambos órganos. Se valorará contar con el más amplio apoyo tanto en el Claustro de profesores como en el Consejo Escolar. (0,5 puntos por órgano).
  • 3. Número de alumnos del centro educativo (hasta 1 punto) Se acreditará mediante certificado expedido por el secretario/a del centro: más de 250 alumnos (1 punto) menos de 250 alumnos (0,5 puntos).
  • 4. Implicación del centro en otras actuaciones (hasta 2 puntos)
  • Campañas medioambientales (0,5 p).
  • Actuaciones de igualdad de género e inclusivas (0,5 p).
  • Fomento de hábitos de vida saludable (0,5 p).
  • Propuestas de educación en valores (0,5 p). Se acreditará mediante certificado expedido por el secretario/a del centro en donde hará una relación de las actuaciones en las que su centro está implicado.
  • 5. Coordinador/a del proyecto (hasta 1 punto) Será uno o varios profesores del centro debiendo tener al menos uno de ellos, la condición de profesor/a con destino definitivo en el centro. También se valorará la implicación del equipo directivo en el proyecto. Se acreditará mediante certificado expedido
  • 6. Adecuación al proceso real de las votaciones (hasta 1 punto) Desarrollo en el proyecto elaborado de forma completa y rigurosa de todos los elementos de una votación real: censo, constitución de mesas, designación de titulares y suplentes, listados de participación, carnés identificativos del alumnado y papeletas con las opciones de voto claramente diferenciadas. Todos los criterios deberán ir acreditados como se ha ido indicando en cada uno de ellos y se presentarán unidos a la instancia general, solicitud/ANEXOS. (*) La ausencia de presentación de la debida certificación acreditativa se entenderá como que no se cumple el criterio. Para la determinación de la cuantía de la subvención a conceder se seguirá el sistema del prorrateo del importe global máximo, regulado en la Ley General de Subvenciones, para
  • 1. La publicidad de las subvenciones deberá realizarse a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, conforme establece el RD 130/2019 por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. En aplicación de los principios recogidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la BDNS operará como sistema nacional de publicidad de las subvenciones. La BDNS dará traslado al BORM del extracto de la convocatoria, para su publicación, según lo establecido en el artículo 20 de la LGS. La resolución definitiva de la concesión se publicará en la web municipal y será notificará a los interesados al correo electrónico expresado a tal efecto.
  • 2. Los beneficiarios estarán obligados a difundir que la actividad está subvencionada por el Ayuntamiento de Cartagena, con inclusión de su escudo oficial en todo material de publicidad que utilice, así como en las redes sociales del Centro Educativo.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Educación