Personas jurídicasES512 - Girona

Dinamización de los barrios de Girona

El objeto de la convocatoria es la adjudicación de la subvención para la dinamización de los barrios de Girona, las cuales se regulan en las bases aprobadas por acuerdo de Pleno de fecha 20 de abril de 2026, publicadas en el BOP núm. 80, en fecha 28 de abril de 2026. El objeto de esta convocatoria es regular el proced imiento para la concesión de subvenciones dirigidas a las asociaciones de vecino s y vecinas de la ciudad para el desarrollo de determinados proyectos de dinamización y de cohesión entre el vecindario, así como de promoción de los actos populares tradicionales en los barrios de la ciudad de Girona en el año 2026…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GIRONA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Estar legalmente constituidas, y tener la sede soci al y desarrollar la actividad objeto de la subvención en el mismo barrio.
  • Estar inscritas en el Registro General de Entidades del Ayuntamiento y estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayunt amiento de Girona, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias previs tas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Las entidades solicitantes deberán haber justificad o cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de Girona. Con la solicitud, firmada por la persona interesada , hay que acompañar la
  • documentación siguiente: Las entidades deberán presentar el modelo de solicitud específico que se encuentra en
  • la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Girona: https://seu.girona.cat/portal/girona_ca/serveis/e-registre/AaZ/1129.html rellenando obligatoriamente el formulario en línea con toda la información sobre el proyecto que se presenta, así como el documento Exc el sobre el presupuesto https://seu.girona.cat/cdn/dades/tramits/e-tram/pressupost-Dinamitzacio.xlsx que se encontrará dentro del apartado del trámite. En caso de no autorizar al Ayuntamiento de Girona a consultar y obtener los certificados emitidos por la Agencia Tributaria y la Seguridad S ocial de estar al corriente de las obligaciones fiscales, las entidades deberán presentar estos documentos.
  • Plazo de presentación de las solicitudes La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 dí as hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona.
  • Forma de presentación de las solicitudes La solicitud se debe presentar en el registro gener al de entrada del Ayuntamiento de Girona a través de la Sede Electrónica.
  • Criterios de valoración La comisión de valoración formulará una propuesta de resolución con base a los criterios
  • Si el proyecto da soporte a los creadores y artis tas de comarcas gerundenses, sumarán 1 punto más.
  • Si el contenido del proyecto o su equipo gestor c ontempla la aplicación de la paridad y la perspectiva de género, sumará 1 punto más.
  • Si el contenido del proyecto contempla el fomento de la accesibilidad, sumará 1 punto más.
  • Si el contenido del proyecto contempla la gestión medioambiental, sumará 1 punto más.
  • En función del tramo de población del barrio, sum ará: Más de 3.000 habitantes: 3 puntos De 1.000 a 3.000 habitantes: 2 puntos Hasta 1.000 habitantes: 1 punto Estos últimos criterios de valoración permiten suma r hasta un máximo total de 42 puntos. En caso de empate en la puntuación obtenida, y para el supuesto que no se puedan otorgar todas las subvenciones con la misma puntuac ión, se fija como criterio de desempate la entrada de la solicitud de la subvenci ón, de manera que se otorgará la subvención a quien haya entrado primer la solicitud per registre de entrada.
  • Cuantía individual de la subvención Se garantiza un importe mínimo de la subvención de mil quinientos euros (1.500 €) por entidad, siempre que el coste del proyecto sea igual o superior a esta cantidad, que la entidad consiga la calificación mínima que se estab lecerá en la convocatoria y que la recepción de esta subvención o de otras ayudas no suponga superar el coste total del proyecto.
  • Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento La instructora del procedimiento para el otorgamien to de la subvención es Glòria Rodríguez Martínez, personal administrativo adscrita a la Sección de Participación. La resolución de la concesión o denegación de la subvención le corresponde a la Junta de Gobierno Local.
  • Composición de la comisión de valoración El órgano colegiado competente para la valoración de las solicitudes es la comisión de
  • Presidencia: Teresa Salvador Marín, técnica superior de Participación y Atención a la Ciudadanía.
  • Vocal: Narcís Turon Pèlach, jefe de área de Cultura, Deportes y Educación.
  • Secretaria: Pilar Buil Fata, jefa de sección de Servicios Educativos.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[16402].extracted_segments[0]

El objeto de la convocatoria es la adjudicación de la subvención para la dinamización de los barrios de Girona, las cuales se regulan en las bases aprobadas por acuerdo de Pleno de fecha 20 de abril de 2026, publicadas en el BOP núm. 80, en fecha 28 de abril de 2026. El objeto de esta convocatoria es regular el proced imiento para la concesión de subvenciones dirigidas a las asociaciones de vecino s y vecinas de la ciudad para el desarrollo de determinados proyectos de dinamización y de cohesión entre el vecindario, así como de promoción de los actos populares tradicionales en los barrios de la ciudad de Girona en el año 2026. El periodo en que se ejecutarán los proyectos será entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año.