Decreto Resolución 2026/6071 de 7 de agosto de 2026 por el que se concede subvención nominada a la Federación de Asocia…

Título oficial: Decreto Resolución 2026/6071 de 7 de agosto de 2026 por el que se concede subvención nominada a la Federación de Asociaciones Agropecuarias y Pesqueras Castillo de Teguise (FASAT) por importe de 340.000,00 €.

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES708 - Lanzarote. La gestiona CABILDO INSULAR DE LANZAROTE.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 340.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La subvención se destinará a financiar el programa anual de actuaciones de promoción del producto local, apoyo al sector primario, asesoramiento a asociaciones, acciones de promoción, comercialización, formación, coordinación, participación y organización de la Feria Agrícola, Ganadera y Pesquera de Teguise y demás actuaciones previstas en la memoria presentada.
  • La subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que el importe conjunto de las mismas no supere el coste total de la actividad subvencionada.
  • El pago se realizará con carácter anticipado, de conformidad con lo previsto en el artículo
  • 4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 88 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley.
  • No se exigirá constitución de garantías.
  • El plazo de ejecución de las actuaciones comprenderá desde el 1 de enero hasta el .31 de diciembre de 2026
  • El de tres meses desde la finalización del período deplazo de justificación será ejecución, y la justificación se realizará mediante lahasta el 31 de marzo de 2027 aportación, junto a las facturas originales, de un y presentación de informe de auditoría , en los términos previstos en el artículo 74 delcuenta justificativa del gasto realizado Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38 /2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con presentación de Cuenta Justificativa, así como lo estipulado en el artículo 22 de la Ordenanza General de Subvenciones vigente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, debiendo aportar la
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano gestor y a las de control financiero que correspondan a la Intervención General, facilitando cuanta información le sea requerida.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentación exigida por la normativa aplicable.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos durante el plazo legalmente establecido.
  • Adoptar las medidas de difusión previstas en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, haciendo constar en todas las actuaciones de publicidad que el proyecto está financiado por el Cabildo de Lanzarote y La Graciosa, incorporando su imagen institucional.
  • Comunicar al órgano concedente cualquier alteración de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
  • Cumplir las restantes obligaciones previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo y demás normativa de aplicación.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación