Personas jurídicasES62 - REGION DE MURCIA

DIALOGO SOCIAL Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2026 (MODALIDAD 1) - FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO

1. La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia co mpetitiva, las subvenciones destinadas a la realización de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva , en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SEF).

● Cerrada

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Qué necesitas

  • En relación con los pla nes de formación del artículo 3. a) podrán ser
  • En relación con los planes de formación del artículo 3 .b) podrán ser beneficiarias las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales q ue estén legitimadas para la negociación colectiva en un ámbito geográfico y funcional específico que no sobrepase los límites de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de acuerdo con los artículos 87.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de estos fines. No podrán ser beneficiarias las organizaciones que se encuentren integradas en una entidad de ámbito federal o confederal más a mplia, cuando la Federación o la Confederación de la que formen parte sea también beneficiaria de estas subvenciones.
  • En el caso de que el solicitante sea una fundación u otra entidad vinculada con una organización sindical o empresarial, sustituirá a esta última a todos los efectos previstos en esta convocatoria.
  • Los requisitos para obtener la condición de beneficiario serán exigibles, en todo caso, con anterioridad a que el órgano instructor dicte la propuesta de resolución definitiva, a la que s e refiere el artículo 18.4, de acuerdo con los artículos 11.b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, y 14.1.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hacer constar el carácter público de la financiación de la actividad subvencionada. La beneficiaria deberá incluir en las actividades de información y difusión de las actividades formativas, publicaciones, materiales didácticos, aulas o talleres de impartición, plataformas informáticas, entre otros, el logotipo del SEF y/o del SEPE, según proceda.
  • Nombre del plan y de sus actividades formativas.
  • Plazo de inscripción de las personas interesadas.
  • Nombre de la entidad de formación y número de teléfono. Si la beneficiaria posee sitio web, podrá hacer una breve descripción de la actuación, incluyendo objetivos y resultados. Deberá colocarse en un lugar visible, al menos, un cartel con información sobre la actuación de un tamaño mínimo A3.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control a efectuar por el personal del SEF, o de otras entidades públicas o privadas autorizadas por éste. Este personal podrá, en cualquier momento, y por cualquier medio, presencial o telemático, solicitar información o realizar comprobaciones o requerimientos de documentación sobre los datos aportados por personas interesadas y beneficiarias, así como del destino dado a las subvenciones obtenidas. Igualmente, las beneficiarias estarán obligadas a colaborar con las personas o entidades que, en su caso, acredite el SEF para llevar a cabo la evaluación externa relativa a la calidad técnica de las acciones subvencionadas.
  • Facilitar, a partir del momento en que la beneficiaria realice la difusión de las actividades, la información relativa a los contenidos sobre los que versan a toda persona interesada en participar en ellas.
  • Informar al participante, al inicio de la actividad formativa, de sus derechos y obligaciones, así como poner a su disposición en el lugar de impartición de una copia de la “Guía de Desarrollo de la Acción”.
  • Comunicar en el momento en que se produzca al SEF, en la form a prevista en la instrucción de seguimiento, las renuncias, no presentaciones y abandonos de la formación por parte de los trabajadores, con indicación de las causas de dichas circunstancias.
  • No incurrir en el falseamiento de los datos contenidos en la solicitud o en las comunicaciones y certificados presentados al SEF.
  • Comunicar al SEF la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Estos ingresos serán incompatibles con la subvención destinada a la misma finalidad, por lo que ésta será minorada en la cantidad ya percibida.
  • Llevar una contabilidad separada o código contable adecuado, respecto de todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada y disponer de un sistema informatizado de registro y almacenamiento de datos contables.
  • Cumplir con las demás obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, e n la normativa de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral y demás normativa que resulte de aplicación, en lo no previsto expresamente en este artículo.
  • documentation
    La solicitud de subvención así como la documentación requerida junto con la solicitud, deberá registrarse obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la CARM, a través del procedimiento nº 2234 Subvenciones destinadas a la realización de planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados. Tras su finalización, la entidad podrá descargase el correspondiente documento acreditativo de su presentación telemática.
  • documentation
    Los documentos e informaciones que deben acompañarse a la solicitud
  • documentation
    Una memoria descriptiva del plan de formación que contenga el planteamiento general de la propuesta; el diseño y el contenido; los objeti vos y los resultados esperados; y la metodología de desarrollo.
  • documentation
    Actividades formativas a realizar, justificación de su conveniencia y adecuación de la propuesta; número de participantes y horas; y objetivos.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia co mpetitiva, las subvenciones destinadas a la realización de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva , en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para 2026.