DEPORTISTAS 2025/2026 o 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Deportistas, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Deportistas, Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Participen, a título individual, en modalidades deportivas incluidas en el programa oficial olímpico y/o paralímpico, categoría absoluta en la temporada 2025/2026 o 2026, considerando como fecha de finalización de la temporada el día 20 de octubre de 2026.
  • Estén incluidos en puestos destacados en el ranking nacional de su modalidad y cuyos resultados deportivos de competición obtenidos en la temporada 2025/2026 o 2026 (hasta el día 20 de octubre de 2026) se ajusten a los criterios recogidos en la base séptima.
  • Estén en posesión de licencia federativa, emitida por la Federación Deportiva correspondiente, en el momento de la solicitud de la ayuda y haberla tenido al menos en la temporada anterior a la de la publicación de la Convocatoria (acreditado mediante el hi storial certificado por la Federación correspondiente).
  • Estén empadronados en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia de León con una antigüedad mínima de 1 año en caso de no ser naturales de esos municipios. No podrán obtener la condición de beneficiarios los que lo sean de convocatorias que premien idénticos resultados deportivos correspondientes al mismo periodo, concedidas dentro de programas que promueva y desarrolle la Diputación de León para la misma actividad.
  • Los beneficiarios deberán cumplir, junto con las obligaciones impuestas en el art. 7 de la
  • Adoptar medidas de difusión del patrocinio de la Institución Provincial: deberá constar el logotipo de la Diputación de León en las redes sociales del deportista, que se mantendrá desde la notificación de la resolución de concesión de la subvención hasta la aprobación de la documentación justificativa.
  • Estas actuaciones deberán acreditarse documentalmente en el momento de la justificación de la ayuda concedida, mediante la presentación de la dirección web, capturas de pantalla de las redes sociales del deportista y documentos gráficos mediante los que se pueda comprobar que en la difusión se promociona la imagen Diputación Provincial de León. Publicidad que deberá tener análoga relevancia a las medidas de difusión realizadas por otros entes cofinanciadores del deportista, como establece el art. 31 de Regl amento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio.
  • Asistir, en su caso, al acto público de entrega de las ayudas si así se requiere por la Diputación de León.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que efectúe la Diputación de León.
  • SEXTA. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación referida, será de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (Base 4.2 de las BGS). Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de León, y se presentarán directamente en la sede electrónica de la Diputación de León, en Oficina de asistencia en materia de Registros de la Diputación de León o de cualquier otra Administración Pública, o utilizar cualquier otro de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud y documentación que la acompañe, así como cualesquiera otros documentos o peticiones relacionadas con la presente convocatoria podrán presentarse en la sede electrónica de la Diputación de León https://sede.dipuleon.es. Se necesita disponer de certificado o DNI electrónico (DNIe). Una vez en la sede, se debe seleccionar “CATÁLOGO DE TRÁMITES” y entrar en
  • “INSTANCIA GENERAL”. A la instancia general se acompañarán los anexos y documentación detallada a continuación, correspondiente a la convocatoria, que podrá descargarse en el apartado “ayudas y subvenciones”.
  • Anexo I Solicitud de subvención y declaración responsable con relación a la fecha de la publicación de la Convocatoria. En dicho Anexo I deberá facilitar los datos de dispositivos electrónicos y/o una dirección de correo electrónico a los solos efectos de recibir avisos de la puesta a disposición de las notificaciones en la sede electrónica o en la DEH.
  • Licencia, expedida por la Federación deportiva correspondiente, de la temporada actual.
  • Certificado de la Federación Deportiva Española correspondiente, en el que se haga constar que el candidato ha tenido licencia federativa en la temporada 2025/2026, o en el año 2026 cuando se rija por años naturales, que no ha sido inhabilitado ni ha sufri do sanción federativa, así como los resultados, clasificaciones, marcas, ranking, obtenidos por el candidato referidos al año de la convocatoria o temporada que lo incluya.
  • Certificado de empadronamiento en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia de León, indicando la antigüedad, sólo en el caso de no ser natural de esos municipios. En virtud de la posibilidad prevista en la ordenanza de transparencia, acceso a la información y reutilización de la Diputación Provincial de León, publicada en el BOP n.º 230/2015, de Secretaría Junta de Gobierno Expediente 1728900A
  • El órgano colegiado, conforme a lo establecido al art. 12.1.3 de la Ordenanza General de
  • El de la Corporación o Diputada delegada del servicio.
  • Un diputado por cada uno de los dos grupos políticos con más representación. La Jefa de Servicio de Deportes.
  • La Coordinadora de Servicio de Deportes o persona que le sustituya.
  • La instrucción del procedimiento corresponde a la Coordinadora del Servicio de Deportes que, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará propuesta de resolución provisional, conforme dispone el artículo 24 de la LGS. Concluido el plazo y examinadas las alegaciones aducidas por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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